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Si puede tener dos registros patronales en un mismo municipio, (segun el reglamento del IMSS) siempre y cuando tu actividad sea diferente una de otra.
Saludos
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Si buenas tardes tambien para usted
y para ver ese caso le pido que lea el ART 13 del reglamento de Afiliacion, Clasificacio etc del Seguro Social creo que le dejara un buen aprendizaje
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Asi es mi Lic.gaboaranda escribió:
Si buenas tardes tambien para usted
y para ver ese caso le pido que lea el ART 13 del reglamento de Afiliacion, Clasificacio etc del Seguro Social creo que le dejara un buen aprendizajeHola Daniel. Ya el buen Gabo nos dio el fundamento.
Salu2,
El Lic.
, con la intencion de encontrar lo comentado por el Gabo.Si puede tener dos registros patronales en un mismo municipio, (segun el reglamento del IMSS) siempre y cuando tu actividad sea diferente una de otra.
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