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Dudas de escuela y estudiantes
Deducibles
- Hernandez_09
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16 años 1 semana antes #64032
por Hernandez_09
Deducibles Publicado por Hernandez_09
Buenas Tardes!! Ojala me puedan ayudar lo mas pronto posibles gracias!!
Mi papa es PF (Comisionista Mercantil), luego entonces yo compre una Computadora con mi tarjeta de Credito, pero lo facture a nombre de mi PAPA, la pregunta es Esto es deducible?
Ya que el contador que trabaja para nosotros dice que necesita un edo. de cuenta de la tarjeta para ver si lo deduce!!!
Mi papa es PF (Comisionista Mercantil), luego entonces yo compre una Computadora con mi tarjeta de Credito, pero lo facture a nombre de mi PAPA, la pregunta es Esto es deducible?
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- editor20
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16 años 1 semana antes #64044
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Deducibles
Hernández_09, tu señor padre para poder deducir las adquisiciones debe soportarlas con una salida de efectivo de su cuenta de cheques o de su propia tarjeta de crédito. Como el IVA, el IETU y el ISR se manejan a base de flujo de efectivo lo común es que se solicite el edo. de cuenta del contribuyente para demostrar fehacientemente que los cheques expedidos para pagar gastos deducibles fueron cobrados en el mismo mes en el que se expidió el comprobante. Dices que es comisionista mercantil, si está como del Régimen Intermedio la computadora se podría deducir de inmediato sin necesidad de depreciarla. Saludos.
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- joluc
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16 años 1 semana antes #64048
por joluc
“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del saber”
Albert Einstein
Respuesta de joluc sobre el tema Re: Deducibles
El Gasto SI ES DEDUCIBLE, dale copia de tu edo de cuenta al contador, es deducible en el mes en que se compro la computadora, PERO TU PAPA debe hacer un PAGO A TU TARJETA DE CREDITO, ya sea en meses o en una sola exhibicion...
Saludos!!!
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- PALOS
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16 años 1 semana antes #64052
por PALOS
Respuesta de PALOS sobre el tema Re: Deducibles
HOLA:
No solo la puede deducir vía flujo como régimen intermedio, si está en el general también siempre y cuando solo preste servicios profesionalesy que en el ejercicio inmediato anterior sus ingresos no hubiesesn excedido de %840,000.00 (CUALQUIER ACTIVO MENOS AUTOMOVILES, TERRENOS Y CONSTRUCCIONES)art 124 3er párrafo de la LISR.
SALUDOS
No solo la puede deducir vía flujo como régimen intermedio, si está en el general también siempre y cuando solo preste servicios profesionalesy que en el ejercicio inmediato anterior sus ingresos no hubiesesn excedido de %840,000.00 (CUALQUIER ACTIVO MENOS AUTOMOVILES, TERRENOS Y CONSTRUCCIONES)art 124 3er párrafo de la LISR.
SALUDOS
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- Luikb
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16 años 5 días antes #64123
por Luikb
Saludos
Luis Morales
Respuesta de Luikb sobre el tema Re: Deducibles
En que parte de la Ley dice que el contribuyente debe de pagarla??
Dice que debe de ser pagada en Efectivo, Cheques, TDC, etc... pero la vdd no recuerdo que diga que tiene que ser pagado por el contribuyente...
Digo, tal vez este equivocado?
Para mi es deducible...
Dice que debe de ser pagada en Efectivo, Cheques, TDC, etc... pero la vdd no recuerdo que diga que tiene que ser pagado por el contribuyente...
Digo, tal vez este equivocado?
Para mi es deducible...
Saludos
Luis Morales
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- CPHugoocejo
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16 años 5 días antes #64155
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Deducibles
puedes decirnos en que regimen tributa?
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