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Cual es la forma correcta para la indemnizacion??

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17 años 6 meses antes #41355 por Blanco021
Buen dia :)

Por razones economicas de la empresa se ah obtado por disminuir los sueldos de los trabajadores, se que esta medida se considera como una causal de despido injustificado. por los cual mi pregunta es ¿se puede pagar la indemnizacion con base a la diferencia de sueldos? o ¿se debe liquidar al trabajador con la totalidad del sueldo y darlo de baja en el imss y luego de alta con el nuevo sueldo?

Nota: se se pienda precindir de los servicios de los trabajadores, solo bajar el sueldo de los mismos.


Saludos!!!:laugh:

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17 años 6 meses antes #41358 por gaboaranda
hola blaco

Si se refiere usted al puro salario para calcular la indemizacion le sugiero un clavado a la LFT en especial en sus numeral 485 y 486

Y si persiste la duda aqui estamos para ampliarla!!!! jejejeje

saludos

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17 años 6 meses antes #41360 por Blanco021
Vamos a ver si entendi...

sueldo actual 300
sueldo nuevo 250
diferencia 50

como la diferencia del sueldos es menor al salario diario, entonces la indemnizacion debe de ser con base al salario diario del area greografica del trabajador. y por las partes proporcionales es con base a los 50 pesos..... estoy en lo correcto o no :woohoo:

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17 años 6 meses antes #41373 por gaboaranda
Hola Blanco de nuez!!!

Le preguno donde dejo el salario mínimo del área geográfica ?? echele un ojo otra vez al 486 LFT y me dice

saludos

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17 años 6 meses antes #41379 por Blanco021
Vamos a ver si entendi...

sueldo actual 300
sueldo nuevo 250
diferencia 50

como la diferencia del sueldos es menor al salario diario, entonces la indemnizacion debe de ser con base al salario diario del area greografica del trabajador. y por las partes proporcionales es con base a los 50 pesos..... estoy en lo correcto o no



Perdon escribi salari diario en lagar de salrio minimo

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17 años 6 meses antes #41381 por Blanco021
perdon que cambie de tema tn drasticamente pero ya nos cambiaro la jugada la empresa ahora la situacion es esta. :dry:


trabajo para la empresa A, la cual por x razon decide que va haber una sustitucion patronal el la cual la empresa B es la que no va a pagar.

La empresa A, solo nos quiere pagar las partes proporcionales, vacaciones y prima vacacional. y que le firmemos una carta de renuncia voluntaria para evitar el pago de la indemnizacion. a qui va una pregunta ¿es correcto que no nos paguen la indemnizacion?

La emprea B, que es la que nos va a pagar si aceptamos la sustitucion y segun nos va a reconocer el sueldo, antiguedad, prestaciones y adeudo al empleado. mi pregunta aqui ¿en una sustitucion patronal se puede bajar el sueldo?

ahora otra situacion mas La empresa B no va apagar IMSS ni INFONAVIT, lo va a pgar ua empresa C la cual nos va a registrar con el minimo ¿esto es correcto? y en caso de incapacidad del seguro social en funcion de su sueldo nominal, sera cubierta por la emperas B ¿esto es correcto?

de ante mano les agradesco los comentarios o puntos de vista para dicipar un poco mis dudas.

p.d. segun ellos tengo hasta el dia de hoy pada firmar mi finiquito y carta renuncia esto tambien es correcto

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