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    Dudas sobre gastos personales en SAS

    30 Ago 2020 14:21 #109638 por danielgg
    Buenas tardes. Recientemente constituí una SAS de la cual soy unico accionista. La SAS se dedica al comercio de electronicos en plataformas digitales. Me he estado quebrando la cabeza pensando el como retirar las utilidades para pagar gastos personales (no es mucho, tal vez entre $5,000 y $20,000 mensuales).

    Aparte realizo ventas tambien como persona fisica por fuera y esas las declaro como RIF. Sé que venderle a la SAS y declararlo en RIF de plano no se puede, al ser accionista de ella.

    Veo que las opciones mas factibles son pagarme por honorarios o ponerme como empleado (aunque como funcionaria si la cantidad es variable).

    Por otro lado, que pasaria si pago gastos personales directamente de la cuenta de la SAS. Sé que obviamente no serian deducibles, pero hay algun problema si los registro en contabilidad como gastos diversos o algo asi sin desglosar IVA pues no seria acreditable?

    Les agradezco de antemano su apoyo y opiniones.

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    31 Ago 2020 11:31 #109639 por danielgg
    Respuesta de danielgg sobre el tema Dudas sobre gastos personales en SAS
    Buen dia. Continuando con este caso, es posible que como socio unico le preste servicios personales independientes a la SAS emitiendo el correspondiente recibo de honorarios con IVA?

    Encontre que esa es la recomendacion que la Prodecon hizo a un contribuyente que estaba en mi misma situacion. Ver pagina 7.

    www.prodecon.gob.mx/Documentos/Criterios...blica_cs_10_2019.pdf

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    01 Sep 2020 21:33 #109641 por puma1
    Respuesta de puma1 sobre el tema Dudas sobre gastos personales en SAS
    Que tal danielgg, las SAS no están lo suficientemente estudiadas, pero considero que si una SA no tiene limitación en pagar honorarios por trabajos ejecutados a sus accionistas, la SAS también podría pagarle a su único accionista un honorario por el trabajo efectuado. Saludos.

    Familia y Conocimiento.
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    02 Sep 2020 10:51 #109642 por sosgtorreon
    Vamos por partes...

    Recientemente constituí una SAS de la cual soy unico accionista. La SAS se dedica al comercio de electronicos en plataformas digitales. Me he estado quebrando la cabeza pensando el como retirar las utilidades para pagar gastos personales (no es mucho, tal vez entre $5,000 y $20,000 mensuales).

    Aparte realizo ventas tambien como persona fisica por fuera y esas las declaro como RIF. Sé que venderle a la SAS y declararlo en RIF de plano no se puede, al ser accionista de ella.

    Deja eso, se supone que si tienes la obligación de socio o accionista NO puedes tributar como RIF, digo, al menos es lo dispuesto en el 111-I de LISR, una SAS es persona moral, poco estudiada como ya dijeron, imperfecta y con mas preguntas que respuestas, ¿Quién te recomendó dicha figura?, lo pregunto porque algo de lo que debieron analizar precisamente era eso, el cómo le iban a hacer para retirar el dinero/utilidades.


    Veo que las opciones mas factibles son pagarme por honorarios o ponerme como empleado (aunque como funcionaria si la cantidad es variable).

    Honorarios si es factible, sin topes, pero supongo luego vas a preguntar ¿Cómo le hago para retirar dinero en honorarios y no pagar impuestos?

    Por otro lado, que pasaria si pago gastos personales directamente de la cuenta de la SAS. Sé que obviamente no serian deducibles, pero hay algun problema si los registro en contabilidad como gastos diversos o algo asi sin desglosar IVA pues no seria acreditable?

    Lo dicho, una SAS tiene el trato de persona moral, que pasa en una persona moral si existen retiros de recursos que se identifiquen o consideren como "gastos personales" de los socios, ¿Dividendos fictos?, ver 140-III de LISR, no deducir, no acreditar es una cosa, pagar un ISR mayor al que se pudo pagar es una consecuencia de falta no digo de planeación si no previsión. Me parece que la mejor sugerencia que se puede realizar es concertar lo antes posible una cita con un especialista para exponer frente a frente el caso y analizar las necesidades y posibilidades conociendo el total de detalles y peculiaridades que el caso particular pueda tener, estoy seguro que podrán llegar a una buena alternativa.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: danielgg

