- Mensajes: 40
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%
- CPA. PALMA
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
Menos
Más
15 años 6 meses antes #69201
por CPA. PALMA
Respuesta de CPA. PALMA sobre el tema Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%
DENTRO DEL DOF LA ENCUENTRAS EN LA SECCION TERCERA......
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- gaboaranda
- Fuera de línea
- Administrator
-
15 años 6 meses antes #69261
por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%
Y cuales son sus comentarios del analisis???? digo si solo nos dedicamos a "traspasar" publicaciones este no es el foro, existe un foro que dice publicaciones ahi era donde tenia que haberlo puesto!!
saludos
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPA. PALMA
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 40
- Gracias recibidas: 0
15 años 6 meses antes #69264
por CPA. PALMA
Respuesta de CPA. PALMA sobre el tema Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%
BUENO CONTADOR SOLO QUISE COLABORAR..... LE AGRADEZCO EL TIP DE DONDE PUBLICAR LAS COSAS.... PERO SI MI PARTICIPACION NO SIRVE..... LE MOLESTA...... O AFECTA EN ALGUN MOMENTO INTERESES..... LE PIDO ME DISCULPE..... NO ERA ESA LA INTENCION..... AUNQUE ESTO ME DEJA COMO LECCION..... QUE EN ESTE FORO....... SOLO DEBO DESCARGAR LA MUCHA O POCA INFORMACION QUE ME SIRVA PARA ACRECENTAR MIS ESCASOS CONOCIMIENTOS....... ESO SI AL MENOS RECONOZCA EL MERITO DE HABERME LEIDO LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION !!!!COMPLETITA!!!!!! EXCELENTE DIA.........
REMITIENDOLE UN CORDIAL SALUDO
Y NO SE PREOCUPE..... EN ADELANTE NADA MAS DESCARGARE LA INFORMACION QUE ENCUENTRE Y E INTERESE.
REMITIENDOLE UN CORDIAL SALUDO
Y NO SE PREOCUPE..... EN ADELANTE NADA MAS DESCARGARE LA INFORMACION QUE ENCUENTRE Y E INTERESE.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- gaboaranda
- Fuera de línea
- Administrator
-
15 años 6 meses antes #69266
por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%
Con todo respeto y solo como ejemplo para que no se sienta mal y se anime a compartir su analisis le dejo parte del mio...
Condonación de recargos y multas IMSS
El pasado 15 de Noviembre de 2010, mientras muchos gozaban del “puente” por el Centenario de la Revolución Mexicana el H. personal encargado de las publicaciones gubernamentales se dieron a la tarea de darnos a conocer lo que se conoce como la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, que en su Artículo 16 Apartado B inciso II C subíndices I al IX se nos comunico el estimulo fiscal de parte del Instituto Mexicano del Seguro Social de poder conceder una condonación a los patrones que espontáneamente regularicen de forma espontanea sus adeudos por créditos fiscales contenidos en el ART 287 de la Ley del Seguro Social generados hasta el 30 de Junio de 2010, mismos que para ello tienen que a más tardar el 31 de Marzo del 2011, es decir, un poco más de un mes todavía de plazo tienen que manifestar vía escrito libre la intención de sujetarse a este beneficio bien ante esto tenemos que comentar que el día 14 de Diciembre de 2010 mediante la publicación, también en DOF, del Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS ACDO.SA3.HCT.081210/383.P.DIR, se dieron a conocer las reglas
Créditos fiscales sujetos a condonación (ART 287 LSS)
Adeudos fiscales a favor del Seguro Social generados hasta el 30 de junio de 2010, derivados de:
Cuotas obrero-patronales, salvo las relativas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Capitales constitutivos
Gastos realizados por dicho Instituto por inscripciones improcedentes, y aquéllos que el Seguro Social tenga derecho a exigir de las personas no derechohabientes
Garantía del interés fiscal
Es de vital importancia conocer que en caso de aceptación del programa por parte del IMSS, el patrón en todos los casos sin importar montos o cantidades adeudadas cuentan con un período de 15 días hábiles para garantizar el interés fiscal, considerando para tal efecto lo establecido en el Código Fiscal de la Federación. El trámite deberá efectuarse ante la Subdelegación receptora del multicitado escrito de condonación.
