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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Alta Patronal en Otra Ciudad

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17 años 11 meses antes #33795 por c1contabilidad
Buen dia a todos los foristas, a los cuales les mando saludos, mi duda es la siguiente, esperando contar con su apoyo:

Un patron persona fisica dedicada a la construccion tiene su domicilio fiscal en el norte de tamaulipas, pero quiere abrir una sucursal en el sur de estado, y la pregunta seria, si es necesario hacer el alta patronal en dicha ciudad del sur de tamaulipas..??, o con el mismo registro patronal que ya tiene lo puede utilizar para dar de alta a personal de la nueva sucursal, y ademas orientarme sobre los requisitos que se tienen que cumplir para darlo de alta ante el imss, esto en caso de que se requiera hacerlo.

Por su atencion y ayuda muchas gracias...

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17 años 11 meses antes #33800 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Alta Patronal en Otra Ciudad
Hola...

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Artículo 13. Para efectos del registro patronal, al patrón o sujeto obligado persona física, se le otorgará un número de registro en el Distrito Federal o municipio donde se encuentra ubicado su centro de trabajo. Si posteriormente solicita el registro de otra empresa que realice actividad distinta y no contribuya a la realización de los fines de la primera, se le asignará un número de registro patronal distinto, cualquiera que sea la localización geográfica del establecimiento o centro de trabajo.

Al patrón o sujeto obligado persona moral, se le asignará un número de registro patronal por cada municipio o en el Distrito Federal, en que tenga establecimientos o centro de trabajo, independientemente de que tenga más de uno dentro de un mismo municipio o en el Distrito Federal.

Tratándose de patrones que realicen en forma ocasional actividades de ampliación, remodelación o construcción en sus propias instalaciones, se les asignará un número de registro patronal diferente al de su actividad principal.

A solicitud por escrito del patrón, el Instituto podrá asignar un registro patronal único o en condiciones diferentes, en la forma y términos que se señalen en los lineamientos que para tal efecto expida el Consejo Técnico.

En el caso de las sociedades cooperativas, se aplicará un registro patronal para el aseguramiento de sus trabajadores y otro diferente para el aseguramiento de sus socios.



El deber ser es que tiene que dar de alta otro registro patronal.


De los requisitos ya se ha hablado, cosa de buscar en el foro, y/o ver este link directo a la pagina del IMSS.

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17 años 11 meses antes #33810 por ByPaco
Respuesta de ByPaco sobre el tema Re: Alta Patronal en Otra Ciudad
¿De que sirve tener un plan de Cero accidentes en una constructora, proteger a los trabajadores, invertir en equipo de seguridad, capacitación, etc.?, si el beneficio para el patrón es que disminuya la prima del RT, y por consiguiente las cuotas patronales, si por cada obra tendrás que sacar un nuevo RP y con su respectiva Prima media, y como consecuencia siempre pagarás con la prima más alta.

« Antes de que los reinos cambien, los hombres deberán cambiar »

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