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OJO FUMADORES , AL FIN OXIGENO
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18 años 6 meses antes - 18 años 6 meses antes #23596
por c.p. castillo
La mejor manera de vencer a tus competidores es dejando de competir. Haz lo mejor que puedes y deja de preocuparte por el resto.
contadorcastillo.wordpress.com/
OJO FUMADORES , AL FIN OXIGENO Publicado por c.p. castillo
Fue enviada al Ejecutivo federal para su promulgación
México, 26 Feb (Notimex).- El Senado de la República aprobó en lo general y lo particular la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe fumar en lugares cerrados con acceso público y sanciona hasta con 36 horas de arresto a quien viole esa medida. Además, se aplicarán multas de 100 a 10 mil salarios mínimos y el cierre temporal o definitivo de los lugares que violen dicha legislación, sanción que puede llegar hasta 20 mil salarios mínimos, equivalentes a un millón de pesos, en caso de reincidencia. Luego de su aprobación, la también llamada "ley antitabaco" fue enviada al Ejecutivo federal y entrará en vigor en todo el país 90 días después de que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Después de que fue avalada en lo general, los senadores José Luis Lobato, de Convergencia; José Luis Villarreal, del Partido Acción Nacional (PAN); y Francisco Castellón y Tomás Torres, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), reservaron 13 artículos para su discusión en lo particular.
Sin embargo, una a una las propuestas de modificación fueron rechazadas por la mayoría de los legisladores del PRI, PAN, PRD y PVEM, por lo que la ley fue aprobada en lo general y particular sin cambio alguno. La nueva legislación establece espacios ciento por ciento libres de humo de tabaco en áreas físicas públicas, centros de trabajo públicos y privados y universidades o instituciones de educación superior. Dichos lugares deberán contar con zonas exclusivas para fumar al aire libre o en espacios cerrados con mecanismos para evitar el paso del humo.
Además, se colocarán letreros en lugares visibles para informar sobre los espacios libres de humo de tabaco y de las zonas exclusivas para fumar, y se indicarán los números telefónicos para denunciar alguna violación. Con ello, cualquier ciudadano podrá presentar una denuncia si detecta el incumplimiento de la ley, y la autoridad competente deberá salvaguardar la identidad e integridad del denunciante.
La Secretaría de Salud (SSA) tendrá en operación una línea telefónica gratuita para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias. Sigue Aprueba Senado en lo. dos. sugerencias A su vez, los propietarios de los lugares que pretendan contar con zonas exclusivamente para fumar tendrán 180 días después de la publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación, para efectuar las modificaciones pertinentes.
La ley prohíbe toda forma de patrocinio para impulsar la marca de cualquier producto del tabaco o que fomente su compra y consumo.
Establece además que la publicidad y promoción del tabaco sólo podrá aparecer en las revistas para adultos, en comunicaciones personales por correo y establecimientos exclusivos para mayores de edad, como bares, discotecas o centros nocturnos.
También prohíbe distribuir, vender u obsequiar artículos promocionales que muestren el nombre o logotipo de productos del tabaco, como encendedores, llaveros, playeras y gorras, entre otros.
La ley regula también el empaquetado y etiquetado de productos del tabaco, los cuales deberán tener leyendas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos de su consumo
México, 26 Feb (Notimex).- El Senado de la República aprobó en lo general y lo particular la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe fumar en lugares cerrados con acceso público y sanciona hasta con 36 horas de arresto a quien viole esa medida. Además, se aplicarán multas de 100 a 10 mil salarios mínimos y el cierre temporal o definitivo de los lugares que violen dicha legislación, sanción que puede llegar hasta 20 mil salarios mínimos, equivalentes a un millón de pesos, en caso de reincidencia. Luego de su aprobación, la también llamada "ley antitabaco" fue enviada al Ejecutivo federal y entrará en vigor en todo el país 90 días después de que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Después de que fue avalada en lo general, los senadores José Luis Lobato, de Convergencia; José Luis Villarreal, del Partido Acción Nacional (PAN); y Francisco Castellón y Tomás Torres, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), reservaron 13 artículos para su discusión en lo particular.
Sin embargo, una a una las propuestas de modificación fueron rechazadas por la mayoría de los legisladores del PRI, PAN, PRD y PVEM, por lo que la ley fue aprobada en lo general y particular sin cambio alguno. La nueva legislación establece espacios ciento por ciento libres de humo de tabaco en áreas físicas públicas, centros de trabajo públicos y privados y universidades o instituciones de educación superior. Dichos lugares deberán contar con zonas exclusivas para fumar al aire libre o en espacios cerrados con mecanismos para evitar el paso del humo.
Además, se colocarán letreros en lugares visibles para informar sobre los espacios libres de humo de tabaco y de las zonas exclusivas para fumar, y se indicarán los números telefónicos para denunciar alguna violación. Con ello, cualquier ciudadano podrá presentar una denuncia si detecta el incumplimiento de la ley, y la autoridad competente deberá salvaguardar la identidad e integridad del denunciante.
La Secretaría de Salud (SSA) tendrá en operación una línea telefónica gratuita para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias. Sigue Aprueba Senado en lo. dos. sugerencias A su vez, los propietarios de los lugares que pretendan contar con zonas exclusivamente para fumar tendrán 180 días después de la publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación, para efectuar las modificaciones pertinentes.
La ley prohíbe toda forma de patrocinio para impulsar la marca de cualquier producto del tabaco o que fomente su compra y consumo.
Establece además que la publicidad y promoción del tabaco sólo podrá aparecer en las revistas para adultos, en comunicaciones personales por correo y establecimientos exclusivos para mayores de edad, como bares, discotecas o centros nocturnos.
También prohíbe distribuir, vender u obsequiar artículos promocionales que muestren el nombre o logotipo de productos del tabaco, como encendedores, llaveros, playeras y gorras, entre otros.
La ley regula también el empaquetado y etiquetado de productos del tabaco, los cuales deberán tener leyendas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos de su consumo
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Última Edición: 18 años 6 meses antes por c.p. castillo.
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- jamendoz
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18 años 6 meses antes #23617
por jamendoz
saludos
cp jose antonio mendoza p
Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: OJO FUMADORES , AL FIN OXIGENO
no fumo, pero siento que es demasiado radical y sin respetar los derechos de los fumadores, es como estigamtizarlos y segregarlos.
saludos
cp jose antonio mendoza p
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