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Dudas de escuela y estudiantes
P.F Honorarios (Medico)
- mxsmelkor
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16 años 2 meses antes #61991
por mxsmelkor
P.F Honorarios (Medico) Publicado por mxsmelkor
Hola mucho gusto a todos.
Y esperando me puedan resolver esta duda, en el entendido que me parece algo tonta, pero es mejor preguntar a quedarse con la incognita.
Ejemplo:
Digamos que me salio ISR x 1,500.00
Ietu x 3,000.00
Tengo Retenciones de IVA por 1,700.00
1.- Me podria acreditar esos 1,700 tanto en isr como en ietu? Quedando isr en 0 e ietu 1,300.00
O
2.- Me acreditaria 1500 de isr que es lo maximo que podra acreditarme y los 200 restantes me los acredito en ietu?
Muchas Ggracias por sus respuestas!!
Y esperando me puedan resolver esta duda, en el entendido que me parece algo tonta, pero es mejor preguntar a quedarse con la incognita.
Ejemplo:
Digamos que me salio ISR x 1,500.00
Ietu x 3,000.00
Tengo Retenciones de IVA por 1,700.00
1.- Me podria acreditar esos 1,700 tanto en isr como en ietu? Quedando isr en 0 e ietu 1,300.00
O
2.- Me acreditaria 1500 de isr que es lo maximo que podra acreditarme y los 200 restantes me los acredito en ietu?
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16 años 2 meses antes #61993
por CP SOLIN
Respuesta de CP SOLIN sobre el tema Re: P.F Honorarios (Medico)
saludos a quien hizo esta pregunta.
hay dos formas que disminuyen los impuestos, una el acreditamiento, otra la compensacion; en tu planteamiento dices de acerditar un iva retenido; para calcular el isr analiza bien en la fórmula donde se hacen las acreditaciones y ve si se puede acreditar el iva; lo mismo en la fórmula de cálculo de ietu analiza si en los acreditamientos entra el iva retenido; Para mi estás confundido y se trata de una compensacion de impuestos y la compensacion es otro rollo que lleva trámites administrativos adicionales. checalo y luego nos comentas.
hay dos formas que disminuyen los impuestos, una el acreditamiento, otra la compensacion; en tu planteamiento dices de acerditar un iva retenido; para calcular el isr analiza bien en la fórmula donde se hacen las acreditaciones y ve si se puede acreditar el iva; lo mismo en la fórmula de cálculo de ietu analiza si en los acreditamientos entra el iva retenido; Para mi estás confundido y se trata de una compensacion de impuestos y la compensacion es otro rollo que lleva trámites administrativos adicionales. checalo y luego nos comentas.
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16 años 2 meses antes #62181
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: P.F Honorarios (Medico)
Serenidad y paciencia, mucha paciencia...
Primero que nada, !bienllegado a casa! -no cito el nick porque esta medio que impronunciable y por tanto inrecordable- pero de cualquier forma mucho gusto.
Si son honorarios medicos, ¿Porque hay IVA en la operacion?, vamos a dar por descontado que se ubique en el supuesto de que deba existir traslado de IVA y en consecuencia igualmente resulte procedente la retencion del mismo.
Si el profesionista tiene como numeros finales en sus calculos del mes lo siguiente; ISR a cargo por 1,500.00, Ietu por 3,000.00 e IVA ¿Por cuanto?, no aportaste el dato...
En ese evento el profesionista debe restar al pago del IETU los 1,500.00 de ISR, y enterar al fisco 1,500.00 de ISR y 1,500.00 de IETU.
Pero las retenciones de IVA no las puede acreditar ni compensar contra el ISR o IETU.
Pregunta de aqui pa'alla, si hubo retencion de IVA en la operacion igualmente debieron retenerle ISR, al citar los 1,500.00 a cargo de ISR y los 3,000.00 de IETU, ¿Ya estas restando la retencion que se supone de ISR debieron igualmente efectuarle?
saludos
Primero que nada, !bienllegado a casa! -no cito el nick porque esta medio que impronunciable y por tanto inrecordable- pero de cualquier forma mucho gusto.
Si son honorarios medicos, ¿Porque hay IVA en la operacion?, vamos a dar por descontado que se ubique en el supuesto de que deba existir traslado de IVA y en consecuencia igualmente resulte procedente la retencion del mismo.
Si el profesionista tiene como numeros finales en sus calculos del mes lo siguiente; ISR a cargo por 1,500.00, Ietu por 3,000.00 e IVA ¿Por cuanto?, no aportaste el dato...
En ese evento el profesionista debe restar al pago del IETU los 1,500.00 de ISR, y enterar al fisco 1,500.00 de ISR y 1,500.00 de IETU.
Pero las retenciones de IVA no las puede acreditar ni compensar contra el ISR o IETU.
Pregunta de aqui pa'alla, si hubo retencion de IVA en la operacion igualmente debieron retenerle ISR, al citar los 1,500.00 a cargo de ISR y los 3,000.00 de IETU, ¿Ya estas restando la retencion que se supone de ISR debieron igualmente efectuarle?
saludos
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