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    Correccion de declaraciones con compensacion

    22 Ago 2012 19:57 #83255 por Robmo
    Estoy atendiendo un requerimiento de Auditoria Fiscal, por haber diferencias en la actualizacion y recargos de declaraciones del ej. 2007. Estas declaraciones se presentaron en tiempo pero en abril del 2008 presentaron complementarias. Hicieron un relajo. Presentaron compensaciones de saldos a favor del ejercicio 2006, declarados mediante comlementarias presentadas en los ejercios 2007 y 2008.

    Al final me solicitan (a la persona moral) que presente un analisis de como se determino el IVA de cada mes. Para esto solicito la declaracion informativa anual para poder cotejar con las balanzas finales que se tienen y encuantro algunas diferencias por pagar. Así mismo reviso los pagos complementarios que presentaron y efectivamente si hay diferencias en la actualizacion porque no tomaron en cuenta la fecha en que declararon el saldo a favor.

    Ahora bien, mis dudas en las que estoy hecho bolas son: 1 ¿Como debo corregir la situacion? ¿presento complementaria actualizando en su totalidad el saldo inicial a cargo y le acredito el saldo compensado? si es así 2 ¿debo presentar nuevamente aviso de compensacion o con mi aviso aceptado inicialmente es suficiente? Si presento Aviso de Compensacion nuevamente pienso que ya no puedo compensar porque por las fechas en que se declarararon ya son más de cinco años. 3. ¿Pago unicamente la diferencia de la actualizacion (actualizada) y tomo el aviso de compensacion que se presento como cantidad efectivamente pagada?.

    Es un lio y no encuentro la salida. Ojala y pudieran orientarme un poco que hacer y como hacerlo. Se los agradezco por siempre.

    Atte. Roberto Montes.

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    22 Ago 2012 20:54 #83256 por puma1
    Que tal Robmo, veo que eres casi de recién ingreso, así que te doy la bienvenida a este gran portal de contadores y asesores fiscales.

    Como tú mismo comentas, ya revisaste la determinación de los pagos definitivos mensuales de IVA pertenecientes al ejercicio 2007, mismos que, según entiendo, fueron modificados con sendas declaraciones complementarias en abril de 2008, pagando ciertas cantidades con actualización y regargos, e inclusive echaron mano de saldos a favor de algunos meses de los ejercicios 2007 y 2008, presentando también los avisos de compensación correspondientes.

    Si lo ves detenidamente (y no es albur :laugh: ), todavía no pasan los míticos cinco años para que se extingan las facultades del SAT, si es que a eso te referias; tanto es así, que por eso los audifas fiscales están revisando los recargos y actualización.

    Veo que tienes ya las respuestas, pero sólo te falta un poco de orden:

    1.- Determina el monto correcto del IVA a cargo, histórico.
    2.- Compara ( 1 ) con el monto declarado, también histórico, ya sea en la normal o complementaria.
    3.- Es decir, para efectos de la comparación, no tomes en cuenta los recargos y actualización pagados en ( 2 ).
    4.- Si resulta que ( 1 ) es mayor que ( 2 ), tienes una diferencia pendiente de pago.
    5.- Ahora sí, recalcula la actualización y los recargos del IVA declarado en ( 2 ).
    6.- Si lo recalculado en ( 5 ) es menor a lo que debió pagarse (de seguro es así, y por eso el SAT está revisando), también deberás pagar dichas diferencias en actualizac y en recargos.
    7.- Por último calcula la actualizac y los recargos de la diferencia encontrada en ( 4 ).
    8.- La suma de lo recalculado en 6 con lo calculado en 7 serán los nuevos y correctos recargos y actualización.

    Es cuestión de que hagas números reales y los compartas, pa´ analizarlos todos aquí.

    Por cierto, busca con el buscador interno y encontrarás varios temas similares. ;)

    Familia y Conocimiento.

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    22 Ago 2012 20:58 #83257 por puma1
    ¡Ah! y se me olvidaba también comentarte de que deberás de presentar nuevos avisos de compensación, complementarios, ya que los supuestos jurídicos también serán actualizados, ni modos... :dry:

    Familia y Conocimiento.

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    23 Ago 2012 09:48 #83260 por Robmo
    Hola, muchas gracias Puma 1, por la orientacion.

