Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Embargo o cárcel a los incumplidos fiscales

Más
17 años 2 meses antes #48473 por c.p. castillo
24-Junio-2009
Embargo o cárcel a los incumplidos fiscales

Engge Chavarría

Cuando un contribuyente no atiende avisos, multas, recargos y quejas por parte de la autoridad fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede aplicar como última instancia el embargo y, en su caso, el encarcelamiento del evasor fiscal, aseguraron especialistas.

Eduardo Méndez, miembro del Enlace Legislativo de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, explicó que la autoridad fiscal tiene la facultad de ir por la vía penal o por la administrativa.

En caso de no atender los requerimientos, no es de extrañar que la persona vaya a la cárcel o pierda sus bienes, agregó.

Comentó que la evasión de impuestos es considerada como un delito grave, incluso similar al de narcotráfico, la ley marca que toda persona que reciba ingresos deberá aportar una proporción al erario. El experto dijo que inicialmente, el SAT realiza una investigación al evasor o al que no está cumpliendo con todas sus obligaciones, y al tener los resultados de esa pesquisa le envía un requerimiento y le exige que haga la declaración correspondiente.

Al contribuyente se le ubica en su domicilio, se registran sus depósitos bancarios y, en caso de no atender ningún llamado de la autoridad hacendaria, se procede a congelar sus cuentas en el sistema financiero.

Asimismo, se inicia una averiguación previa y se entrega el expediente a la Procuraduría Fiscal de la Federación, la cual también lo turna a la Procuraduría General de la República (PGR).

Carlos Cárdenas, vicepresidente del Comité Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, dijo que las acciones del SAT son por ahora invitar a que el contribuyente se ponga al corriente.

Ante el escenario de una baja recaudación, proceder en contra de los infractores es su mejor herramienta, agregó.
Cuando un contribuyente no atiende avisos, multas, recargos y quejas por parte de la autoridad fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede aplicar como última instancia el embargo y, en su caso, el encarcelamiento del evasor fiscal, aseguraron especialistas.

Eduardo Méndez, miembro del Enlace Legislativo de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, explicó que la autoridad fiscal tiene la facultad de ir por la vía penal o por la administrativa.

En caso de no atender los requerimientos, no es de extrañar que la persona vaya a la cárcel o pierda sus bienes, agregó.

Comentó que la evasión de impuestos es considerada como un delito grave, incluso similar al de narcotráfico, la ley marca que toda persona que reciba ingresos deberá aportar una proporción al erario. El experto dijo que inicialmente, el SAT realiza una investigación al evasor o al que no está cumpliendo con todas sus obligaciones, y al tener los resultados de esa pesquisa le envía un requerimiento y le exige que haga la declaración correspondiente.

Al contribuyente se le ubica en su domicilio, se registran sus depósitos bancarios y, en caso de no atender ningún llamado de la autoridad hacendaria, se procede a congelar sus cuentas en el sistema financiero.

Asimismo, se inicia una averiguación previa y se entrega el expediente a la Procuraduría Fiscal de la Federación, la cual también lo turna a la Procuraduría General de la República (PGR).

Carlos Cárdenas, vicepresidente del Comité Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, dijo que las acciones del SAT son por ahora invitar a que el contribuyente se ponga al corriente.

Ante el escenario de una baja recaudación, proceder en contra de los infractores es su mejor herramienta, agregó.
Cuando un contribuyente no atiende avisos, multas, recargos y quejas por parte de la autoridad fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede aplicar como última instancia el embargo y, en su caso, el encarcelamiento del evasor fiscal, aseguraron especialistas.

Eduardo Méndez, miembro del Enlace Legislativo de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, explicó que la autoridad fiscal tiene la facultad de ir por la vía penal o por la administrativa.

En caso de no atender los requerimientos, no es de extrañar que la persona vaya a la cárcel o pierda sus bienes, agregó.

Comentó que la evasión de impuestos es considerada como un delito grave, incluso similar al de narcotráfico, la ley marca que toda persona que reciba ingresos deberá aportar una proporción al erario. El experto dijo que inicialmente, el SAT realiza una investigación al evasor o al que no está cumpliendo con todas sus obligaciones, y al tener los resultados de esa pesquisa le envía un requerimiento y le exige que haga la declaración correspondiente.

Al contribuyente se le ubica en su domicilio, se registran sus depósitos bancarios y, en caso de no atender ningún llamado de la autoridad hacendaria, se procede a congelar sus cuentas en el sistema financiero.

Asimismo, se inicia una averiguación previa y se entrega el expediente a la Procuraduría Fiscal de la Federación, la cual también lo turna a la Procuraduría General de la República (PGR).

Carlos Cárdenas, vicepresidente del Comité Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, dijo que las acciones del SAT son por ahora invitar a que el contribuyente se ponga al corriente.

Ante el escenario de una baja recaudación, proceder en contra de los infractores es su mejor herramienta, agregó.

La mejor manera de vencer a tus competidores es dejando de competir. Haz lo mejor que puedes y deja de preocuparte por el resto.

contadorcastillo.wordpress.com/

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Moderadores: c.p. castillo
Tiempo de carga de la página: 0.212 segundos
Gracias a Foro Kunena