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Asimilables

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18 años 10 meses antes #17583 por Sidharta
Asimilables Publicado por Sidharta
Hola a todos!!



tengo una duda sucede que en una institucion educativatengo unas personas en calidad de asimilados, pero para esto una de ellas esta embazada (ultimos mes) por dicho motivo suspendio su labor, pero solicita le sean cubiertos sus pagos por el tiempo que este ausente.

yo tengo conocimiento que un asimilado no tiene derechos.

mi pregunta es ¿puede hacer un pleito legal, solocitanto el cobro de los mismos?

ella solo trabaja aqui por horas.

Gracias, saludos<br><br>Mensaje editado por: Sidharta, el: 22/10/2007 14:16

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18 años 10 meses antes #17592 por Luis
Respuesta de Luis sobre el tema Re:Asimilables
Hola Sidharta:

Un placer saludarte, es importante conocer como ha sido contratada, porque si hablamos de una relacion subordinada (art. 12 LSS), aunque se le de el tratamiento de asimilables este es unicamente aplicable para impuesto sobre la renta, en cuanto a lo concerniente al seguro social recuerda lo que establece el art. 103 de LSS en la que señala que en incapacidad por maternidad si no se cumple el requisito de semanas cotizadas el pago del salario integro quedarà a cargo del patròn.

Saludos y estoy a tus ordenes.:)

Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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18 años 10 meses antes #17605 por pepesoto
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re:Asimilables
Sidharta escribio:

...yo tengo conocimiento que un asimilado no tiene derechos....

:dry: Buenas noches. Le agradeceré sea tan amablde indicarme en dónde puedo buscar el fundamento de que su \&quot;asimilado\&quot; no tiene derechos, ya qe ella, dado que se considera TRABAJADORA, exige con pleno conocimiento, sus derechos.

El Lic.

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18 años 10 meses antes #17611 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:Asimilables
Sidharta, por lo que han comentado Luis y el Lic podras concluir que puede haber pleito y que muy seguramente lleva el patron las de perder... No importa si esta persona te prestaba el servicio tan solo una, dos, tres o cinco horas al dia... todo nos hace pensar (a ella incluida) que tenia una jornada de trabajo establecida y que se le pagaba por ejecutar un trabajo conforme a ciertos lineamientos establecidos por el que le realizaba los pagos... lo que le deja en clara presencia de una relacion de trabajo, sin importar el como esten pretendiendo disimularla...

Asi las cosas, pregunto; ¿para que labores fue contratada esta persona?, ¿sabes si acaso presta servicios en otros lugares y en que horarios?...

La posibilidad de pleito ya la tienes en puerta, toda vez que la junta se va a reconocer como tribunal competente para el posible pleito... conviene un analisis para que definan lo que a sus intereses favorezca, pagar el subsidio por maternidad de 84 dias casi lo veo como obligado... aqui lo que deben ver es no solo el actual caso que tienen entre manos, si no que les sirva de antecedente para los otros \&quot;asimilados\&quot; que tienen contratados, ya que eso de que alguien conozca sus derechos y los logre hacer valer, como que es un virus que se pega rapido y facil...

Negociar, es me parece la palabra que deben tener presente.

Saludos.

Pdta.- Lic, buena imagen, asi a quien le busque le facilita encontrar la puerta de mi casa.<br><br>Mensaje editado por: sosgtorreon, el: 23/10/2007 09:19

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