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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Reducir el Salario a Empleados
- jorgenaz15
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quisiera ver si me pueden apoyar con el siguiente punto que quieren implementar en la empresa.
tengo dos empresas de Outsourcing
Empresa 1 Personal que no cuenta con Previsión Social
Empresa 2 Personal con Previsión Social
Se pretende cambiar al departamento de ventas de la empresa 2 a la empresa 1, dándolos de alta con un salario mínimo mas comisiones? respetando en todo momento la antigüedad que tenían con la empresa 2.
Mi duda surge a raíz de que en la Empresa dos se tienen dados de alta con un salario mixto, ya que tienen salarios fijos de que van de 3 a 4 salarios mínimos, mas previsión social y comisiones bajas.
El cambio es seria para bajar en costos el salario fijo eh incentivarlos con comisiones mas altas que en la empresa 2.
Me puedes apoyar en ver si esto es factible o puede tener alguna consecuencias tanto en Seguridad Social, laboral y Fiscal.
Gracias
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- Daniel_Gtz
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jorgenaz15 escribió: ....
Se pretende cambiar al departamento de ventas de la empresa 2 a la empresa 1, dándolos de alta con un salario mínimo mas comisiones? respetando en todo momento la antigüedad que tenían con la empresa 2.
Mi duda surge a raíz de que en la Empresa dos se tienen dados de alta con un salario mixto, ya que tienen salarios fijos de que van de 3 a 4 salarios mínimos, mas previsión social y comisiones bajas.
El cambio es seria para bajar en costos el salario fijo eh incentivarlos con comisiones mas altas que en la empresa 2.
...
Y los Empleados están de acuerdo?
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- jorgenaz15
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jorgenaz15 escribió:
Me puedes apoyar en ver si esto es factible o puede tener alguna consecuencias tanto en Seguridad Social, laboral y Fiscal.
Gracias
Pues de entrada te comento, que al IMSS, le va a parecer raro que todos los empleados de una empresa, cambien a otra, con un salario menor.....
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- a_cano
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En relación con el tema, me permito transcribir el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo, que establece lo siguiente:
Artículo 33.- Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé.
Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. Será ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores.
Saludos
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- enrique9727
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Los trabajadores no puede renunciar a su trabajo, salarios o prestaciones, si lo hicieran resultaría nula su actuación
La reducción de salarios la deberán de justificar ante la junta.
El contrato laboral no es posible modificarlo, cancelarse, eliminarse o ampliarse. Por lo que se hace un convenio para realizar estos efectos jurídicos, pero ante la Junta, para que lo ratifique
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