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    DEVOLUCION o COMPENSAR

    07 Sep 2008 18:41 #33515 por Maria G
    Buen Dia Compañeros... Son muchitas preguntas...
    Espero sus afectuosos comentarios, valiosas opiniones y fundamentos...

    Hace unos dias me llego un caso de PF Arrendamientos que factura a PM... No ha presentado declaraciones desde 2005... Le elabore unas estimaciones de impuestos y se quedo en veremos... No le han llegado requerimientos, ni avisos, etc... Sucede que sus facturas estan por terminarse y ya se dio cuenta que el impresor no va a poder tener acceso para obtener numero de autorizacion... Adelantandome a lo que veo venir me surge las siguientes dudas:

    A) El contribuyente trae un saldo a favor del 2004 y en la anual se declaro "compensacion"... Del 2005 al 2007 le sigue saliendo Saldo a Favor de ISR dbido a las Retenciones del 10%... Es hasta el 2008 cuando ya le sale a pagar debido a que desaparecio el subsidio...

    1.- Se puede ir compensando el ISR a favor contra el IVA mensual del 2005/2007?

    2.- De no compensaar Podre pedir devolucion de años anteriores? Se vale actualizar el saldo a favor?

    3.- De seguir declarando "compensacion" Podre compensar en el 2008 contra IETU?

    La idea es tener tods las declaraciones mensuales y anuales 2005/2008 listas para presentarlas en cuanto se obtenga otra vez la ahora llamada CIEC Fortalecida (actualizacion) debido a que actualmente y desde hace mas de un año no se tiene acceso a la pagina web SAT

    4.- Presentar todas las declaraciones de un solo golpe sera recomendable, o sera preferible acogese a uno de esos programas de parcialidades donde te dan descuentos en recargos?

    Gracias por su valioso tiempo
    Feliz Fin de Semana

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    08 Sep 2008 14:08 #33524 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: DEVOLUCION o COMPENSAR
    Antes que nada, !bien llegada a esta tu casa!

    Puede compensar el saldo a favor de 2004 contra pagos de IVA de 2005, presentar anual de 2005 elegir compensar y aplicar contra pagos de IVA 2006, asi sucesivamente... Me imagino es en IVA donde vas a requerir la compensacion por que asumo estas aplicando la deduccion ciega y no hay comprobantes para disminuir el pago de IVA (diferencial entre trasladado y retenido).

    De contar con algun excedente o remanente de esos saldos bien puedes aplicarlo contra IETU via compensacion.

    La actualizacion de los saldos va a depender de la fecha de presentacion de las anuales, si damos por descontado que no han sido presentadas no habra actualizacion.

    En lo personal no recomiendo los convenios o solicitudes de pagos a plazos, pero eso por lo regular se defiene en funcion del monto y economia del contribuyente, por lo que les toca a ti y al contribuyente decidir en consecuencia.

    Esperemos lo comentado sea de utilidad.

    Saludos.



    sos al sos .

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    08 Sep 2008 21:17 #33559 por Maria G
    Respuesta de Maria G sobre el tema Re: DEVOLUCION o COMPENSAR
    Muchas Gracias sosgtorreon... Sus comentarios me fueron de mucha utilidad!

    Si no fuera molestia, me podria proporcionar el formato de aviso de compensacion y una explicacion a groso modo de los pasos a seguir, sucede que es mi primera experiencia en esto de compensar...

    ... Debo presentar un aviso por cada mes a compensar?
    ... A la hora de pompensar Debo trabajar con numeros ya actualizados,
    tanto de saldo a favor como de impuestos a compensar?
    ... Supongo que los recargos NO se tocan, se Pagan...
    ... En las declaraciones anuales Debo manifestar/incertar el saldo a favor de ISR ya actualizado?
    ... La mecanica de actualizacion Es la misma que utilizamos cotidianamente para actualizar impuestos?

    Una vez mas, gracias por su tiempo
    Que tenga un bonito dia

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    08 Sep 2008 22:38 #33566 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: DEVOLUCION o COMPENSAR
    El formato en cuestion lo puedes ubicar en la seccion de descargas de esta misma pagina, incluso puedes descargar el formato rellenable en pdf o la version que se tiene en excel. Al leer este mensaje si observas la prte izquierda del monitor, debajo del calendario podras ver un apartado que se identifica como ULTIMAS DESCARGAS, hay puedes hacer click al formato 41 y bajarlo.

    Si es la primer ocasion en que vas a realizar compensaciones sugiero des lectura al 23 de CFF y el 9 de RCFF.

    Tus dudas de negro, mis comentarios en verde;

    ... Debo presentar un aviso por cada mes a compensar?

    Sip, en algunos casos sera remanente lo que vayas compensando, pero si, es un aviso por compensacion, para ir generando ese remanente del que hablo.

    ... A la hora de pompensar Debo trabajar con numeros ya actualizados, tanto de saldo a favor como de impuestos a compensar?

    Esto lo vas a concluir despues de revisar el 23 de CFF y el 9 de RCFF, que en caso de tener dudas con gusto abundamos en el comentario.

    ... Supongo que los recargos NO se tocan, se Pagan...

    Debes partir de que el fisco tiene por generado el saldo a favor cuando este se manifiesta en una declaracion, como ustedes no lo han manifestado, los recargos y actualizacion van a proceder.

    ... En las declaraciones anuales Debo manifestar/incertar el saldo a favor de ISR ya actualizado?

    Nop, el saldo que se determina en la anual es el historico, no lleva actualizacion. De hecho como he venido comentando, dudo vayan a tener actualizacion del saldo, ya que la fecha de aplicacion va a ser practicamente la misma que la fecha de generacion.

    ... La mecanica de actualizacion Es la misma que utilizamos cotidianamente para actualizar impuestos?

    ¿para el saldo a favor?, una vez mas, lo podras concluir por ti misma al dar lectura al 23 de CFF.

    Nada que agradecer, todo lo contraio, se te agradece a ti por la distincion de compartirnos tus dudas e inquietudes.

    Saludos.



    sos al sos .

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