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Incentivos al trabajador para efectos Imss
- sandy124
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15 años 7 meses antes #68859
por sandy124
Incentivos al trabajador para efectos Imss Publicado por sandy124
Buenas noches foristas. acabo de tomar una contabilidad de una persona física con régimen intermedio, al revisar las nominas , los trabajadores tienen el salario mínimo profesional como salario base y como complementos les dan incentivos de productividad y puntualidad cada uno de ellos por 3,109.30 quincenalmente , no están integrados al salario , esto puede traer consecuencias con el imss, o están correctos.
gracias por su ayuda.
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- Daniel_Gtz
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15 años 7 meses antes #68860
por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Incentivos al trabajador para efectos Imss
Hola Sandy...
Para ver si que afecta al SBC, independientemente del Salario del trabajador, nos remitimos al Art 27 de la LSS.
Lo checamos?
Para ver si que afecta al SBC, independientemente del Salario del trabajador, nos remitimos al Art 27 de la LSS.
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- sandy124
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15 años 7 meses antes #68861
por sandy124
Respuesta de sandy124 sobre el tema Re: Incentivos al trabajador para efectos Imss
GRACIAS CONTADOR LO CHECO.
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- Daniel_Gtz
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15 años 7 meses antes #68862
por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Incentivos al trabajador para efectos Imss
sandy124 escribió:
Luego nos comenta???
Vamos a retroalimentarnos. Como ve?
GRACIAS CONTADOR LO CHECO.
Luego nos comenta???
Vamos a retroalimentarnos. Como ve?
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- Contadoranonimo
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15 años 7 meses antes #68863
por Contadoranonimo
Respuesta de Contadoranonimo sobre el tema Re: Incentivos al trabajador para efectos Imss
Buenas noches.
Veamos sus datos:
Si quincenalmente les entregan a cada uno 3,109.30, equivale a $6,218.60 mensuales o a $204.55 diarios.
Si esto lo contemplan como no integrable para IMSS, debiera ser lo equivalente al 10% del SBC del trabajador, y resultaría un salario mensual nominal integrado e informado al seguro de $62,186.00 o de $2,045.50 diarios, pero..................
Resulta que la cotización para salarios en el IMSS, está "topado" en 25 SMGDF, es decir $1,495.50 diarios, es decir, $550.00 SUPERIOR por día a dicho tope. Como dices que no se integra, tendrás que ver si el monto de salarios reportados para efectos de cuotas del IMSS contempla dicho monto y, si como dices, no es así, habrá que corregir esa anomalía.
Por lo que se refiere al ISR, corres el riesgo de que lo no reportado para efectos de IMSS y demás contribuciones sociales, no deba considerarse deducible.
En consecuencia el IETU sufre también modificaciones.
En resumen... tienes razón de estar preocupado y te sugiero que revises y apoyes tu revisión con las bases legales correspondientes, para que se los plantees a quien corresponda.
Ahora bien, si no entendí cabalmente tu planteamiento, te pido lo hagas saber para que se te pueda dar una asesoría por parte de todos o algunos de los varios expertos que esta página tiene.
Esperando tu respuesta, envío un cordial saludo a todos los compañeros foristas.
Veamos sus datos:
Si quincenalmente les entregan a cada uno 3,109.30, equivale a $6,218.60 mensuales o a $204.55 diarios.
Si esto lo contemplan como no integrable para IMSS, debiera ser lo equivalente al 10% del SBC del trabajador, y resultaría un salario mensual nominal integrado e informado al seguro de $62,186.00 o de $2,045.50 diarios, pero..................
Resulta que la cotización para salarios en el IMSS, está "topado" en 25 SMGDF, es decir $1,495.50 diarios, es decir, $550.00 SUPERIOR por día a dicho tope. Como dices que no se integra, tendrás que ver si el monto de salarios reportados para efectos de cuotas del IMSS contempla dicho monto y, si como dices, no es así, habrá que corregir esa anomalía.
Por lo que se refiere al ISR, corres el riesgo de que lo no reportado para efectos de IMSS y demás contribuciones sociales, no deba considerarse deducible.
En consecuencia el IETU sufre también modificaciones.
En resumen... tienes razón de estar preocupado y te sugiero que revises y apoyes tu revisión con las bases legales correspondientes, para que se los plantees a quien corresponda.
Ahora bien, si no entendí cabalmente tu planteamiento, te pido lo hagas saber para que se te pueda dar una asesoría por parte de todos o algunos de los varios expertos que esta página tiene.
Esperando tu respuesta, envío un cordial saludo a todos los compañeros foristas.
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- sosgtorreon
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15 años 7 meses antes #68887
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Incentivos al trabajador para efectos Imss
Aunado a lo comentado por Daniel y ContadorAnonimo (que por fortuna ya no lo es mas, pero hay que respetar el nick), es de resaltar que tu preocupacion resulta genuina y agrandada por que estoy seguro en el 27 de LSS no encontraste nada que salve el Incentivo de productividad que les dan...
Uno pudiera entender que se vayan "en la finta" con la puntualidad, esperando tengan los elementos minimos y necesarios para su soporte, pero, el incentivo de productividad, ¿En base a que se confunden para no integrarlo al SBC?
Uno pudiera entender que se vayan "en la finta" con la puntualidad, esperando tengan los elementos minimos y necesarios para su soporte, pero, el incentivo de productividad, ¿En base a que se confunden para no integrarlo al SBC?
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