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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Reglamento Interior de Trabajo
- Albert07
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17 años 10 meses antes #35109
por Albert07
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Reglamento Interior de Trabajo Publicado por Albert07
Buenos días a todos los participantes.
Tengo el caso de una empresa ubicada en el estado X, dicha empresa cuenta con su RIT, mismo que ha sido depositado en la Junta Local de dicha entidad.
Ahora; se abrio un nuevo establecimiento en otro estado.
Mi duda es; si para los trabajadores del nuevo estado les es aplicable por extensión el reglamento existente en la empresa o debo hacer todo el proceso nuevamente respecto a este nuevo estado y depositarlo en la Junta local de esta nueva entidad.
En espera de sus amables comentarios, les agradezco de antemano.
Tengo el caso de una empresa ubicada en el estado X, dicha empresa cuenta con su RIT, mismo que ha sido depositado en la Junta Local de dicha entidad.
Ahora; se abrio un nuevo establecimiento en otro estado.
Mi duda es; si para los trabajadores del nuevo estado les es aplicable por extensión el reglamento existente en la empresa o debo hacer todo el proceso nuevamente respecto a este nuevo estado y depositarlo en la Junta local de esta nueva entidad.
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- Luis
- Fuera de línea
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17 años 10 meses antes #35224
por Luis
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
Respuesta de Luis sobre el tema Re: Reglamento Interior de Trabajo
Hola Albert07:
Un placer saludarte, mi consejo es que si lleves a cabo dicho acto(art. 425 LFT),aunque en algunas juntas no lo consideran necesario, en caso de una inspección pueden surgir problemas por el hecho de que estamos hablando de un establecimiento distinto (art. 16 LFT), no es por demás el llevarlo a cabo y se cumple con lo dispuesto en la Ley Federal de Trabajo.
ARTICULO 425. EL REGLAMENTO SURTIRA EFECTOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU DEPOSITO. DEBERA IMPRIMIRSE Y REPARTIRSE ENTRE LOS TRABAJADORES Y SE FIJARA EN LOS LUGARES MAS VISIBLES DEL ESTABLECIMIENTO.
ARTICULO 16. PARA LOS EFECTOS DE LAS NORMAS DE TRABAJO, SE ENTIENDE POR EMPRESA LA UNIDAD ECONOMICA DE PRODUCCION O DISTRIBUCION DE BIENES O SERVICIOS Y POR ESTABLECIMIENTO LA UNIDAD TECNICA QUE COMO SUCURSAL, AGENCIA U OTRA FORMA SEMEJANTE, SEA PARTE INTEGRANTE Y CONTRIBUYA A LA REALIZACION DE LOS FINES DE LA EMPRESA.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Un placer saludarte, mi consejo es que si lleves a cabo dicho acto(art. 425 LFT),aunque en algunas juntas no lo consideran necesario, en caso de una inspección pueden surgir problemas por el hecho de que estamos hablando de un establecimiento distinto (art. 16 LFT), no es por demás el llevarlo a cabo y se cumple con lo dispuesto en la Ley Federal de Trabajo.
ARTICULO 425. EL REGLAMENTO SURTIRA EFECTOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU DEPOSITO. DEBERA IMPRIMIRSE Y REPARTIRSE ENTRE LOS TRABAJADORES Y SE FIJARA EN LOS LUGARES MAS VISIBLES DEL ESTABLECIMIENTO.
ARTICULO 16. PARA LOS EFECTOS DE LAS NORMAS DE TRABAJO, SE ENTIENDE POR EMPRESA LA UNIDAD ECONOMICA DE PRODUCCION O DISTRIBUCION DE BIENES O SERVICIOS Y POR ESTABLECIMIENTO LA UNIDAD TECNICA QUE COMO SUCURSAL, AGENCIA U OTRA FORMA SEMEJANTE, SEA PARTE INTEGRANTE Y CONTRIBUYA A LA REALIZACION DE LOS FINES DE LA EMPRESA.
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Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
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- Albert07
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17 años 8 meses antes #38781
por Albert07
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Respuesta de Albert07 sobre el tema Re: Reglamento Interior de Trabajo
Muchas gracias x tu comentario.
Al dia de hoy, dichos RIT`s ya quedaron elaborados, depositados y ya se aplican.
Buen dia
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