Espero que de verdad algun dia se anime a compartir sus comentarios, analisis etc
saludos
saludos
Condonación de recargos y multas IMSS
El pasado 15 de Noviembre de 2010, mientras muchos gozaban del “puente” por el Centenario de la Revolución Mexicana el H. personal encargado de las publicaciones gubernamentales se dieron a la tarea de darnos a conocer lo que se conoce como la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, que en su Artículo 16 Apartado B inciso II C subíndices I al IX se nos comunico el estimulo fiscal de parte del Instituto Mexicano del Seguro Social de poder conceder una condonación a los patrones que espontáneamente regularicen de forma espontanea sus adeudos por créditos fiscales contenidos en el ART 287 de la Ley del Seguro Social generados hasta el 30 de Junio de 2010, mismos que para ello tienen que a más tardar el 31 de Marzo del 2011, es decir, un poco más de un mes todavía de plazo tienen que manifestar vía escrito libre la intención de sujetarse a este beneficio bien ante esto tenemos que comentar que el día 14 de Diciembre de 2010 mediante la publicación, también en DOF, del Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS ACDO.SA3.HCT.081210/383.P.DIR, se dieron a conocer las reglas
Créditos fiscales sujetos a condonación (ART 287 LSS)
Adeudos fiscales a favor del Seguro Social generados hasta el 30 de junio de 2010, derivados de:
Cuotas obrero-patronales, salvo las relativas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Capitales constitutivos
Gastos realizados por dicho Instituto por inscripciones improcedentes, y aquéllos que el Seguro Social tenga derecho a exigir de las personas no derechohabientes
Garantía del interés fiscal
Es de vital importancia conocer que en caso de aceptación del programa por parte del IMSS, el patrón en todos los casos sin importar montos o cantidades adeudadas cuentan con un período de 15 días hábiles para garantizar el interés fiscal, considerando para tal efecto lo establecido en el Código Fiscal de la Federación. El trámite deberá efectuarse ante la Subdelegación receptora del multicitado escrito de condonación.
Espero que de verdad algun dia se anime a compartir sus comentarios, analisis etc
saludos
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- gaboaranda
- Fuera de línea
- Administrator
-
15 años 6 meses antes #69267
por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%
Yo no le pedi su "usuario" y "contraseña", tal como usted lo comenta solo le pido que se anime a compartir parte de lo que usted sepa con todos
saludos
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPA. PALMA
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 40
- Gracias recibidas: 0
15 años 6 meses antes #69270
por CPA. PALMA
Respuesta de CPA. PALMA sobre el tema Re: CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%
NO ME SIENTO MAL, PERO SI INCOMODA, EL HECHO DE CRITICAR Y NO DE APORTAR, CREO DESDE MI HUMILDE APRECIACION NO ES LA MECANICA, QUIZAS MI VISION ES UTOPICA PERO ESO HUBIESE HECHO DESDE SU COMENTARIO INICIAL, SE TRATA DE HACER CRECER EL FORO, NO DE CONFUNDIR.
Y NO ME SIENTO MAL, POR QUE SOY CONTADORA NO ME DEDICO A ESCRIBIR, COMO PUEDO APRECIARLO EN UD. Y ESO ES BUENO PUES DE GENTE COMO UD. YO APRENDO, PERO SIEMPRE QUE SEA PROPOSITIVO.
POR MI PARTE YO DOY PUNTO FINAL A ESTE EMBROLLO.
QUE SEA PROVECHOSO SU DIA
Y NO ME SIENTO MAL, POR QUE SOY CONTADORA NO ME DEDICO A ESCRIBIR, COMO PUEDO APRECIARLO EN UD. Y ESO ES BUENO PUES DE GENTE COMO UD. YO APRENDO, PERO SIEMPRE QUE SEA PROPOSITIVO.
POR MI PARTE YO DOY PUNTO FINAL A ESTE EMBROLLO.
QUE SEA PROVECHOSO SU DIA
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Moderadores: Daniel_Gtz, Luis
Tiempo de carga de la página: 0.460 segundos