    Bien, hice la comparacion de los saldos y de las actualizaciones que debieron ser a la fecha de la ultima complementaria, al 3 de abril del 2008, y existe una diferencia minima ($657) de actualizacion y por otro lado pagaron de más en recargos. Esta declaracion corresponde al mes de marzo 2007. Hasta aqui todo estaba bien, (pensamos pago esa diferencia actualizada mas sus recargos y ya), pero no. Si bien entiendo Tengo que actualizar mi impuesto original a la fecha actual, y descontarle en su caso, el saldo a favor que se compenso así mismo descontarle los pagos que se hicieron (hubo dos pagos por $2,744). Aqui es donde se me encuentro en problemas. Primero los saldos que compensaron son del ejercicio 2006 manifestados como saldo a favor en abril del 2007, (hasta aqui ya pasaron lo 5 años) por lo que pienso que ya no puedo actualizarlos en complementaria. Es más casi me arriesgo a que me rechacen la presentacion del aviso de compensacion. ¿Y cual sería mi fundamento para decirle a la autoridad que tengo el derecho de tomarlo en cuenta?.

    El importe que se compenso fue de $20,866.00. Por lo que si no lo tomo pero bien fundamentado, si es bastante elevado el importe a pagar.

    En total son cuatro declaraciones mensuales que se tienen que corregir. Algunas tienen saldos compensados y manifestados a favor mediante declaraciones complementarias presentadas en sep. 2007 y en mzo 2008. pero estas son cantidades menores que como quiera son pagables.

    Ojala Puma 1, pudieras orientarme en lo que expreso en esta participacion, con todo gusto subo los datos (aúnque son demasiados), pero mi duda no es en los calculos (indices, tasas, etc.) más bien es en la forma.

    Gracias.

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    24 Ago 2012 12:53 - 24 Ago 2012 12:54 #83304 por puma1
    Que tal Robmo; vayámonos por partes (como dirían los habitantes de la colonia Buenos Aires, que se las dan de magos, ya que desaparecen en un dos por tres las “partes” de los autos estacionados, ahí, en sus calles :laugh: :laugh: ):

    A.- Supongo que en Abr-07 se presenta la normal del IVA a/cgo de Mzo-07.

    B.- También en Abr-07 se presentan declaraciones de saldos a favor de 2006 (extemporáneas) (Ver nota 1).

    C.- En Abr03-08 se presenta complementaria de ( A ), con cantidad a pagar mayor a la pagada en normal, más actualizac y recargos.

    Aquí es donde se “usa el saldo a favor” declarado en ( B ).

    D.- Ahora, en Ago-12 se deberá presentar segunda complementaria de la que se presentó en Abr03-08 ( C )

    Primero, date cuenta que el tiempo transcurrido entre Abr03-08 hasta el día de hoy Ago24-12, no han pasado los cinco años que tienes para "solicitar en devolución", vía compensación, el saldo a favor manifestado en Abr-07. ( Ver Nota 2 )

    E.- Por último, sólo deberás pagar, en esta ocasión, la actualizac y los recargos de la parte histórica de la diferencia del IVA que no se pagó en su momento, conforme a la comparación ya hecha.

    Espero esto te ayude, y te comento otra vez que busques y veas los temas que se escribieron aquí mismo, similares al que planteas.


    Nota 1. ¿Fueron declaradas en normal o complementaria? ¿Son realmente saldos a favor o son pagos de lo indebido?

    Nota 2. Lee el art. 23 CFF, penúltimo párr., en correlación con el art. 22 CFF, antepenúltimo párr.

    Familia y Conocimiento.

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    24 Ago 2012 14:09 #83320 por Robmo
    Hola buenas tardes, muchas gracias por ayudarme.

    En tu asesoria, me comentas que no han pasado lo cinco años. ¿Es porque la ultima delc. la de abril 2008, todavia esta vigente, y debo entender que mi saldo a favor de 2006 igual permanece vigente durante y hasta que venza el plazo de prescripcion para la ultima complementaria? De conformidad con el antepenultimo parrafo del art. 22 CFF.

    En el apartado E, al solo pagar en esta ocasion, la actualizacion y los recargos de la parte historica que no se pago en su momento, (voy bien), debo poner en la declaracion complementaria el impuesto original $22,133 más actualizacion unicamente de lo que no se pago e igualmente recargos de lo que no se pago? ó Tengo que actualizar todos los datos tanto del impuesto original y del saldo que se compensa? que por cierto,(respondo a la nota 1), es un pago de lo indebido. Pagaron iva demás y mediante la complementaria lo manifiestan como saldo a favor, pero en la compensacion lo toman como pago de lo indebido.

    Por ultimo, si debo presentar el aviso de compensacion ¿verdad? ¿o ya no ?

    Saludos y nuevamente muchas gracias.

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