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alta para trabajador de semana reducida
- rosysuarez
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15 años 8 meses antes #67370
por rosysuarez
alta para trabajador de semana reducida Publicado por rosysuarez
Hola
Quisiera saber como se hace el calculo del SDI para un trabajador que labora
3 dias a la semana y lo que implica para IMSS E INFONAVIT.
Gracias
Quisiera saber como se hace el calculo del SDI para un trabajador que labora
3 dias a la semana y lo que implica para IMSS E INFONAVIT.
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15 años 8 meses antes #67380
por Contadoranonimo
Respuesta de Contadoranonimo sobre el tema Re: alta para trabajador de semana reducida
Hola rozysuarez.
Antes que nada, te sugiero leer el artículo 34 de la LIMSS para solucionar tu pregunta.
Creo que te conviene leer un poco más que eso y revisar, para efectos del seguro social, los artículos del 27 al 36. Son "cortitos" y te darán una panorámica un poco más amplia del tema de salarios y su integración.
Si persiste la duda, puedes seguir el post y te saldrán respuestas suficientes, pues hay aquí suficientes expertos en la materia.
Hasta luego.
Antes que nada, te sugiero leer el artículo 34 de la LIMSS para solucionar tu pregunta.
Creo que te conviene leer un poco más que eso y revisar, para efectos del seguro social, los artículos del 27 al 36. Son "cortitos" y te darán una panorámica un poco más amplia del tema de salarios y su integración.
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Hasta luego.
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- a_cano
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15 años 8 meses antes - 15 años 8 meses antes #67401
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: alta para trabajador de semana reducida
Buena noche:
Me permito transcribir textualmente el artículo 62 del RACERF, que señala lo siguiente:
I. Si el trabajador labora jornada reducida, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que dicho trabajador perciba por cada unidad de tiempo en una semana y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región deberá ajustarse a éste;
II. Si el trabajador labora semana reducida y su salario es fijado por día, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que perciba por los días trabajados en una semana, más el importe de las prestaciones que lo integran y la parte proporcional del séptimo día y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región respectiva deberá ajustarse a éste, y
III. Si el trabajador labora jornada y semana reducidas, determinar el salario base de cotización, según sea que el salario se estipule por día o por unidad de tiempo, empleando la fórmula que corresponda de las señaladas en las dos fracciones anteriores.
Saludos
Me permito transcribir textualmente el artículo 62 del RACERF, que señala lo siguiente:
I. Si el trabajador labora jornada reducida, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que dicho trabajador perciba por cada unidad de tiempo en una semana y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región deberá ajustarse a éste;
II. Si el trabajador labora semana reducida y su salario es fijado por día, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que perciba por los días trabajados en una semana, más el importe de las prestaciones que lo integran y la parte proporcional del séptimo día y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región respectiva deberá ajustarse a éste, y
III. Si el trabajador labora jornada y semana reducidas, determinar el salario base de cotización, según sea que el salario se estipule por día o por unidad de tiempo, empleando la fórmula que corresponda de las señaladas en las dos fracciones anteriores.
Saludos
Última Edición: 15 años 8 meses antes por a_cano.
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