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    02 Sep 2020 11:34 #109643 por danielgg
    Respuesta de danielgg sobre el tema Dudas sobre gastos personales en SAS

    sosgtorreon escribió: Deja eso, se supone que si tienes la obligación de socio o accionista NO puedes tributar como RIF, digo, al menos es lo dispuesto en el 111-I de LISR, una SAS es persona moral, poco estudiada como ya dijeron, imperfecta y con mas preguntas que respuestas, ¿Quién te recomendó dicha figura?, lo pregunto porque algo de lo que debieron analizar precisamente era eso, el cómo le iban a hacer para retirar el dinero/utilidades.
    Honorarios si es factible, sin topes, pero supongo luego vas a preguntar ¿Cómo le hago para retirar dinero en honorarios y no pagar impuestos?

    Exactamente, despues de formar la SAS fue que lei que ya no podia pertenecer a RIF. La recomendacion de formar una persona moral fue hecha por MercadoLibre. Nos lo dijeron en un webinar, que era lo mejor que podiamos hacer para no ser sujetos a retenciones. Hasta la fecha siguen recomendandolo e incluso hasta tienen una seccion de ayuda con los pasos para formar una persona moral, incluida la SAS. Malamente, es cierto que no se conocian las consecuencias o desventajas de esta figura y la dificultad para disponer de utilidades.

    He estado investigando mas y he llegado a la siguiente posible conclusion:

    Dado que soy el unico socio, administrador y no tengo aun empleados (es un negocio muy pequeño), soy yo mismo quien hace todas las labores de la empresa: ventas, atencion a clientes, administracion, envios, facturacion, etc., todo lo que conlleva manejar un negocio.

    En este sentido, lo mas conveniente seria hacer un contrato de prestacion de servicios independientes, donde se especifiquen mis labores y contraprestacion, asi como que se le dara el tramiento de asimilables a salarios, para lo cual la SAS emitira un CFDI con la correspondiente retencion de ISR, de acuerdo la tabla de al Art. 96 LISR, al existir una relacion de trabajo.

    Segun yo, esto seria totalmente deducible para la SAS al existir una relacion de trabajo soportada por el contrato.

    Pregunta para ti y los demas foristas que quieran contribuir, es esto correcto, legal y factible?

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    02 Sep 2020 12:28 #109644 por sosgtorreon
    Pues ya lo dijiste, malamente se hizo caso a una recomendación pensada al mayoreo, no sobre medida como es lo recomendable, por ello la mención a contactar y contratar a un asesor en lo personal. Pero bueno, no se hizo y lo que esta es lo que se tiene y sobre eso vamos a comentar.

    Cobrar honorarios tú a la SAS es posible, sin topes ni problemas, hacerlo dando el trato del Capítulo II del Título IV (Servicios Profesionales Independientes) o bajo el Capítulo I del Título IV (sueldos, salarios y asimilados) es completamente factible, por cualquiera de las dos vías. ¿Diferencias?, ¿Ventajas, desventajas, inconvenientes?, todo eso es lo que se puede llegar a conversar en una cara a cara con un asesor, yo te voy a mencionar algo, pero espero que no por lo que pueda yo comentar dejes de lado el consejo de buscar asesoría profesional personal.

    Los asimilados no son afectos a IVA, el ISR que te van a retener es menor al 10%, dicho esto considerando como base las cifras que ya comentaste, no te obliga a llevar contabilidad, es probable que tampoco te obligues a presentar anual, los CFDI no los emites tú si no quien te paga, no tiene derecho a realizar deducciones en provisionales (mensuales), si deducciones personales en la anual, dentro de los "contras" se pude y debe mencionar las cosquillas y por ende vigilancia de que son objeto por parte del IMSS, que para el particular caso no le pronostico problemas, pero siendo el IMSS uno nunca sabe. Asimilados es posible.

    Servicios profesionales independientes (honorarios), dependiendo de lo que soporten son afectos a IVA, al recibir el pago de una persona moral llevan retención tanto de IVA como de ISR (10%), te obligas a llevar contabilidad, te obligas a presentar declaraciones mensuales y anual, tienes derecho a realizar deducciones fiscales en provisionales (mensuales) y personales (anual), debes emitir CFDI. Al tener un solo cliente, el IMSS puede sentir cosquillas, pero lo ya dicho, en el particular caso considero no deben existir complicaciones con dicho ente. Honorarios es posible.

    A groso modo, es mas barato el asimilado que los honorarios, ambos son posibles, ambos pueden causar cosquillas al IMSS.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: puma1, ovarelas

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