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Re: Prima Vacacional

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17 años 11 meses antes #33865 por Blanco021
Prima Vacacional Publicado por Blanco021
Buen dia a todos

Espero que esten pasando super bien este pequeño puente..

Tenngo una duda sobre la prima vacacional de un trabajador el cual por cuestiones x se le pagaron las vaciones y prima vacacaional del año pasado en enero del presente pero en enero tambien cumple su aniversario por lo caul se le programaron las vacaciones para estas fechas.

MI pregunta es en que articulo o en donde menciona que no puedo aplicar la excencion de los 15 dias para la prima vacacional dos veces en el mismo años?

Saludos a todos y gracias de ante mano

si quieres ser sabio, aprende a interrogar razonablemente, a escuchar con atencion, a responder serenamente y a callar cuando no tengas nada que decir..\\\\\\\"Aristóreles\\\\\\\"

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17 años 11 meses antes #33867 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Prima Vacacional
Blanco021 escribió:

Buen dia a todos

Espero que esten pasando super bien este pequeño puente..

Tenngo una duda sobre la prima vacacional de un trabajador el cual por cuestiones x se le pagaron las vaciones y prima vacacaional del año pasado en enero del presente pero en enero tambien cumple su aniversario por lo caul se le programaron las vacaciones para estas fechas.

MI pregunta es en que articulo o en donde menciona que no puedo aplicar la excencion de los 15 dias para la prima vacacional dos veces en el mismo años?

Saludos a todos y gracias de ante mano


Hola...

Art 109 Fracc XI

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17 años 11 meses antes #33870 por contadorg
Respuesta de contadorg sobre el tema Re: Prima Vacacional
Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

...............................................................................................................................................................

fracción XI
Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

Por el excedente de los ingresos a que se refiere esta fracción se pagará el impuesto en los términos de este Título.

...............................................................................................................................................................

Disposición a la que se debe dar interpretación en el sentido de que, independientemente de las veces que se otorgue la prima vacacional a un trabajador en un mismo año, la parte exenta no podrá exceder al equivalente a 15 días de salario mínimo general de su área geográfica.

Entonces, si el monto de la primer prima (valga la redundancia) fue inferior a 15 días de SMG, en el segundo pago se podrá aplicar la exención a la cantidad que resulte de restar de los 15 días el monto de la prima pagada con anterioridad.

Sin embargo, si el monto de la primer prima (valga la redundancia) fue superior a 15 días de SMG, en el segundo pago ya no se puede aplicar la exención puesto que ésta ya se encuentra agotada.

Entonces, el excedente del primer pago y el pago de la segunda prima, se consideran gravados por el ISR.

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5 años 1 mes antes - 5 años 1 mes antes #109992 por ricardodp
Respuesta de ricardodp sobre el tema Re: Prima Vacacional
Todos los pagos en este caso aplican para ISR
Última Edición: 5 años 1 mes antes por ramiro9.

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