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Multa por omision de presentacion de la PRT
- aomcontador
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16 años 3 meses antes #61601
por aomcontador
Multa por omision de presentacion de la PRT Publicado por aomcontador
Hola a todos mi caso es el siguiente espero me puedan ayudar
La semana pasada me llego una multa por no presentar la revision anual obligatoria asi como la determinacion de la prima de riesgos de trabajo correspondiente al 01 de enero al 31 de diciembre del 2009 y se basan en los art. 74 de la ley del Seguro Social y el Art.32 fracc. 1 y V del Reglamento de la Ley del Seguro Social, dicha omision la reconozco ya qe no se presento puesto qe en nuestra empresa desde el mes de noviembre del 2007 dejamos de tener trabajadores y apenas en abril del 2009 volvimos a contratar trabajadores, es procedente la multa?
Me podrian dar un fundamento legal para cancelar dicha multa ya qe segun tengo entendido solo se presenta la prima de riesgos de trabajo cuando se tuvieron trabajadores por un año completo es decir del 1ro de enero al 31 de Diciembre y en mi empresa no aplica ya qe el periodo es de abril a diciembre
De antemano gracias por su ayuda qe tengan un excelente dia
La semana pasada me llego una multa por no presentar la revision anual obligatoria asi como la determinacion de la prima de riesgos de trabajo correspondiente al 01 de enero al 31 de diciembre del 2009 y se basan en los art. 74 de la ley del Seguro Social y el Art.32 fracc. 1 y V del Reglamento de la Ley del Seguro Social, dicha omision la reconozco ya qe no se presento puesto qe en nuestra empresa desde el mes de noviembre del 2007 dejamos de tener trabajadores y apenas en abril del 2009 volvimos a contratar trabajadores, es procedente la multa?
Me podrian dar un fundamento legal para cancelar dicha multa ya qe segun tengo entendido solo se presenta la prima de riesgos de trabajo cuando se tuvieron trabajadores por un año completo es decir del 1ro de enero al 31 de Diciembre y en mi empresa no aplica ya qe el periodo es de abril a diciembre
De antemano gracias por su ayuda qe tengan un excelente dia
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- gchable
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16 años 3 meses antes #61606
por gchable
Respuesta de gchable sobre el tema Re: Multa por omision de presentacion de la PRT
Buenos dias, pagaron sus cuotas conforme a lo siguiente?:
Cuando un patrón deje de tener trabajadores a su servicio durante más de seis meses y no haya comunicado baja patronal, al reanudar la relación obrero-patronal, será colocado en la prima media de la clase que corresponda a su actividad.
Cuando un patrón deje de tener trabajadores a su servicio durante más de seis meses y no haya comunicado baja patronal, al reanudar la relación obrero-patronal, será colocado en la prima media de la clase que corresponda a su actividad.
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- aomcontador
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16 años 3 meses antes #61616
por aomcontador
Respuesta de aomcontador sobre el tema Re: Multa por omision de presentacion de la PRT
Hola buenos dias efectivamente pagamos con la prima media de acuerdo a nuestra actividad
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16 años 2 meses antes #61720
por pepesoto
Hola GChable. El problema no es el pago de las cuotas de la prima de RT, sino la "no presentación" de la declaración...
El Lic.
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: Multa por omision de presentacion de la PRT
El Lic.
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16 años 2 meses antes #61790
por aomcontador
Respuesta de aomcontador sobre el tema Re: Multa por omision de presentacion de la PRT
Exactamente como lo menciona el Contador pepesoto la multa es por la no presentacion de la declaracion y determinacion de la prima de riesgos de trabajo, y reitero qe a mi parecer resulta improcedente ya qe dicha determinacion se realiza solo si se tienen operaciones desde el 01 de enero y hasta el 31 de diciembre, entonces existe algun medio para anular esta multa y cual seria el fundamento legal ??
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- JRVALLES
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16 años 2 meses antes #61791
por JRVALLES
Respuesta de JRVALLES sobre el tema Re: Multa por omision de presentacion de la PRT
El medio de defensa como cualquier multa son el recurso de inconformidad, el juicio de nulidad o en su caso el juicio de amparo indirecto.
El concepto de impugnacion es justamente lo que tu estas mencionando en cuanto a su improcedencia por el lapso del tiempo. Asi mismo puedes realizar conceptos de impugnacion en cuanto a la indebida fundamentacion y motivacion. Puedes asesorarte con un abogado fiscal o si ayuda puedes escanear la multa y aqui podemos ayudarte a plantear el recurso
Saludos
El concepto de impugnacion es justamente lo que tu estas mencionando en cuanto a su improcedencia por el lapso del tiempo. Asi mismo puedes realizar conceptos de impugnacion en cuanto a la indebida fundamentacion y motivacion. Puedes asesorarte con un abogado fiscal o si ayuda puedes escanear la multa y aqui podemos ayudarte a plantear el recurso
Saludos
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Moderadores: Daniel_Gtz, Luis
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