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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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aviso de suspensión de descuentos
- fagar
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Ingrese al portal empresarial de INFONAVIT, en consulta de trabajadores con credito y seleccione a dicho trabajador me aparece un aviso de suspensión de descuentos fechado el 13 de junio de 2014.
En nuestra empresa se paga de manera quincenal y ya se le hicieron las retenciones correspondientes a la amortización del créditos por el bimestre mayo-junio 2014.
Mi duda es como pago la emisión d edicho bimestre como me lo sugiere el INFONAVIT en "0" ceros y devuelvo al trabajador las cantidades retenidas, o pago lo que le retuve al trabajador (todo el bimestre mayo-junio)
saludos espero su respuesta
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- Daniel_Gtz
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fagar escribió: buenas tardes a todos, tengo una duda... consulta la EBA del 3er bimestre y un trabajador que cuenta con credito de infonavit y su factor de descuento era en VSM, la amortización me aparece en "0" ceros.
Ingrese al portal empresarial de INFONAVIT, en consulta de trabajadores con credito y seleccione a dicho trabajador me aparece un aviso de suspensión de descuentos fechado el 13 de junio de 2014.
En nuestra empresa se paga de manera quincenal y ya se le hicieron las retenciones correspondientes a la amortización del créditos por el bimestre mayo-junio 2014.
Mi duda es como pago la emisión d edicho bimestre como me lo sugiere el INFONAVIT en "0" ceros y devuelvo al trabajador las cantidades retenidas, o pago lo que le retuve al trabajador (todo el bimestre mayo-junio)
saludos espero su respuesta
Hola...
El aviso de suspensión indica las instrucciones a seguir...
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- ByPaco
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Verifica la fecha, a partir de cuando aplica la suspensión, ya que teniendo fecha de 13 Jun 2014, en el 3er Bim. debe aparecer el importe proporcional.
En el SUA se captura el aviso con la fecha de aplicación, si hubiera una diferencia entre lo que se descuenta y lo que se paga, se le cobra o devuelve (según sea el caso) al trabajador por parte del patrón, si alguna diferencia ya se ha pagado, el acreditado deberá acudir a las oficinas del INFONAVIT a solicitar la devolución.
Saludos.
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- CHEZARE
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Saludos.
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- fagar
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- enrique9727
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De cualquier manera debe quedar ahí un saldo a favor, que lo reclame el trabajador. De la orden apenas se acaban de dar cuenta. Como aplicarla antes de su autorización o exactamente el día en que la autorizan.
El patrón debe tan solo dar cumplimiento a retener y pagarlas, no en "ayudar al trabajador" no es labor del patrón.
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