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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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PIERDE SU PENSION

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15 años 7 meses antes #68894 por FISCAL2010-2011
BUENAS TARDES:

TENGO LA SIGUIENTE CONSULTA UNA VIUDA QUE COBRA PENSION POR LA MUERTE EN ACCIDENTE DE TRABAJO DE SU ESPOSO, CABE HACER MENCION QUE A SU HIJO QUE ES ESTUDIANTE TAMBIEN RECIBE PENSION, LA SEÑORA QUIERE ENTRAR A TRABAJAR Y LE VAN A DAR SEGURO SOCIAL, POR ESTE MOTIVO PUEDE PERDER SU PENSION.

CUAL ES EL FUNDAMENTO LEGAL

AGRADEZCO SUS COMENTARIOS


:dry:

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15 años 7 meses antes #68911 por Contadoranonimo
Respuesta de Contadoranonimo sobre el tema Re: PIERDE SU PENSION
Buenas noches.

En la Ley del IMSS tienes la respuesta a tu duda.

Por ejemplo:

Artículo 133. El derecho al goce de la pensión de viudez comenzará desde el día del fallecimiento del asegurado o pensionado por invalidez y cesará con la muerte del beneficiario, o cuando la viuda, viudo, concubina o concubinario contrajeran matrimonio o entraran en concubinato. El disfrute de esta pensión no se suspenderá porque aquéllos desempeñe un trabajo remunerado. La viuda, viudo, concubina o concubinario pensionados que contraigan matrimonio, recibirán una suma global equivalente a tres anualidades de la cuantía de la pensión que disfrutaban.

Creo que es suficientemente claro.

Las negritas las puse yo.

Hasta luego

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15 años 7 meses antes #68933 por FISCAL2010-2011
Respuesta de FISCAL2010-2011 sobre el tema Re: PIERDE SU PENSION
BUENOS DIAS:

MUCHISIMAS GRACIAS CONTADORANONIMO POR SUS COMENTARIOS, LE AGRADEZCO SU ATENCION ;)

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