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complementaria aportaciones patronales

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11 años 11 meses antes #98211 por absentminded
Por error de captura, se registro un numero de seguridad social de un empleado en el SUA, con ese numero se pagaron las aportaciones patronales. Al darnos cuenta se solicito al IMSS la re clasificación de dichas aportaciones. Para esto el Instituto solicita se presente una complementaria de aportaciones para dicho empleado, pagarlo y después solicitar la devolución de lo que se pago con el número equivocado.

El IMSS que se presente la complementaria únicamente para las aportaciones del empleado con el numero correcto, pagando sin recargos, solo con actualización.

Algún forista ha realizado este tipo de trámites que me pueda apoyar para saber cual es el procedimiento ya que la persona del Instituto no dio mayores indicaciones de como se realizaria este proceso sin pagar recargos.

Saludos

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11 años 11 meses antes #98212 por Daniel_Gtz

absentminded escribió: Por error de captura, se registro un numero de seguridad social de un empleado en el SUA, con ese numero se pagaron las aportaciones patronales. Al darnos cuenta se solicito al IMSS la re clasificación de dichas aportaciones. Para esto el Instituto solicita se presente una complementaria de aportaciones para dicho empleado, pagarlo y después solicitar la devolución de lo que se pago con el número equivocado.

El IMSS que se presente la complementaria únicamente para las aportaciones del empleado con el numero correcto, pagando sin recargos, solo con actualización.

Algún forista ha realizado este tipo de trámites que me pueda apoyar para saber cual es el procedimiento ya que la persona del Instituto no dio mayores indicaciones de como se realizaria este proceso sin pagar recargos.

Saludos


Hola.

1. Respalda
2. Realiza el cambio de NSS de tu trabajador.
3. Genera pago (s) extemporáneo (s), por el (los) periodo (s) a pagar diferencia.
4. Con el archivo "original" de pago, y con el segundo generado (extemporáneo), realiza el calculo de diferencia en el mismo SUA.
5. Listo, ya tiene el pago de diferencias!

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11 años 11 meses antes #98213 por Daniel_Gtz
En este link , encontraras a detalle la información.

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11 años 11 meses antes #98238 por absentminded
Muchas gracias Daniel por tu aportación. Estoy realizando el calculo como me indicas. No aparece el link que mencionas en tu mensaje previo, ¿lo puedes reenviar por favor? Gracias por tu apoyo.

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11 años 11 meses antes #98240 por Daniel_Gtz

Daniel_Gtz escribió: En este link , encontraras a detalle la información.


Click en lo destacado....

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11 años 8 meses antes - 11 años 8 meses antes #99959 por enrique9727

El IMSS que se presente la complementaria únicamente para las aportaciones del empleado con el numero correcto, pagando sin recargos, solo con actualización.


Hay dos maneras de solucionar el problema. Donde en una de ellas quizás se tenga problemas con el Seguro para solucionarlo.

Se realizó una auto-determinación de contribuciones de manera errónea, se anotó un NSS equivocado, se pagó con este error mediante el SUA, presentando una declaración normal equivocadamente en el banco.

¿Qué habría hacerse? Por supuesto que una declaración complementaria. No se equivocan, los del Seguro. Ahora, la pregunta que se presenta es: ¿CÓMO? ¿Cuál es la mecánica? De hecho cómo se fundamenta legalmente, el mecanismo realizado mediante el pago normal y ordinario. Lo hacen de manera rutinaria y ¿no se conoce?

La guisa que indica la autoridad. En realidad, no estuviera equivocada, es correcta desde su punto de vista. Dado que todavía NO SE HA CUBIERTO el pasivo de la contribución generada por el NSS apropiado. Se ha cubierto otro NSS improcedente. Resulta ser un PAGO INDEBIDO. Hasta el momento pudiera recuperarse mediante la vía de compensación artículo 23 CFF o la devolución artículos 22, 22-A, 22-B y 22-C CFF.

¿Dónde investigarse el procedimiento correcto? Primero en LSS y su reglamento. No viene situación aclaratoria alguna. ¿Dónde más? Hay que leer el artículo 9, segundo párrafo de la LSS, para dar con los ordenamientos de aplicación supletoria.

En el CFF existen disposiciones que versan sobre la presentación de declaraciones por contribuciones normales y sus complementarias. Artículos: 27, 32, 32-A, 32-B y 32-C. Entonces habría que realizarse de este modo, favor de darle su seguimiento. Hay que recordar que los "pagos" con montos del SUA van por el banco. Los "pagos en ceros" del SUA, ante las oficina del Seguro correspondiente.
Última Edición: 11 años 8 meses antes por enrique9727.

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