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    ¿complementaria DIM......presentar todos los anexo

    21 Feb 2009 18:27 #41835 por bandido
    leyendo el comunicado del sat del dia 12 de febrero, encuentro que mencionan que si se envia complementaria del DIM debe de enviarse la declaración COMPLETA, incluyendo los anexos correctos....... yo anteriormente presentaba solo la incorrecta.......ya me preocué., ¿alguien así también la presentaba? ¿o estoy mal intepretando esas letras?, ¿tienen a la mano el fundamento?

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    21 Feb 2009 18:59 #41843 por CPHugoocejo
    bandido escribió:

    leyendo el comunicado del sat del dia 12 de febrero, encuentro que mencionan que si se envia complementaria del DIM debe de enviarse la declaración COMPLETA, incluyendo los anexos correctos....... yo anteriormente presentaba solo la incorrecta.......ya me preocué., ¿alguien así también la presentaba? ¿o estoy mal intepretando esas letras?, ¿tienen a la mano el fundamento?


    regla II.2.18.1 DOF 20-05-08

    saludos

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    21 Feb 2009 20:02 #41844 por martin_cosme
    que tal bandido, en la DIM se pueden presentan 9 declaraciones.

    El SAT se refiere como completa no a las 9 declaraciones sino a la declaracion que vas a corregir, por ejemplo si en la declaracion de salarios de faltaron datos y como consecuencia envias complementaria, entonces tienes que enviar solo esta declaracion completa, y no todas las 9 declaraciones.

    Saludos.

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    23 Feb 2009 00:37 #41855 por LOBOZAC
    pues si........esto dice


    Declaraciones complementarias

    Evite errores en su presentación, considere lo siguiente:

    Debe enviarse solamente una declaración normal por contribuyente.

    Cuando se presente una declaración, ésta debe contener la totalidad de la información que corresponda al contribuyente.

    Cuando la declaración no contenga la totalidad de la información del contribuyente o exhiba errores puede presentarse declaración complementaria para corregirla.

    Cuando deba presentarse una declaración complementaria:


    La información que contenga reemplaza la totalidad de la información enviada con anterioridad.
    En todos los casos debe incluir la totalidad de la información que corresponda al contribuyente; por ello, evite efectuar envíos de información parcial, por regiones o incompleta.
    Pueden presentarse hasta tres declaraciones complementarias por contribuyente como máximo.
    La inobservancia de estas consideraciones le ocasiona entre otros inconvenientes:

    El envío de requerimientos por parte de la autoridad.
    La imposición de las sanciones consideradas en las disposiciones fiscales.
    Efectuar nuevamente la captura y envío de la información.
    Anexo 1 del DIM

    Además de los inconvenientes anteriores, cuando haga el envío erróneo o con información incompleta de los temas que refiere el anexo 1 del DIM (sueldos y salarios pagados, conceptos asimilados y subsidio para el empleo) ocasiona:

    Rechazos o retrasos a sus trabajadores en la recuperación de las cantidades a favor que les puedan corresponder, derivadas de la presentación de sus declaraciones anuales.
    La no deducibilidad de su nómina (art. 31 fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y disposiciones que regulan el subsidio para el empleo).



    Última actualización: 12/febrero/2009, 11:34, información vigente


    mandala de nuevo, ....por "tercera" vez.........

    saludos

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    23 Feb 2009 00:41 #41856 por LOBOZAC
    pero no te preocupes tanto........


    InicioInformación FiscalDeclaraciones Informativas
    Notas aclaratorias generales

    Las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio de 2008 que deban efectuarse a través de la Declaración Informativa Múltiple (DIM) y sus anexos, se realizarán de la siguiente forma:

    Vía Internet: En el caso de que hayan sido capturados hasta 500 anexos (registros), el archivo con la información se presentará vía Internet, a través de este portal en la dirección electrónica www.sat.gob.mx seleccionando la opción Presentación de la Declaración Informativa Múltiple). El SAT enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho Órgano


    Medios magnéticos: En el caso de que por la totalidad de los anexos hayan sido capturados más de 500 registros, la información se deberá presentar a través de medios magnéticos, ya sea en disco(s) flexible(s) de 3.5”, en disco compacto (CD) o en cinta de almacenamiento de datos (DAT). En este caso, el contribuyente deberá presentar los medios magnéticos ante las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente (ALSC), atendiendo adicionalmente a lo dispuesto en el Anexo 1, rubro C, numeral 8, inciso b) de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2008”

    Dichos medios deberán llevar adheridas etiquetas que contengan al menos los siguientes datos: RFC del contribuyente; nombre, denominación o razón social; declaraciones que incluye; número de discos que presenta; periodo que comprende la información y fecha de entrega.
    Fundamento legal:
    Regla II.2.18.1 Fracciones I, II, III y IV, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2008; y Anexo 1, rubro C, numeral 8, incisos b) de la citada Resolución publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo del 2008.



    Aspectos relevantes para trabajar DIM

    Los contribuyentes que utilicen el DIM deben:

    Obtener el programa DIM 2009 del portal de Internet o solicitarlo en medios magnéticos en las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente, e instalarlo en su equipo de cómputo.
    Capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos que correspondan de acuerdo con las obligaciones fiscales a que estén sujetos.
    Generar el archivo.
    Enviar vía Internet la información.

    Es importante resaltar que se podrán presentar en forma independiente cada uno de los anexos contenidos en el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple, según estén obligados, conforme a la fecha en que legalmente deben cumplir con dicha obligación, acompañando siempre al anexo que corresponda, la información relativa a los datos generales del declarante y el resumen global sólo del anexo que se presenta.

    Por lo anterior se enlistan a continuaciones las obligaciones más comunes a enterar en la declaración Informativa:


    Última actualización: 23/enero/2009, 11:26, información vigente.


    saludos

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    01 May 2010 11:41 #60454 por joluc
    sobre este tema checando la pagina del sat, menciona lo siguiente: (como habia dicho LOBOZAC)

    Aspectos relevantes para trabajar DIM

    Los contribuyentes que utilicen el DIM deben:

    1. ...
    2....
    3. Generar el archivo.
    4. Enviar vía Internet la información.

    Es importante resaltar que se podrán presentar en forma independiente cada uno de los anexos contenidos en el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple, según estén obligados, conforme a la fecha en que legalmente deben cumplir con dicha obligación, acompañando siempre al anexo que corresponda, la información relativa a los datos generales del declarante y el resumen global sólo del anexo que se presenta.

    Por lo anterior se enlistan a continuaciones las obligaciones más comunes a enterar en la declaración Informativa:

    Última actualización: 23/enero/2009, 11:26, información vigente

    entonces sigue vigente?? jejee
    solo mandare entonces el anexo que esta incorrecto....

    “Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
    bello y maravilloso mundo del saber”

    Albert Einstein

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