Los contribuyentes personas morales no deben conformarse con haber presentado su declaración anual en tiempo y forma, lo que se intenta decir es que no debe archivarse como caso concluido. Existen al menos tres cosas por las que es importante revisarla y tenerla muy presente en este mes de abril.
1. Revisar el dato referente al coeficiente de utilidad correspondiente al ejercicio inmediato anterior y que pasara a ser el que deba aplicarse en los pagos provisionales de marzo en adelante. En el evento de no tener coeficiente de utilidad para el ejercicio 2021 conviene recordar que dicho indicador debe ser rastreado hasta en 5 ejercicios anteriores.
2. Validar la existencia de una perdida fiscal que podrá ser amortizada en los pagos provisionales de marzo en adelante. Igual es prudente revisar si existen remanentes de pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar.
3. Verificar si en la declaración anual se generó saldo a favor de ISR, en cuyo caso dicho saldo podrá ser aplicado (acreditado) en pagos provisionales para disminuir las cantidades a pagar.
4. Si, dijimos 3, pero aunque no es de cumplimiento obligado en el mes de abril conviene revisar si en el ejercicio se generó PTU a repartir para ir revisando lo que al tema aplica, como lo es integrar la comisión mixta, realizar el anteproyecto de reparto considerando las nuevas variables al caso (tope de reparto para trabajadores).