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Otorga Juez amparo contra reformas a Impac

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19 años 3 meses antes #9288 por Marhiogym
Ya salio el primero :shock:


Otorga Juez amparo contra reformas a Impac

Por

Alicia Díaz

Por considerar que la reforma a la Ley del Impuesto al Activo (Impac) que prohibe deducir las deudas contratadas para calcular este gravamen, el Juzgado Octavo de Distrito en Naucalpan otorgó un amparo a la empresa Oxal en contra de las reformas efectuadas y que entraron en vigor en 2007.

Carlos Saucedo Lugo, abogado fiscalista del despacho Ojeda y Vega, explicó que el juez consideró que la reforma viola el principio de proporcionalidad en materia tributaria previsto en la Constitución, ya que desde su creación en 1989 en su exposición de motivos quedó claro que la base gravable de este impuesto son los activos netos.

"Es decir, la base sobre la cual se deberá efectuar el cálculo del impuesto se refiere al activo neto, el cual necesariamente incluye la deducción de las deudas contratadas, pues a consideración del Juez de Distrito, sólo de esta manera se puede obtener el factor que determina la real capacidad contributiva de las empresas, pues las pérdidas o deudas son un factor que inciden directamente en la base del impuesto".

Saucedo Lugo aclaró que esta sentencia no es definitiva, pues las autoridades fiscales cuentan con la facultad de acudir en revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual será la que confirme la inconstitucionalidad de las reformas o revoque la sentencia emitida por el Juez de Distrito.

"La resolución que emita la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá conformar jurisprudencia, que será aplicable por los demás Tribunales Federales del País, para resolver los demás juicios de amparos pendientes, en la forma en que determine la propia Corte".

Explicó que la Corte refiere que ante la imposibilidad de poder deducir las deudas contratadas, directamente influye en un menoscabo patrimonial para las empresas, pues se les obliga a tributar sobre una base ficticia que no guarda relación con su real capacidad para contribuir a los gastos públicos.

Consideró que en esta sentencia el Juez ejemplifica el caso de una empresa que cuenta con activos de 500 mil pesos y deudas por 100 mil, la base para calcular el impuesto antes de la reforma era la cantidad de 400 mil pesos.

Pero con la derogación del artículo 5 de la ley del Impac, expuso, las empresas están obligadas a calcular la base del impuesto sobre 500 mil pesos, es decir, sin deducción alguna.





Impone SAT licitación



El SAT decidió aplicar el borrón y cuenta nueva en el proceso para licitar la operación de la devolución del IVA a los turistas extranjeros.

El SAT lanzó una nueva convocatoria pública internacional para otorgar el título de concesión a las empresas interesadas en operar la devolución del IVA a turistas extranjeros y contempla dar respuesta a los interesados 30 días hábiles después de recibir la solicitud.



Con información de Mario López

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19 años 3 meses antes #9290 por sosgtorreon
Celebro el amparo... lo que me preocupa es pensar; ¿de donde va a sacar la autoridad el dinero que pensaba obtener del IMPAC?

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19 años 3 meses antes #9312 por Daniel_Gtz

....; ¿de donde va a sacar la autoridad el dinero que pensaba obtener del IMPAC?


Ups..

ya me pusiste a pensar por mi devolucion de Impuestos....

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19 años 3 meses antes #9338 por Robcast
Respuesta de Robcast sobre el tema De nosotros

Celebro el amparo... lo que me preocupa es pensar; ¿de donde va a sacar la autoridad el dinero que pensaba obtener del IMPAC?


De nosotros mi buen SOS. El SAT va sobre las personas fisicas. Asi lo han anunciado desde el inicio del sexenio, y muchas de las acciones que se estan emprendiendo confirman esta hipotesis.

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19 años 3 meses antes #9354 por mozart
Gracias por el informe Marhio.....

antes comentamos que posibilidad habia sobre la promocion de estos amparos...... y lo bueno es saber, que VAMOS en buen camino.....


Saludos :lol:

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19 años 3 meses antes #9360 por jjfarias
A esperar las demas resoluciones, es solo una resolución de carácter definitivo con principio de relatividad es decir que solo beneficia a aquellos que se inconforman.

Por otro lado habria de esperar mas resoluciones en ese sentido para que puedan formar jurisprudencia.

SALUDOS Y GRACIAS MARIO

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