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subcontratacion total de obra publica

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18 años 4 semanas antes #31735 por velociraptor
nunca me habia pasado, pero tengo el caso de una obra publica que voy a subcontratar al 100%, es en una municipio que no tengo Registron Patronal., el martes acudiré al la sub de inseguro a ver que me pueden ayudar
pero antes quiero sus comentarios

mi duda es:

¿como puedo dar de alta el Registro Patronal si no voy a tener a ningunt trabajador?
¿la factura que le pida a mi subcontratista que conceptos tiene que decir para demostrar que fue totalmente subcontratada?

¿tengo que llevarles anticipadament al inseguro el subcontrato?

ufff. son de estas dudas que me acuerdo., si alguien puede opinar se los agradecería

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18 años 4 semanas antes #31832 por pepesoto
:side: Buenas noches. Si la obra la va subcontratar, elabórese un contrato privado profesional, en el que se especifique claramente que el subcontratista se hará enteramente responsable de sus obligaciones de seguridad social.

Salutes,
El Lic.

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18 años 3 semanas antes #32001 por CORONA
Buenas Tardes Velociraptor

La empresa subcontratada es la que tiene obligación de presentar el afil-15 (alta de obra) ante la subdelegación donde corresponda dicha obra, pero resulta se suma importancia que usted le de el seguimiento correspondiente y le exija a esta empresa le presente los avisos al IMSS correspondientes como el alta de la obra y el escrito de baja en su caso, recordándole que no basta con tener un contrato firmado para que la empresa subcontratada se haga responsable por el entero de cuotas obrero patronales, porque en un descuido recuerde que usted es también responsable según el contrato que haya firmado con su cliente y recuerde la cadenita de la responsabilidad solidaria ante el instituto por el entero de estas cuotas, así que le recomiendo estar al pendiente de los avisos y pagos que vaya a realizan dicha empresa, digo, mas vale ser precavido.

Saludos

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18 años 3 semanas antes #32008 por jjfarias
Como recomendación mucho cuidado con esos contratos, recuerde que Usted es responsable solidario por las omisiones que haga el que le preste el servicio, le aconsejaria que se asesorara con un abogado en la materia.

Saludos¡¡

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