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despido de un trabajador
- lupita_paz
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13 años 7 meses antes #86975
por lupita_paz
despido de un trabajador Publicado por lupita_paz
Buena tarde, mi duda es en cuanto al despido de un trabajador, el cual le avisa al patron que su esposa da a luz, por problemas de salud la esposa queda internada en el hospital por seis dias, al trabajador le entregan al bebe al segundo dia de nacido, él alega no poder asistir a trabajar por darle atencion a su hijo y en el momento en que se presenta al trabajo se le dice que va a ser despedido sin derecho a nada.
La cuestión es, sería legal este despido? cual será el fundamento?
De antemano les agradezco sus comentarios y les envio un saludo.
La cuestión es, sería legal este despido? cual será el fundamento?
De antemano les agradezco sus comentarios y les envio un saludo.
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- Daniel_Gtz
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13 años 7 meses antes #86976
por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: despido de un trabajador
Hola...
Fundamento???
Revise por favor el Art. 47 de la LFT. Encontrara, ahí, las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón. Esperemos que encuentre alguna.
Fundamento???
Revise por favor el Art. 47 de la LFT. Encontrara, ahí, las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón. Esperemos que encuentre alguna.
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- MISTICO
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13 años 7 meses antes #86978
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Re: despido de un trabajador
LA LANZA
Obligaciones de los patrones
Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:
XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante; y
Analice usted por favor y lo comentamos
Obligaciones de los patrones
Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:
XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante; y
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13 años 7 meses antes - 13 años 7 meses antes #86983
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: despido de un trabajador
"...al trabajador le entregan al bebe al segundo dia de nacido... en el momento en que se presenta al trabajo se le dice que va a ser despedido sin derecho a nada."
Cuantos dias DEJA DE ASISTIR A SUS LABORES ?
Cuantos dias DEJA DE ASISTIR A SUS LABORES ?
Última Edición: 13 años 7 meses antes por LOBOZAC.
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- Contribuyente
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13 años 7 meses antes #86984
por Contribuyente
Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: despido de un trabajador
Buenas tardes a todos.
Solo hacer una precisión en cuanto a los posibles fundamentos patronales, que a mi modo de ver serían las fracciones X, XI y XV del art. 47 que le cita Daniel_Gtz y poner especial cuidado a el antepenúltimo y al último párrafo del mismo artículo.
Si usted lo pregunta para dar apoyo al patrón, debe él hacer conciencia de lo poco humano de su decisión, pero si no..... pues... muy su derecho de intentar lo que indica (el despido) para lo cual deberá cuidar mucho la observancia de lo que indico en el párrafo anterior.
Si su cuestionamiento es para apoyar al trabajador, este deberá cuidar en no caer en las más de tres faltas en el término de treinta dìas, para que su patrón no tenga esa base como justificante del despido.
Lo que le indica místico es una buena justificación para el trabajador, pero no sabemos nada respecto a los tiempos correspondientes, por lo que si los cita usted, podrían confirmarse o revertirse los consejos o sugerencias que pudieran resultar. Me refiero a los siguientes datos:
A.- En que fecha le avisó el trabajador al patrón por primera vez de su necesidad de tiempo y como lo pidió, verbal o escrito?
B.- En que fecha dejó el trabajador de asistir a trabajar?
C.- En que fecha regresó a sus labores y comente si fué admitido al trabajo o se le rechazó?
D.- En que términos y quien fue la persona que le indico que va a ser despedido sin derecho a nada? Algún abogado? El propio dueño?
F.- Dicha comunicación (la del despido) ya se le hizo efectiva o es hasta ahora una simple amenaza? Fué por escrito? Fue verbal?
De lo completo de los datos se podrá discernir con mayor eficacia si tal situación va a perjudicar al patrón o al trabajador.
Si yo fuera el patrón, pensaría en lo lógico y en lo humano de pasar por alto esas faltas; pensaría además en que se trata de un trabajador que ya tengo y se sus resultados en la labor que desempeña y quizá no quiera yo empezar de nuevo con un desconocido para ver si "da el kilo".
