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CAPITAL CONSTITUTIVO

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13 años 3 meses antes - 13 años 3 meses antes #88696 por patricia garcia
Hola podiran ayudarme referente a un CAPITAL CONTITUTIVO,ya cheque los articulos de la ley del Imss art 77 y 78 de la obligacion de dar de alta a los trabajadores y en que incurre la responsabilidad de no tener dados de alta a los trabajadores.
y el artl 514 de la LFT y menciona perdida de miembros del cuerpo.
Mi pregunta es la siguiente un trabajador inicio actividades el dia 17 de mayo y ese dia tuvo un accidente de trabajo en el cual se mutila la pierna mas arriba de la rodilla, consultanto esto me dice que el capital es del 55 al 65% por esta perdida art 514 LFT,
peroel trabajador fue atendido de manera particular, la situacion es que no se dio de alta por tal situacion , si se ubise llevado al imss casi seria mas de 365,000.00 de antencion medica, de acuerdo al art 77 LSS, pero si ya rcibio la atencion medica , que me recomiendan lo damos de alta ???? antes de que pase mas tiempo y evitar multas..... que Hago ??????
Última Edición: 13 años 3 meses antes por patricia garcia.

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13 años 3 meses antes #88716 por Gealram
Respuesta de Gealram sobre el tema CAPITAL CONSTITUTIVO
UUUFFFF!!!!! Este caso si esta de miedo.

A ver que comentan los especialistas.

¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.

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13 años 3 meses antes #88724 por Luis
Respuesta de Luis sobre el tema CAPITAL CONSTITUTIVO
Hola patricia garcia:

Un placer saludarte, lo aconsejable, afiliarlo y preparar la defensa, a reserva de lo que indiquen los demás compañeros, te dejo los siguientes comentarios;

www.aportacionesfiscales.com/index.php/f...al-constitutivo-imss

Saludos y estoy a tus ordenes. :)

Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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Moderadores: Daniel_GtzLuis
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