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Duda Construcción

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16 años 2 meses antes #61752 por tina
Duda Construcción Publicado por tina
Buenas tardes.

Se trata de una persona que trae una construcción, en su nomina de cada semana le da al trabajador lo correspondiente al subsidio al empleo, pero los del imss dicen que no se debe de hacer entrega del subsidio al trabajador, pues el patron no esta dado de alta debidamente en hacienda, que segun esto por ese motivo no se le puede hacer entrega del subsidio, alguien sabe algo al respecto que me pueda orientar, se los agradeceria mucho. mil gracias


Saludos!

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16 años 2 meses antes #61753 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Duda Construcción
Hola...

Perdon que conteste con otras preguntas.. pero me gana la duda.


Si el Patron no esta debidamente dado de alta en hacienda... como es posible que se hubiera dado de alta en el IMSS????

Al IMSS que le interesa si se le paga o no Subsidio al empleo, o si se le retiene ISR a los trabajdores????

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16 años 2 meses antes #61754 por agustin flores
Respuesta de agustin flores sobre el tema Re: Duda Construcción
Buenas tardes Tina.

Checa el artículo 31 LISR Fracción V parrafo 2 y comentas.

Saludos

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16 años 2 meses antes #61759 por tina
Respuesta de tina sobre el tema Re: Duda Construcción
gracias a los dos por contestar a mi pregunta

Daniel, en cuanto a tu pregunta de que si no esta debidamente dado de alta ante el imss, como me reciben el aviso, dejame decirte que es eventual de la construccion el no se dedica a eso solo que iba hacer unas remodelaciones a su vivienda y todos sabemos bien que si no das de alta la obra te aplican su famoso art. 18 del reglamento, es por eso que el no se dio de alta en hacienda, a lo mejor no me supe explicar bien en mi pregunta, disculpas!!

mi duda es si el no es contribuyente no puede aplicarle el subsidio a sus trabajadores por que ellos me dicen que no, pues no tiene ninguna actividad comercial o de servicios.

Gracias

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16 años 2 meses antes #61763 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Duda Construcción
Haber haber haber tina...
Con mucha razon el dany boy le hizo las preguntas...

tina escribió:

gracias a los dos por contestar a mi pregunta

Daniel, en cuanto a tu pregunta de que si no esta debidamente dado de alta ante el imss, como me reciben el aviso, dejame decirte que es eventual de la construccion el no se dedica a eso solo que iba hacer unas remodelaciones a su vivienda y todos sabemos bien que si no das de alta la obra te aplican su famoso art. 18 del reglamento, es por eso que el no se dio de alta en hacienda, a lo mejor no me supe explicar bien en mi pregunta, disculpas!!


Segura que todos sabemos incluida usted como se maneja esto?? es decir, creo que se esta confundiendo veamos que tiene de diferencia eso que usted lo llama "eventual"....

Primer lugar....
ARTICULO 1o.- Las disposiciones de este reglamento norman las obligaciones y derechos que, conforme a la Ley del Seguro Social, tienen las personas físicas o morales que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción y que contraten trabajadores por obra o tiempo determinado,

Despues....

Un patron "legalmente" constituido de donde tomara el subsidio al empleo???

Le doy una pista..... cheque que obligaciones ante el SAT tiene, esto es, en primer lugar si el señor no tiene las obligaciones fiscales de retener salario entonces de donde hace deducible NOMINAS??? no cree que hay algo raro ahi misma??? esto es, si sabia que para estar como patron ante el imss tiene que tener la obligacion fiscal de retener salarios??

Saludos

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16 años 2 meses antes #61765 por pepesoto
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: Duda Construcción
:) Buenas noches. Lo ideal en estos casos, a fin de cumplir con las obligaciones de proteger a los albañiles, es acercarse al área de construcción a hacer un convenio de pagos de las cuotas del seguro social. Esto lo permite la normatividad de la materia.

Suerte,
El Lic.

B)

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