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FINIQUITO O LIQUIDACION POR JUBILACION?

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15 años 2 semanas antes #73857 por MARIOAL
Siguiendo con este tema, cuando el trabajador decide iniviar el tramite de su jubilación, cuando se hace la baja por internet, en este que caso, cual seria la causa de dicha baja, separación voluntaria o por el conecpeto de jubilación, saludos y gracias por sus aportaciones.

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15 años 2 semanas antes #73859 por Daniel_Gtz
MARIOAL escribió:

...cuando el trabajador decide iniciar el tramite de su jubilación, cuando se hace la baja por internet, en este que caso, cual seria la causa de dicha baja, separación voluntaria o por el conecpeto de jubilación, saludos y gracias por sus aportaciones.


El trabajador se va??? El es el que decide que ya no trabajara mas??

Por otro lado, te comento que para el IMSS, el concepto que le des, es solo un dato informativo...

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15 años 2 semanas antes #73863 por MARIOAL
Si me refiero a cuando un trabajador decide iniciar por su propia voluntad su jubilación, no tanto a lo que mencionan de que la empresa les dice que si se retiran, gracias por tu aportación Daniel, saludos..

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15 años 2 semanas antes #73886 por pepesoto
:side: Buenas noches.

En ese caso, Mario, el trabajador estará separánose voluntariamente de su trabajo y el patrón lo finiquita con las partes proporcionales de vac, prima vac, aguinaldo y prima de antiguedad si el trabajador tiene más de 15 de laborar con ese patrón.

Saludines,
El Lic.



B)

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15 años 2 semanas antes #73890 por MARIOAL
Gracias por tu comentario pepesoto, me queda claro, saludos...

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11 años 9 meses antes #99554 por enrique9727
Persuadirlos, ya lo hicieron cuando les solicitaron que se pensionen. Y al responderles que se siente bien. No resultó.

Hay otra manera de persuadirlos: liquidándolos, despidiéndolos y negociando el finiquito. Ellos no desean retirarse y tal parece que desean terminar ser despedidos. Seamos honestos si ellos se siente bien, no recibirán mayor pensión que lo que reciben trabajando.
Pero Ustedes y mejor prefieren prescindir de sus servicios para sustituirlos. Pero una vez si logran la negociacion se va a la junta pacten terminar las relaciones laborales.

Ultima manera de persuación irrefutable. Despídanlos paguen el art 50 LFT ante la junta y ahi los liquidan con convenio laboral elevado a rango de laudo.

Así no se lesionan o los agravia en sus derechos laborales, con alguna de las dos maneras anteriores.

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