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MUERTE POR ENFERMEDAD GENERAL

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15 años 5 meses antes #69971 por CRUZAL
SALUDOS BUEN DIA COMPAÑEROS, NECESITO SU ORIENTACION REFERENTE A UNA DUDA QUE TENGO, RESULTA QUE UN TRABAJADOR FALLECIO POR ENFERMEDAD GENERAL, ME GUSTARIA SABER QUE PENSION LE CORRESPONDE, Y QUE PASARIA CON SU AFORE YA QUE EN SU CASO NUNCA CONTRATO UNA AFORE ESPECIFICA CON ALGUNA INSTITUCION FINANCIERA, DONDE QUEDAN ESOS RECURSOS ? Y SI COMO SE PODRIAN SACAR ESA PARTE DEL AFORE....AGRADECERIA SU ORIENTACION COMPAÑEROS. SALUDOS

C.P. RAFAEL GUTIERREZ S.

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15 años 5 meses antes #69990 por pepesoto
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: MUERTE POR ENFERMEDAD GENERAL
:dry: Buenas noches. A un trabajador fallecido ya no le corresponde ninguna pensión... :huh: Ah, perdón, a los beneficiarios: Al cónyuge la pensión de viudez; a los huérfanos, la pensión de orfandad. Los mismos beneficiarios acuden a la consar a solicitar la información de en cuál afore están concentrados los recursos del fallecido y piden la entrega de los recursos.

Salu2,
El Lic.



B)

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15 años 5 meses antes #69992 por Luis
Respuesta de Luis sobre el tema Re: MUERTE POR ENFERMEDAD GENERAL
Hola Cruzal:

Un placer saludarte, ya el Maese Pepesoto te indicò la situaciòn, es importante ayudar a la familia del fallecido en algunos tràmites recuerda que si el trabajador obtuvo un crèdito habitacìonal, se libera el adeudo y escrituraciòn del bien inmueble materia del crèdito, tambièn es recomendable el ser declarado beneficiarios legal de dicha persona porque puede encontrarse con negativa para otorgar la afore o ante Infonavit y el iniciar un juicio de designaciòn de beneficiario pues es un tràmite engorroso, por otra parte la empresa debe otorgar el pago de la prima de antiguedad y los proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, asì como aquellàs prestaciones generadas y no pagadas.

Saludos y estoy a tus ordenes :)

Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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15 años 5 meses antes #70168 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: MUERTE POR ENFERMEDAD GENERAL
Lic y estimado Wicho y la ayuda por gastos de funeral Apa`s? onta? jejeje estimado amigo azul

Le pido que tambien le heche un ojo al Articulo 104 de la Ley del Seguro


Y estimados amigos, antes de pensar en cobros de pensiones hay que ver el respectivo Laudo antes la JFCYA esto es es el primer paso antes de pensar en dinero

Saludos

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15 años 5 meses antes #70206 por pepesoto
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: MUERTE POR ENFERMEDAD GENERAL
:side: Hola, qué tal. Si en la afore tienes bien especificado quién es tu beneficiario, no necesitas el laudo de la junta...

Saluti,
El Lic.


B)

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