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Suspension de Obra

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17 años 3 meses antes #46300 por lozarubio2
Buenos dias y gracias por sus comentarios; un persona fisica esta construyendo su casa habitacion; para lo cual esta haciendo sus pagos al IMSS; por la situacion Economica dicha persona suspendera la obra por un timepo, dando de baja a todos sus empleados.

Mi duda:

Dentro de esos empleados se encuentra uno con una incapacidad (Enfermedad General y hasta el 20 de Junio) ¿Que sucederia con la incapacidad del trabajador al darlos de baja; seguiria vigente y el IMSS pagandole la misma?; ¿Tendria algun problema el patron por dar la baja de dicho empleado, estando incapacitado....?


De Nuevo Las Gracias......

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17 años 3 meses antes #46305 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Suspension de Obra
lozarubio2 escribió:

Dentro de esos empleados se encuentra uno con una incapacidad (Enfermedad General y hasta el 20 de Junio) ¿Que sucederia con la incapacidad del trabajador al darlos de baja; seguiria vigente y el IMSS pagandole la misma?; ¿Tendria algun problema el patron por dar la baja de dicho empleado, estando incapacitado....?


Cheque los enlaces que le pongo acontinuación......

www.aportacionesfiscales.com/component/o...ew/id,40029/catid,3/

www.aportacionesfiscales.com/component/o...ew/id,27957/catid,3/

Y nos dice sus dudas?

saludos

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17 años 3 meses antes #46309 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Suspension de Obra
Buen día:

Te sugiero analizar tanto el Artículo 21 de la Ley del Seguro Social, como el Artículo 60 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Saludos

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17 años 3 meses antes - 17 años 3 meses antes #46337 por lozarubio2
Respuesta de lozarubio2 sobre el tema Re: Suspension de Obra
a_cano escribió:

Buen día:

Te sugiero analizar tanto el Artículo 21 de la Ley del Seguro Social, como el Artículo 60 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Saludos


Muchas Gracias a ambos .......

Artículo 21. Los avisos de baja de los trabajadores incapacitados temporalmente para el trabajo, no surtirán efectos para las finalidades del Seguro Social, mientras dure el estado de incapacidad.

Artículo 60. Mientras subsista la relación laboral, no surtirá efecto alguno el aviso de baja presentado por el patrón o sujeto obligado ante el Instituto, durante el periodo en que el trabajador se encuentre incapacitado temporalmente para el trabajo, por el propio Instituto.
Última Edición: 17 años 3 meses antes por lozarubio2.

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