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a que tiene derecho?
- fiscalprin
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18 años 4 semanas antes #31737
por fiscalprin
a que tiene derecho? Publicado por fiscalprin
HOLA BUENAS TARDES.
Un trabajador tiene de laborar en una empresa 16 años y ya piensa salirse,aparte de sus partes proporcionales a que mas tiene derecho?.Por otra parte tiene un problema con sus papeles,ya que en su acta de nacimiento tiene los dos apellidos,pero en su ife y demas papeles tiene uno,le afectaria en caso de que no este de acuerdo con su liquidacion y vaya a la junta de conciliacion y le pidan sus documentos?
Por sus aportaciones al tema ,muchas gracias.
Un trabajador tiene de laborar en una empresa 16 años y ya piensa salirse,aparte de sus partes proporcionales a que mas tiene derecho?.Por otra parte tiene un problema con sus papeles,ya que en su acta de nacimiento tiene los dos apellidos,pero en su ife y demas papeles tiene uno,le afectaria en caso de que no este de acuerdo con su liquidacion y vaya a la junta de conciliacion y le pidan sus documentos?
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- Luis
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18 años 4 semanas antes #31749
por Luis
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
Respuesta de Luis sobre el tema Re: a que tiene derecho?
Hola Fiscalprin:
Un placer saludarte, en cuanto a lo que corresponde aparte de los proporcionales con motivo de su renuncia es a la prima de antiguedad conforme al art. 162 LFT ya que se establece que si el renuncia teniendo una antiguedad de 15 años en dicho trabajo le corresponde:
Artículo 162.- Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:
I. La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios;
II. Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486; (2 veces el salario minimo como maximo)
III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido
En cuanto a la identificaciòn seria conveniente que se pudiera remediar esto acudiendo al IFE y a las instancias correspondientes puesto que aqui el acta de nacimiento es correcto el nombre por lo que ahi seria importante acudir con un especialista legal para que señale si eso le puede afectar al iniciar un juicio.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Un placer saludarte, en cuanto a lo que corresponde aparte de los proporcionales con motivo de su renuncia es a la prima de antiguedad conforme al art. 162 LFT ya que se establece que si el renuncia teniendo una antiguedad de 15 años en dicho trabajo le corresponde:
Artículo 162.- Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:
I. La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios;
II. Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486; (2 veces el salario minimo como maximo)
III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido
En cuanto a la identificaciòn seria conveniente que se pudiera remediar esto acudiendo al IFE y a las instancias correspondientes puesto que aqui el acta de nacimiento es correcto el nombre por lo que ahi seria importante acudir con un especialista legal para que señale si eso le puede afectar al iniciar un juicio.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
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- JULIO ALCOCER
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18 años 4 semanas antes #31820
por JULIO ALCOCER
Respuesta de JULIO ALCOCER sobre el tema Re: a que tiene derecho?
Hola Buena Noche:
Es importante para el trabajador que aclare su situación legal respecto de su acta de nacimiento y su credencial del IFE, ya que necesitará ambos documentos en el momento de tramitar su pensión ante el IMSS.
Si durante 16 años de vida laboral prestó sus servicios al mismo Patrón, es posible alguna consideración por parte del Empresario en otorgarle una gratificación especial, claro que no está obligado legalmente.
Saludos a Todos.
Es importante para el trabajador que aclare su situación legal respecto de su acta de nacimiento y su credencial del IFE, ya que necesitará ambos documentos en el momento de tramitar su pensión ante el IMSS.
Si durante 16 años de vida laboral prestó sus servicios al mismo Patrón, es posible alguna consideración por parte del Empresario en otorgarle una gratificación especial, claro que no está obligado legalmente.
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