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LA INDEMNIZACIÓN LABORAL

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16 años 11 meses antes #52439 por pepesoto
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: LA INDEMNIZACIÓN LABORAL
:dry: Hola. Por la forma en que se maneja el post inicial, se da a entender que esos 20 dias proceden y no logro ubicar en qué momento proceden. Si me ayudan...

El Lic.

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El tema ha sido cerrado.
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16 años 11 meses antes #52542 por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Re: LA INDEMNIZACIÓN LABORAL
pepesoto escribió:

:dry: Hola. Por la forma en que se maneja el post inicial, se da a entender que esos 20 dias proceden y no logro ubicar en qué momento proceden. Si me ayudan...

El Lic.

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LA CAVERNARIA EN JAULA (Para que no se me escape ninguno)

Licenciado no me diga usted eso se lo suplico, por favor es bien sabido que con todo respeto usted es una chucha cuerera, se la sabe de todas en lo Laboral, y de Seguridad Social.

El tema desde el POST INICIAL como usted lo llama, esta lleno de DESCONOCIMIENTO DEL TEMA LABORAL, solo por señalar algunas irregularidades le comento lo que escribieron las personas que detallo al calce, y dígame sinceramente si tengo razón o estoy equivocado, por favor como usted dice.

ALBERTO_2008

Sin duda con las mejores intenciones del mundo, invita a leer una liga con un artículo incompleto, y plagado de desaciertos, lo cual es indicativo de que ni el que sugiere ni el que escribe son estudiosos del tema.

Hugo cejo.

Escribe que la Reinstalación queda a juicio del patrón, porque LA LEY NO DICE QUE EN CASO DE REINSTALACION DEBE HACERSE EN EL MISMO PUESTO, por supuesto este error igualmente nos muestra un conocimiento nulo del tema, curioso, curioso eso si jamás ha dicho USTEDES DISCULPEN ME EQUIVOQUE de risa para muchos que ya lo conocen

ALBERT

Escribió su CONCLUSION LLENA DE CONTRADICCIONES, creo que ni el mismo sabe lo que quiso decir, mira que meterse según el hasta lo financiero, por favor, piedad, piedad la única conclusión con la que me quede es que CANTINFLAS Y LA CHILINDRINA son sus grandes maestros.

LIC. SOTO

Escribe que no sabe en que momento proceden el pago de los 20 días, mi estimadon aquí estamos a TRES supuestos, en primer lugar a EL TIPO DE CONTRATO , en segundo lugar A la decisión del ACTOR en la presentación de la demanda, y a la decisión del PATRON PREVENTIVAMENTE a un juicio por despido injustificado en su contra.

Por favor lea usted mi respuesta y su duda, torito u lo que sea quedara aclarada, creo que mejor me regreso con usted, así que lo espero. Vamos a llegar con la cabellera del NEGRO CASAS que se la prometí a mi gente.
El tema ha sido cerrado.
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16 años 11 meses antes #52547 por pepesoto
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: LA INDEMNIZACIÓN LABORAL
:laugh: :laugh: .... Hola Mistico... mi bola dormilona iba dirigida al posteador original... O hablando en términos de pancracio, aflojé la guardia para que en cuanto quisiera darme tope de caballo ese forista, pudiera yo elegantemente darle un capotazo... pero no me dejó Usted mi estimado Amigo... De todas formas, ya hicimos equipo para darle toque de espaldas a la cuenta de 1... 2.... 3...!!

Saúdos,
El Lic.

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16 años 11 meses antes #52552 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: LA INDEMNIZACIÓN LABORAL
color=#0000FF]ALBERT

Escribió su CONCLUSION LLENA DE CONTRADICCIONES...[/color]

Al respecto, solo puntualizar lo siguiente:

1.- Te pido por favor menciones de manera clara, expresa y concisa, cada una de mis "contradicciones", así como las causas, razones y demás consideraciones que hayas tomado en cuenta para hacer tu afirmación...

2.- Si estamos hablando de pagos estamos hablando de dinero, según yo, de no ser así ten la amabilidad de corregir esta contradicción mia...

3.- Luego entonces si estamos hablando de una salida de dinero, financieramente estamos hablando de un egreso de recursos, de no ser así, corrige esta otra contradicción mia...

