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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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trabajadora dada de baja ¿aun derechos guarderia?

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17 años 1 semana antes #51906 por adn
buenas tardes a todos, tengo una duda en cuanto, si a una trabajadora dada de baja puede tener los derechos de guarderia, durante el tiempo que le resta de vigencia para el imss y el decreto de los cuatro meses mas, de antemano gracias por su aportacion saludos.a y tambien como puedo enviar un material o manual de como resolver problemas del sua para efectos de problemas en la version 3.2.7

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17 años 1 semana antes #51907 por gaboaranda
adn escribió:

durante el tiempo que le resta de vigencia para el imss y el decreto de los cuatro meses mas, de antemano gracias por su aportacion saludos


Adn cual decreto dice usted?? el que es de ampliacion de vigencia de los derechos en el seguro de ENFERMEDADES Y MATERNIDAD?? por que al momento no conozco nada en materia de guarderias!!!


saludos

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17 años 1 semana antes - 17 años 1 semana antes #51908 por gaboaranda
Perdon se me olvido comentarle que es necesario que le eche un ojo al articulo 3 del reglamento de guarderias para que vea que sucede en su caso!!

Nos dice sus dudas??

saludos
Última Edición: 17 años 1 semana antes por gaboaranda.

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17 años 1 semana antes #51911 por adn
estimado gaboaranda, agradezco infinitamente su aportación , y si efectivamente me referia a ese decreto, pero con su informacion tan valiosa del art 3 del reglamento de la materia me ha solucionado mi problema donde me establece que son solo 4 semanas posteriores al aviso de baja, reitero mi agradecimiento saludos y en cuanto al material para alguien que lo pueda necesitar, a quien se lo puedo enviar para que lo revise previamente y si lo aprueba lo suba al portal gracias

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17 años 6 días antes #51923 por Daniel_Gtz
adn escribió:

estimado gaboaranda, agradezco infinitamente su aportación , y si efectivamente me referia a ese decreto, pero con su informacion tan valiosa del art 3 del reglamento de la materia me ha solucionado mi problema donde me establece que son solo 4 semanas posteriores al aviso de baja, reitero mi agradecimiento saludos


Solo como observacion... no es decreto, es un Reglamento.


adn escribió:

en cuanto al material para alguien que lo pueda necesitar, a quien se lo puedo enviar para que lo revise previamente y si lo aprueba lo suba al portal gracias

Puedes subirlo al area de descargas o enviarselo por correo a alguno de los Administradores o Moderadores.

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