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    RETENCION DE IVA

    13 Nov 2006 01:39 #296 por Toñita

    HOALA COMO ESTAN

    ALGUIEN SABE CUANDO TENGO QUE ACREDITAR EL IVA QUE ME RETIENEN A MI COMO PERSONA FISICA, CUANDO SE FACTURA O CUANDO SE ME PAGA.
    GRACIAS


    La retención se realizará en el momento en que se pague el precio o la contraprestación, siguiendo con la mecánica con base en flujo de efectivo, y la retención se realizará por el monto efectivamente pagado.

    Se consideran efectivamente pagados en la fecha de cobro de los mismos, o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.
    Artículo 1-B, segundo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

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    13 Nov 2006 15:55 #299 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re: RETENCION DE IVA
    Buenos dias te comento :

    regla 5.1.1.

    dispone que las PM, asi como la federacion y sus organismos descentralizados, efectuaran la retencion de dos terceras partes del impuesto que se les traslade y que LAS PERSONAS FISICAS A LAS CUALES SE LE HIZO LA RETENCION PODRAN ACREDITARLA.......

    Para poder acreditar un Iva respecto del cual exite una retencion al requisito es haber enterado esa retencion......... y solamente se limitara el acreditamiento en la parte que es igual a la retencion......

    saludos... :lol:

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    13 Nov 2006 16:09 #305 por oisc
    Respuesta de oisc sobre el tema Re: RETENCION DE IVA

    ALGUIEN SABE CUANDO TENGO QUE ACREDITAR EL IVA QUE ME RETIENEN A MI COMO PERSONA FISICA, CUANDO SE FACTURA O CUANDO SE ME PAGA.
    GRACIAS


    Buenos días.

    Si es persona física, el art. 17o de la LIVA te dice que el momento en que se tendra la obligación de pagar el impuesto es cuando se cobren efectivamente las contraprestaciones y obviamente es el mismo momento en que debes efectuar el acreditamiento de la retención que te estan haciendo de acuerdo a lo que establece el art. 5o.-D de la LIVA.

    ¡Saludos!

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