4.- Por regla general, o por lo menos por aca, las empresas se crean con legitimo afan de lucro, es decir de ganar no de perder...

Por ello, si pagas algo que no debes, en una cuantía mayor, o algo a que no te encuentras obligado, es más que obvio que financieramente estas perdiendo; pues estas teniendo salidas de dinero injustificadas o que en estricto sentido no deberías tener...

Financieramente esto es una perdida, o cómo llamarías a eso, te pido la corrección pertinente...

5.- Toda decisión en las empresas, sean de índole contable, fiscal, laboral y de seguridad social, todas absolutamente todas tienen repercusiones financieras, por ello la importancia de pagar solo lo justo, ni más ni menos. Es mi opinión, salvo que tengas a bien corregir esta contradicción mia...

6.- Como verás, no es tan según lo financiero, o sí?, de ser a, ten la gentileza de corregirme...

PD: Respecto a que tu conclusión es que CANTINFLAS Y LA CHILINDRINA son grandes maestros, respeto tu forma de pensar, dicho de otra forma, sin comentarios...

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El tema ha sido cerrado.
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16 años 11 meses antes #52558 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: LA INDEMNIZACIÓN LABORAL
MISTICO escribió:

Hugo cejo.

Escribe que la Reinstalación queda a juicio del patrón, porque LA LEY NO DICE QUE EN CASO DE REINSTALACION DEBE HACERSE EN EL MISMO PUESTO, por supuesto este error igualmente nos muestra un conocimiento nulo del tema, curioso, curioso eso si jamás ha dicho USTEDES DISCULPEN ME EQUIVOQUE de risa para muchos que ya lo conocen


La Horqueta Azteca

1-. Mi nombre no es hugo cejo..es Hugo Ocejo...

2-. Lease bien," LA LEY NO DICE QUE EN CASO DE REINSTALACION DEBE HACERSE EN EL MISMO PUESTO"....claro que no, una, porque la ley no obliga al patron a que por si mismo diga en que puesto deba estar el trabajador, SINO PORQUE EL TRABAJADOR ES QUIEN DEBE DE ELEGIR....

3-. y ya cuando el trabajador acepta la reinstalacion en su mismo puesto.....esto NO LO EXIME A QUE EL PATRON PUEDA AGREGARLE MAS CARGA DE TRABAJO POR REALIZAR TRABAJOS QUE ANTERIORMENTE NO DESEMPEÑABA....solo que usted solo vio una situacion y son mas....

4-. Conste, ya van 2-0 y sigue "sin ver" realmente el alcance de un ente..........tal como se lo demostre en otro topico....raro no?


saludos
El tema ha sido cerrado.
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16 años 11 meses antes #52561 por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Re: LA INDEMNIZACIÓN LABORAL
CPHugoocejo escribió:

MISTICO escribió:

Hugo cejo.

Escribe que la Reinstalación queda a juicio del patrón, porque LA LEY NO DICE QUE EN CASO DE REINSTALACION DEBE HACERSE EN EL MISMO PUESTO, por supuesto este error igualmente nos muestra un conocimiento nulo del tema, curioso, curioso eso si jamás ha dicho USTEDES DISCULPEN ME EQUIVOQUE de risa para muchos que ya lo conocen


La Horqueta Azteca

1-. Mi nombre no es hugo cejo..es Hugo Ocejo...

2-. Lease bien," LA LEY NO DICE QUE EN CASO DE REINSTALACION DEBE HACERSE EN EL MISMO PUESTO"....claro que no, una, porque la ley no obliga al patron a que por si mismo diga en que puesto deba estar el trabajador, SINO PORQUE EL TRABAJADOR ES QUIEN DEBE DE ELEGIR....

3-. y ya cuando el trabajador acepta la reinstalacion en su mismo puesto.....esto NO LO EXIME A QUE EL PATRON PUEDA AGREGARLE MAS CARGA DE TRABAJO POR REALIZAR TRABAJOS QUE ANTERIORMENTE NO DESEMPEÑABA....solo que usted solo vio una situacion y son mas....

4-. Conste, ya van 2-0 y sigue "sin ver" realmente el alcance de un ente..........tal como se lo demostre en otro topico....raro no?


saludos


Que los demas foristas jusguen con lo que han leido, desde su primer mensaje esta usted mal, pero en esta esta peor, ahora me imita hasta en las llaves ja ja ja
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