- Mensajes: 181
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
domingo 1 de mayo ??
- cpcadena
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
15 años 4 meses antes #71213
por cpcadena
domingo 1 de mayo ?? Publicado por cpcadena
Hola buen dia , como siempre agradeciendo los oportunos consejos y comentarios acerca de mi planteamiento..
el dia domingo es 1 de mayo dia del trabajo, mis dudas son
es un dia no laborable? les pregunto por que en el caso del contribuyente que tiene un restaurante .. abre los domingos y pues es un dia que hay mayor captacion de clientes.... a los trabajadores se les paga su prima dominical.. pero este domingo , si se les diera el dia .. no se les paga prima dominical solo el dia ? en caso de que vinieran a trabajar como se les pagaria , su dia y su prima dominical mas algo extra??
saludos..
el dia domingo es 1 de mayo dia del trabajo, mis dudas son
es un dia no laborable? les pregunto por que en el caso del contribuyente que tiene un restaurante .. abre los domingos y pues es un dia que hay mayor captacion de clientes.... a los trabajadores se les paga su prima dominical.. pero este domingo , si se les diera el dia .. no se les paga prima dominical solo el dia ? en caso de que vinieran a trabajar como se les pagaria , su dia y su prima dominical mas algo extra??
saludos..
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- cpcadena
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 181
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71214
por cpcadena
Respuesta de cpcadena sobre el tema Re: domingo 1 de mayo ??
Artículo 74 LFT. Son días de descanso obligatorio:
IV. El 1o. de mayo.
Abundando mas en el planteamiento...el dia domingo es descanso obligatorio , para quines trabajan los domingos.. que es el caso... pero el dia lunes .. es el dia de descanso general se cierra el negocio , por lo que permaneceria cerrado domingo por dia de descanso y lunes.. por ser dia de descanso general. n este caso creo que estaria mas a consideracion del patron cierto? que lo mas seguro sea que se trabaje el domingo.. como se les pagaria ese dia saludos
IV. El 1o. de mayo.
Abundando mas en el planteamiento...el dia domingo es descanso obligatorio , para quines trabajan los domingos.. que es el caso... pero el dia lunes .. es el dia de descanso general se cierra el negocio , por lo que permaneceria cerrado domingo por dia de descanso y lunes.. por ser dia de descanso general. n este caso creo que estaria mas a consideracion del patron cierto? que lo mas seguro sea que se trabaje el domingo.. como se les pagaria ese dia saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Daniel_Gtz
- Fuera de línea
- Moderator
-
- No es lo mismo dame, que ayudame.
Menos
Más
- Mensajes: 3500
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71216
por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: domingo 1 de mayo ??
cpcadena escribió:
Ya vio el articulo que sigue???
si el 75.
... lo mas seguro sea que se trabaje el domingo.. como se les pagaria ese dia saludos
Ya vio el articulo que sigue???
si el 75.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- cpcadena
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 181
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #71217
por cpcadena
Respuesta de cpcadena sobre el tema Re: domingo 1 de mayo ??
ARTICULO 75
LOS TRABAJADORES QUEDARAN OBLIGADOS A PRESTAR LOS SERVICIOS Y TENDRAN DERECHO A QUE SE LES PAGUE, INDEPENDIENTEMENTE DEL SALARIO QUE LES CORRESPONDA POR EL DESCANSO OBLIGATORIO, [strike]UN SALARIO DOBLE POR EL SERVICIO PRESTADO[/strike]gracias.
LOS TRABAJADORES QUEDARAN OBLIGADOS A PRESTAR LOS SERVICIOS Y TENDRAN DERECHO A QUE SE LES PAGUE, INDEPENDIENTEMENTE DEL SALARIO QUE LES CORRESPONDA POR EL DESCANSO OBLIGATORIO, [strike]UN SALARIO DOBLE POR EL SERVICIO PRESTADO[/strike]gracias.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.543 segundos