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embarazada que abandona empleo

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19 años 6 meses antes #5457 por abriloca
Hola....
Alguien, opine,, que hago,,,
Una trabajadora embarazada,,, abandono el empleo,,, pues no queria seguir trabajando,,, nos pidio que siguieramos pagando el IMSS para poder utilizar los servicios,.. en este mes, nos aviso que no va a usar el Seguro para su PARTO,,, que la demos de baja... no nos presento INCAPACIDAD ni antes, ni ahora,,, tiene aproximadamente 6 meses de embarazo... No se si darla de baja,,, porque embarazada, me han comentado,,, no es recomendable darla de baja, porque puede posteriormente demandarnos,,, pero tampoco ha regresado a trabajar...
QUE OPINAN?

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19 años 6 meses antes #5470 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: embarazada que abandona empleo
Hola..

Si abandono el empleo como vas a seguir pagadon el IMSS??? Si fue asi, que buena onda te viste.

Necesitas ir a la clinica que le corresponde y solicitar por escrito que te mencionen si tiene incapacidades, para ver si la puedes dar de baja o no.

Ahora que si la das de baja, y ya tiene incapacidad, simplemente no va a proceder la baja.

Recomendacion: No te deseperes y ve a buscarla a su casa (debes de tener el domicilio en su solicitud de empleo), llevale una renuncia, y listo.

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19 años 6 meses antes #5475 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: embarazada que abandona empleo
Misma recomendacion del acudir al domicilio particular con finiquito en mano y no regresar hasta recabar la firma de conformidad... al igual que confirmar la no existencia de incapacidades en favor de la futura mama...

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19 años 6 meses antes #5500 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: embarazada que abandona empleo
Despues de las finisiimas atenciones de don gil y de don danielon, abriloca, te recomiendo que en tu reflexion acerca de lo que puedes hacer no te desesperes y resuelvelo mas practico esto, es decir, te comento algo que el imss siempre hace, esto es, para el inseguro todas la incapacidades son de enfermedad general, hasta que se les pruebe lo contrario que quiero decir con esto?, simplemente que todas las "proximas mamas" son simplemente "enfermas generales" hasta que se el imss les certifica el embarazo para lo cual, lo primero es calcular la fecha aproximada del parto(me omito detalles de como lo calcula) y segun la fecha dos semanas antes o dos semanas despues te hace el tratamiento que minimamente segun el antiguo Reglamento de Servicios medicos debe de ser 5 consultas antes el "famoso" control prenatal, ahora bien para este control prenatal, se establece cuando sera el inicio de la incapacidad prenatal para lo cual el doctor tratante establece las ultimas 6 semanas del proceso gestacional para que la "ahora ya certificada futura madre" tenga un reposo para que todo marche con bien hasta ahi es cuando una dama, de "enferma general" se transforma a una "trabajadora con incapacidad prenatal", bueno hasta aqui es donde realmente el imss la toma en cuenta INCISTO como embarazada.

Ahora bien nuestra personaje de esta historia me imagino que se encuentra entre la semana 27 y 30 de su embarazo faltandole aproximadamente entre 5 a 6 semanas para llegar al punto critico para el imss de la etapa prenatal, por tal motivo al ser una trabajadora "comun y corriente" todavia para el imss, te sugierio que le des tu bendicion y que el bebe llegue bien, ademas de sus partes proporcionales (finiquito) de ahi en fuera tu como patron no tiene ninguna otra obligacion que darle!!!

saludos

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19 años 6 meses antes #5501 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: embarazada que abandona empleo
Ahora bien respecto a la obligacion de pagar al COP, solo te pido que analices el art 37 de Limss

saludos

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19 años 6 meses antes #5502 por jjfarias
Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: embarazada que abandona empleo

Hola....
Alguien, opine,, que hago,,,
Una trabajadora embarazada,,, abandono el empleo,,, pues no queria seguir trabajando,,, nos pidio que siguieramos pagando el IMSS para poder utilizar los servicios,.. en este mes, nos aviso que no va a usar el Seguro para su PARTO,,, que la demos de baja... no nos presento INCAPACIDAD ni antes, ni ahora,,, tiene aproximadamente 6 meses de embarazo... No se si darla de baja,,, porque embarazada, me han comentado,,, no es recomendable darla de baja, porque puede posteriormente demandarnos,,, pero tampoco ha regresado a trabajar...
QUE OPINAN?


Puedes poner fechas???

El abandono de empleo es una causal de rescision no establecida en la legislación laboral, no asi la de tres faltas injustificadas, establecida en el art. 47 fracc. X de la LFT, para lo cual y hacer la debida formalidad para todos los efectos legales a través de un procedimiento paraprocesal, claro esta debiendo acreditar al 100% la causal invocada.

Habida cuenta que lo anterior es procedente siempre y cuando la trabajadora no se encuentre incapacitada y considerando que la misma pudiera ser la de los 42 antes y posteriores al parto a que se refiere el Art. 101 de la LSS, fuera de ese caso es factible terminar la relación laboral.

Ahora bien, por eso es necesario invocar fechas para darte una respuesta mas exacta y evitarte contingencias futuras.

SALUDOS

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