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trabajadores pensionados...es posibl..cont

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15 años 2 meses antes #72405 por Miriam17
Hola:

Un saludo..tengo una duda si una empresa contrato a un trabajador ya pensionado, la empresa esta incurriendo en alguna infracción?..o puede perder su pensión el trabajador ? hay alguna manera de que este tipo de personas, que la verdad necesitan trabajar para completar..puedan hacerlo..dentro de la ley?

Gracias, agradecere sus comentarios

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15 años 2 meses antes #72411 por kikeleal
no se incurre en infraccion, de hecho si sera posible que se le contate.

puedes ver la LSS en sus articulos 25, 173, 196 en especial,
pues por ejemplo si el trabajador tiene pension garantizada la perderia (art 173).


saludos!

La vida es el mejor regalo en vida que DIOS nos da!
Saludos!

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15 años 2 meses antes #72418 por Miriam17
Muchas gracias Kike...

comentaré..

Miriam

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15 años 2 meses antes #72431 por Xavier
De que año es la ley del IMSS a la que se refieren, Si es la de 1997 efectivamente habla de que si un pensionado se recontrata se suspende la pension si es la minima garantizada.
Si la ley es de 1997 para 2011 has transcurrido 14 años , no creo que haya pensionados a esa edad , bueno en Mexico todo se puede.

Si se pensiono bajo la ley es de 1973 no tienes ningun problema en recontratarlos ya que es otro regimen el de 1997 y 1973.

Si la pension es por cesantia en edad avanzada y vejez bajo el regimen de 1973 no se suspende ya que es otro regimen.
pero se es por ley 1997, se suspende si es que es la minima garantizada.

Recuerden tambien que si emplean a un pensionado no se pagan las cuotas de Invalidez y Vida ni las de gastos medicos para pensionados del seguros de enfermedades y maternidad Arts 196 y 25 segundo parrafo Ley 1997.
Saludos

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15 años 2 meses antes #72596 por ernye
¿y que pasaria si se contrata por honorarios asimilados a salarios?

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15 años 2 meses antes #72751 por sosgtorreon
Si es un trabajador la figura de asimilados es una simulacion, el patron enfrenta el riesgo de multas y sanciones, adicional a que en materia de deducciones se le califique como improcedente.

El patron no tiene opcion, si contrata a un trabajador debe cumplir con todas las formalidades que el caso demande, alta al IMSS, retencion de ISR o pago de S.E., retencion de cuotas al IMSS, etc., etc.

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