También puede ser que como patrón ya conozco al trabajador y esté a la espera de un pretexto para desocuparlo. Si tal es la situación, debería ser muy bien asesorado, pues a mi modo de verlo, esta justificación se rompe al tratarse de una causa de fuerza mayor la que obligó al trabajador a faltar. En fin..... muchas elucubraciones que se dan por la falta de datos mas concretos.
Veamos que seguimiento le da a su planteamiento lupita_paz.
Saludos cordiales.
Solo hacer una precisión en cuanto a los posibles fundamentos patronales, que a mi modo de ver serían las fracciones X, XI y XV del art. 47 que le cita Daniel_Gtz y poner especial cuidado a el antepenúltimo y al último párrafo del mismo artículo.
Si usted lo pregunta para dar apoyo al patrón, debe él hacer conciencia de lo poco humano de su decisión, pero si no..... pues... muy su derecho de intentar lo que indica (el despido) para lo cual deberá cuidar mucho la observancia de lo que indico en el párrafo anterior.
Si su cuestionamiento es para apoyar al trabajador, este deberá cuidar en no caer en las más de tres faltas en el término de treinta dìas, para que su patrón no tenga esa base como justificante del despido.
Lo que le indica místico es una buena justificación para el trabajador, pero no sabemos nada respecto a los tiempos correspondientes, por lo que si los cita usted, podrían confirmarse o revertirse los consejos o sugerencias que pudieran resultar. Me refiero a los siguientes datos:
A.- En que fecha le avisó el trabajador al patrón por primera vez de su necesidad de tiempo y como lo pidió, verbal o escrito?
B.- En que fecha dejó el trabajador de asistir a trabajar?
C.- En que fecha regresó a sus labores y comente si fué admitido al trabajo o se le rechazó?
D.- En que términos y quien fue la persona que le indico que va a ser despedido sin derecho a nada? Algún abogado? El propio dueño?
F.- Dicha comunicación (la del despido) ya se le hizo efectiva o es hasta ahora una simple amenaza? Fué por escrito? Fue verbal?
De lo completo de los datos se podrá discernir con mayor eficacia si tal situación va a perjudicar al patrón o al trabajador.
Si yo fuera el patrón, pensaría en lo lógico y en lo humano de pasar por alto esas faltas; pensaría además en que se trata de un trabajador que ya tengo y se sus resultados en la labor que desempeña y quizá no quiera yo empezar de nuevo con un desconocido para ver si "da el kilo".
También puede ser que como patrón ya conozco al trabajador y esté a la espera de un pretexto para desocuparlo. Si tal es la situación, debería ser muy bien asesorado, pues a mi modo de verlo, esta justificación se rompe al tratarse de una causa de fuerza mayor la que obligó al trabajador a faltar. En fin..... muchas elucubraciones que se dan por la falta de datos mas concretos.
Veamos que seguimiento le da a su planteamiento lupita_paz.
Saludos cordiales.
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- Gealram
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13 años 7 meses antes #86985
por Gealram
¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.
Respuesta de Gealram sobre el tema Re: despido de un trabajador
Hola Lupita.
Supongo que el caso que tu planteas es reciente, por lo que aplica la reforma a LFT publicada el 30 de noviembre de 2012. Ya mistico dio el fundamento legal que el trabajador tendría que hacer valer ante la autoridad correspondiente, aunque tratando de negociar, lo recomendable sería que el afectado le hiciera el comentario a la empresa, quizá desconozca que las reformas a la LFT ya estan en vigor y por lo tanto, suponiendo sin conceder, el despido sería injustificado.
Saludos
Supongo que el caso que tu planteas es reciente, por lo que aplica la reforma a LFT publicada el 30 de noviembre de 2012. Ya mistico dio el fundamento legal que el trabajador tendría que hacer valer ante la autoridad correspondiente, aunque tratando de negociar, lo recomendable sería que el afectado le hiciera el comentario a la empresa, quizá desconozca que las reformas a la LFT ya estan en vigor y por lo tanto, suponiendo sin conceder, el despido sería injustificado.
Saludos
¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.
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