Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Liquidacion por quiebra?

Más
17 años 2 meses antes #48870 por nicoruiz
Hola.

Espero me puedan ayudar,cuando una empresa va a liquidar a su personal por quiebra, a que tienen derecho los trabajadores, suponiendo que son permanantes y contrato indefinido.

Saludos.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 2 meses antes #48871 por Luis
Respuesta de Luis sobre el tema Re: Liquidacion por quiebra?
Hola Nico:

Un placer saludarte, si hablamos de una quiebra recuerda que la Ley Federal de Trabajo establece que:
Artículo 434.- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:
V. El concurso o la quiebra legalmente declarado, si la autoridad competente o los acreedores resuelven el cierre definitivo de la empresa o la reducción definitiva de sus trabajos.

Artículo 436.- En los casos de terminación de los trabajos señalados en el artículo 434, salvo el de la fracción IV, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización de tres meses de salario, y a recibir la prima de antigüedad a que se refiere el artículo 162.

Aparte los consabidos proporcionales de prima vacacional, aguinaldo,etc.

Saludos y quedo a tus ordenes.:)

Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.564 segundos
Gracias a Foro Kunena