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Prima de Riesgo de Trabajo
- candepq
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11 años 7 meses antes #100435
por candepq
Prima de Riesgo de Trabajo Publicado por candepq
Buenos días.
Los patrones que durante 2014 no tuvieron ningún accidente de trabajo, pueden NO PRESENTAR la declaración de prima de riesgo de trabajo? y esperar a que el IMSS le confirme la que le corresponde?
No hay sanción si se opta por no presentarla?
Gracias por su ayuda.
Los patrones que durante 2014 no tuvieron ningún accidente de trabajo, pueden NO PRESENTAR la declaración de prima de riesgo de trabajo? y esperar a que el IMSS le confirme la que le corresponde?
No hay sanción si se opta por no presentarla?
Gracias por su ayuda.
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- jesus g
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11 años 7 meses antes #100436
por jesus g
Respuesta de jesus g sobre el tema Prima de Riesgo de Trabajo
considera lo siguiente
Artículo 304 B. Las infracciones señaladas en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso la reincidencia, en la forma siguiente:
III. Las previstas en las fracciones VI, IX y XV con multa equivalente al importe de veinte a doscientas diez veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, y
Artículo 304 A. Son infracciones a esta Ley y a sus reglamentos, los actos u omisiones del patrón o sujeto obligado que se enumeran a continuación:
XV. No presentar la revisión anual obligatoria de su siniestralidad y determinación de la prima del seguro de riesgos de trabajo o hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos, en relación con el periodo y plazos señalados en el reglamento correspondiente.
NO estás obligado, en caso de encontrarte en la prima mínima (0.50000) y que tus trabajadores NO hayan sufrido accidentes o enfermedades de trabajo durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014.
Artículo 304 B. Las infracciones señaladas en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso la reincidencia, en la forma siguiente:
III. Las previstas en las fracciones VI, IX y XV con multa equivalente al importe de veinte a doscientas diez veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, y
Artículo 304 A. Son infracciones a esta Ley y a sus reglamentos, los actos u omisiones del patrón o sujeto obligado que se enumeran a continuación:
XV. No presentar la revisión anual obligatoria de su siniestralidad y determinación de la prima del seguro de riesgos de trabajo o hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos, en relación con el periodo y plazos señalados en el reglamento correspondiente.
NO estás obligado, en caso de encontrarte en la prima mínima (0.50000) y que tus trabajadores NO hayan sufrido accidentes o enfermedades de trabajo durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014.
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- MISTICO
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11 años 7 meses antes #100442
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Prima de Riesgo de Trabajo
PATADAS POR LA CABEZA……………….Sorprendente tu pregunta carajo es una obligación de lo más sencillo solo entra a la pagina del IMSS y elije la opción por Internet o presencial para esta solo vas a llenar un formato elaboración en línea de la determinación de la prima imprimir presentar en ventanilla cumpliendo os requisitos y punto la única excepción es.
Si te encuetras en la prima mínima de (0.50000) y tus trabajadores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo en 2014, no estás obligado a presentar tu determinación
CANDE , CANDE AHORA SI que te corran, ja ja ja aunque se en el hipódromo ja ja
Si te encuetras en la prima mínima de (0.50000) y tus trabajadores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo en 2014, no estás obligado a presentar tu determinación
CANDE , CANDE AHORA SI que te corran, ja ja ja aunque se en el hipódromo ja ja
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- candepq
- Autor del tema
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11 años 7 meses antes #100492
por candepq
Respuesta de candepq sobre el tema Prima de Riesgo de Trabajo
Buenos días.
Ja ja ja, cuando quieras nos echamos una carreritas, luego de aplicarte la de a caballo, llave que inmortalizara el Santo.
Creo que este tipo de facilidades ayudan a liberar un poco la carga de obligaciones de los contribuyentes, ojalá y el SAT ya empezara a hacer lo mismo, si ya todo es electrónico para que joder con tantas informativas, en especial con la de sueldos y salarios, para más adelante según van a desaparecer, pero ya se tardaron.
Saludos compañero Sin Cara, o que diga Mistico, ja ja ja ja.
Ja ja ja, cuando quieras nos echamos una carreritas, luego de aplicarte la de a caballo, llave que inmortalizara el Santo.
Creo que este tipo de facilidades ayudan a liberar un poco la carga de obligaciones de los contribuyentes, ojalá y el SAT ya empezara a hacer lo mismo, si ya todo es electrónico para que joder con tantas informativas, en especial con la de sueldos y salarios, para más adelante según van a desaparecer, pero ya se tardaron.
Saludos compañero Sin Cara, o que diga Mistico, ja ja ja ja.
El siguiente usuario dijo gracias: MISTICO
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- Epifanio Herrera Cázares
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11 años 6 meses antes #100580
por Epifanio Herrera Cázares
Respuesta de Epifanio Herrera Cázares sobre el tema Prima de Riesgo de Trabajo
Si tienes menos de 10 trabajadores, también puedes optar por no presentarla, con lo cual te quedarías en el grado medio de la clase correspondiente, pero considero conveniente elaborarla para conocer la prima en que quedaría ubicado el patrón. Ver Art. 72 ultimo párrafo.
Saludos
Saludos
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- konli
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11 años 6 meses antes #100607
por konli
Respuesta de konli sobre el tema Prima de Riesgo de Trabajo
Problema :
1.- Un patron en el 2014 de dio de alta en Feb 2014, no se debe presentar la prima anual 2015 .
2.-la prima anual en el 2014 era 4.65325, ya presentada en el 2015 ahora es 3.65325 .
3.-Por ser un periodo incompleto debe ser para el 2015 = 4.65325
4.-Posibles soluciones
a) Presentar un escrito al IMSS explicando el error que se cometio , para que ellos los ajusten 2015 = 4.65325
b) Presentar otra vez la prima anual 2015 ,manipulando la informacion, para que se genere una Prima de 4.65325.
unicamente le aumento la prima de 2014 de 4.65325 a 5.65325 .
cuando genere la prima de 2015 (SUA) sin ningun accidente , me genera una prima 4.65325
5.-Para presentar la prima anual por internet , cual es el plazo realmente, para presentarlo ?
El mismo personal del IMSS, me comentan , que todavia tengo todo el mes de Feb para presentarlo ?
Saludos
1.- Un patron en el 2014 de dio de alta en Feb 2014, no se debe presentar la prima anual 2015 .
2.-la prima anual en el 2014 era 4.65325, ya presentada en el 2015 ahora es 3.65325 .
3.-Por ser un periodo incompleto debe ser para el 2015 = 4.65325
4.-Posibles soluciones
a) Presentar un escrito al IMSS explicando el error que se cometio , para que ellos los ajusten 2015 = 4.65325
b) Presentar otra vez la prima anual 2015 ,manipulando la informacion, para que se genere una Prima de 4.65325.
unicamente le aumento la prima de 2014 de 4.65325 a 5.65325 .
cuando genere la prima de 2015 (SUA) sin ningun accidente , me genera una prima 4.65325
5.-Para presentar la prima anual por internet , cual es el plazo realmente, para presentarlo ?
El mismo personal del IMSS, me comentan , que todavia tengo todo el mes de Feb para presentarlo ?
Saludos
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Moderadores: Daniel_Gtz, Luis
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