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    Fin de relacion laboral

    05 Feb 2008 18:27 #21975 por Milescoro
    Estimados Todos, les comento que tengo un caso, en el cual una empresa se quedo sin trabajo, es del ramo de la construccion, y no tiene contratos de obra en puerta.

    Por lo pronto la proxima semana se tendran que dar de baja todos los empleados porque ya se termina la obra que se esta llevando actualmente.

    Mi duda es, como se debe de amarrar este tipo de situaciones, para que no se considere como despido injustificado, por un lado tengo los contratos de obra que actualmente estan en proceso y los cuales se terminan este sabado, habria que realizar algun tipo de carta para soportar ante las autoridades de conciliacion y arbitraje, que efectivamente no se cuenta actualmente con un contrato de obra?

    Si alguien tiene conocimiento sobre este tema, por favor ayuda, ya que al tratarse de relaciones laborales con albañiles, estos no entienden de razones, y tengan o no tengan la razon, de todas maneras van a conciliacion y arbitraje haber que beneficio pueden sacar.

    Espero me puedan ayudar.

    Gracias.

    Saludos.

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    05 Feb 2008 22:07 #22005 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:Fin de relacion laboral
    Mas que la falta de un nuevo contrato de obra para la constructora me parece resulta conveniente conocer los terminos del contrato de trabajo que se tenga celebrado entre la constructora y su personal... Ya que si el contrato es por obra y señala en particular la construccion que estan por concluir, resulta obvio que al concluir la obra termina el contrato, pero si el contrato entre constructora y trabajador no lo contempla en esos terminos, puede que eso constituya un detalle a limar...

    Saludos.

    Saludos.



    sos al sos .

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    05 Feb 2008 22:39 #22010 por Piter2008
    Respuesta de Piter2008 sobre el tema Re:Fin de relacion laboral
    Estoy de acuerdo contigo admin. es necesario conocer el contenido de las cláusulas del contrato , efectivamante si es por obra, hasta ahí termina. saludos

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    06 Feb 2008 03:57 #22034 por pepesoto
    Respuesta de pepesoto sobre el tema Re:Fin de relacion laboral
    :side: Buenas noches. A ver... veamos el art. 53-III de la LFT... podriamos usarlo...?

    El Lic.<br><br>Mensaje editado por: pepesoto, el: 05/02/2008 22:58

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    06 Feb 2008 13:34 #22037 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:Fin de relacion laboral
    Direccion bien señalada Lic, lo veo viable, sin embargo en lo particular me queda la inquietud de saber si hay contratos o con los trabajadores, lo digo porque no es extraño que empresas constructoras tengan personal de planta y eventual, digamos que esta referencia que nos da seria aplicable a los que se les haya contratado para la actual obra que estan por concluir, ¿pero y si hay contrato y no dice eso?, lo mejor del caso es que el iniciador del topico tiene un norte de por donde caminar.

    Saludos.

    Saludos.



    sos al sos .

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    06 Feb 2008 15:15 #22050 por jjfarias
    Respuesta de jjfarias sobre el tema Re:Fin de relacion laboral
    Como ya antes se ha comentado las relaciones de trabajo se encuentran normadas por la LFT, misma que establece en su art. 35 que estas pueden ser para obra determinada o tiempo determinado o por tiempo indeterminado, motivo por el cual como te lo han manifestado es necesario indagar las condiciones bajo las cuales fueron firmados los contratos de trabajo.

    Toda vez que, si los contratos de trabajo fueron por obra determinada no debe haber problema alguno ya que la obligación del Patrón es la de pagar solamente aquellas proporciones que en virtud del tiempo laborado del trabajo le corresponde al trabajador (Vacaciones, Prima Vacacional, Aguinaldo), sin embargo, si los contratos son por tiempo indeterminado es obvio que al romper la relación laboral sin alguna causa que lo justifique es evidente que estas obligado a rescindir al trabajador, sucede lo mismo si en el contrato no se establece la condición de temporalidad, y naturalaza del tiempo determinado o de la obra a realizar.

    Si no es así que puedes hacer?, simplemente platicar con ellos, explicarles la situación, tener tacto y llegar a un término haciendo el convenio respectivo ante la JLCYA, mismo que trae aparejado cosa juzgada, por lo que no podrían hacerte nada en un futuro.

    En virtud de lo que expones, es necesario que revises y personalices los contratos cuanto antes y así evitar cualquier contingencia futura que pueda transformarse en una perdida o menoscabo al Patrón, te aconsejaría hasta la asesoria de un laborista.

    SALUDOS

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