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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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despido injustificado,se pagaba como Asimilado
- joluc
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Espero q me ayuden con esta duda q tengo:
Resulta q se despidio a un empleado de una empresa q llevaba un poco mas de 2 años laboradndo, pero lo despidieron injustificadamente, mi pregunta es:
Le corresponde Liquidacion aunque al trabajador se le pagaba como Asimilados a Salario???
si es liquidacion injustificada le corresponde:
3 meses de salario
aguinaldo proporcional
Vacaciones y prima Proporcionar
y la prima de antiguedad
si me hace falta algun concepto si me lo podrian decir o un concepto no va?
ojala me ayuden, Gracias de Antemano
Les mando un saludo...
“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del saber”
Albert Einstein
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- Luis
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- Muestrenme un impuesto que no cause problemas y le
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Un placer saludarte, el termino de asimilados se utiliza exclusivamente para la aplicaciòn del ISR, en materia laboral se debe identificar si dicha persona tiene relacion subordinada o no con la empresa, de ser positiva la respuesta, por supuesto que debes de darle su indemnizacion para no tener problemas en lo futuro, por lo que comentas es correcta la aplicaciòn que harìas y realizar un convenio de terminacion laboral ante la autoridad correspondiente para finiquitar esto debidamente.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
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- bandido
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- jjfarias
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Saludos¡¡¡
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- huracan
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Hola!! Foristas.
Espero q me ayuden con esta duda q tengo:
Resulta q se despidio a un empleado de una empresa q llevaba un poco mas de 2 años laboradndo, pero lo despidieron injustificadamente, mi pregunta es:
Le corresponde Liquidacion aunque al trabajador se le pagaba como Asimilados a Salario???
si es liquidacion injustificada le corresponde:
3 meses de salario
aguinaldo proporcional
Vacaciones y prima Proporcionar
y la prima de antiguedad
si me hace falta algun concepto si me lo podrian decir o un concepto no va?
ojala me ayuden, Gracias de Antemano
Les mando un saludo...
QUE TAL SEÑOR
Su pregunta es de caracter laboral,y usted unicamente proporciona detos DE RETENCION DE ISR,sin embargo esperamos orientarlo
Mire lo importante para su caso es conocer el tipo de contrato que celebro con el PRESTADOR DEL SERVICIO INDEPENDIENTE,esto lo señalo porque estoy pensando que asi es,por lo que supongo que el contrato firmado es en funcion de una relacion CLIENTE-PROVEEDOR, Y NO EN UNA relacion de trabajo subordinada,si es asi usted no caera en el supuesto de UNA INDEMINIZACION CON RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON y no tendra que pagar ningun quinto por tal concepto.
En caso afirmativo, usted negara la relacion de trabajo,esto es que el trabajador para este supuesto tendra que probar la relacion subordinada,Y USTED PODRA EXHIBIR COMO PRUEBA el contrato de relacion comercial,ademas de las facturas o recibos expedidos por el PROVEEDOR.en caso de que no cuente con los comprobantes fiscales y que unicamente tenga el contrato de relacion CLIENTE-PROVEEDOR y recibos "sencillos o de recibido"estos le serviran en su defensa,aunque la autoridad es media renuente a estos ultimos,terminara por aceptar como prueba el multicitado contrato comercial.
En caso de que no cuente con los elementos que cito,sin duda lo mejor sera reconocer la relacion y llegar a un arreglo inmediato.
Suerte y a sus ordenes.
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- joluc
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y graciass por su apoyo.
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