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PERITAJE CONTABLE PARA DEMANDA LABORAL

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17 años 10 meses antes - 17 años 10 meses antes #36139 por cphersa
Estimados colegas; me llamo un abogado para realizar un peritaje en materia contable y presentarlo como prueba en una demanda laboral, quisera saber si alguno de ustedes ha realizado alguno y pudiera pasarme algun formato o machote de como realizarlo, mi correo es cphersa@hotmail.com

En espera de sus repsuestas, me despido agradeciendo este espacio y sus comentarios.


Saludos
Última Edición: 17 años 10 meses antes por cphersa. Razón: falta de ortografia

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17 años 10 meses antes #36140 por Luis
Hola CPHersa:

Un placer saludarte, El peritaje debe realizarlo un contador que esté autorizado por dicha autoridad para llevar a cabo tal peritaje, Los peritajes contables son un medio de prueba significativos e importantes desarrollados en el campo de actuación del profesional de la contaduría pública, con el fin de que la autoridad competente valore su estudio técnico al dictar la resolución respectiva, tratándose siempre de un auxilio o asesoramiento sobre los conocimientos especializados concretamente en actos u operaciones mercantiles, comerciales, industriales y/o financieras relacionados con los hechos controvertidos.

El Código Federal de Procedimientos Civiles preceptúa que perito es aquel que debe tener título en la ciencia o arte a que pertenezca la cuestión sobre la que ha de oírse su parecer, si la profesión o el arte estuviere legalmente reglamentado; por consiguiente, el perito emite su opinión sin calificar sobre la autenticidad, licitud o validez de los documentos u objetos sobre los cuales sustenta su estudio técnico y/o científico a través de un informe llamado dictamen, dando a saber a la autoridad competente sus conclusiones sobre un planteamiento determinado.

Bajo este orden de ideas, el perito contable es aquel contador público actualizado con amplia experiencia y amplios conocimientos de auditoría que mediante la realización de estudios, análisis, técnicas, pruebas o procedimientos utilizados en su especialidad, así como la utilización de las herramientas o equipos de los que se dispone, determinando la aplicación o afectación contable procedente, a emitir su opinión en calidad de experto en contabilidad.


De manera práctica el dictamen pericial contable se puede estructurar como sigue: 1) Carátula, presentación del dictamen, nombre de las partes, materia y autoridad ante la que se rinde el dictamen pericial, 2) Proemio, contestación al oficio de perito (en caso de ser designado como perito tercero en discordia) o hacer mención de la parte que le designó el cargo (actor o demandado), materia sobre el cual versa el dictamen pericial, aceptación y protesta del cargo, 3) Objetivos, bases de la prueba pericial (cuestionario ofrecido por las partes sobre el cual deba versar el dictamen pericial), 4) Alcance, estudio y análisis de los documentos base de la acción, en los cuales se debe sustentar el dictamen del perito siendo los que forman parte del expediente en cuestión, así como los documentos originales que se encuentran en el resguardo del seguro del Juzgado conocedor de la causa y demás documental e información que puedan ser obtenidos como producto de una investigación de campo, visita ocular y entrevistas. Lo anterior sin calificar sobre la autenticidad validez o licitud de la documentación e información recabada que sirva de base al contador público para rendir su dictamen pericial, 5) Consideraciones, son las bases, elementos y fundamentos, así como las técnicas y métodos utilizados en los que se apoya el perito para dar contestación al cuestionario sobre el cual versa la prueba pericial; y por último, 6) Conclusiones, que es el resultado de la investigación dando contestación pormenorizada a las preguntas o base de la prueba pericial, debiendo ser imparcial, sustentable y objetivo independientemente de la parte en litigio que lo designa para rendir el dictamen en cuestión. Cabe señalar que el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal reformado en el dos mil cuatro hace hincapié sobre la probable comisión del delito de falsedad en declaraciones ante autoridad judicial, por parte de aquel perito que haya dictaminado y que resulte responsable de alguna falsedad.

Así las cosas, la prueba pericial en materia contable debe realizarla aquel contador público que se encuentre en constante actualización y capacitación para poder atender con diligencia los asuntos que se le designen, aceptando y protestando su fiel y legal desempeño del cargo conferido, rindiendo su dictamen pericial de acuerdo a su leal saber y entender tomando en cuenta los siguientes puntos: a) Intervenir con oportunidad, b) Determinar los objetivos y alcance de su intervención, c) Allegarse de los elementos sustentables, d) Desarrollar la metodología correcta, e) Aplicar el procedimiento técnico correcto.

La prueba pericial contable se ofrece entre otras materias: a) Penal, para determinar sobre hechos delictivos presuntamente sospechosos resultado de una omisión, subestimación o sobre valuación de una cuenta integrante de los Estados Financieros, b) Especial Hipotecario, para determinar la tasa líder de entre aquellas que se propongan para elaborar la corrida financiera proyectada hacia el periodo de vigencia de dicho crédito, c) Laboral, estudio del control interno de la empresa a través de la aplicación de técnicas de auditoria para rendir dictamen sobre la situación laboral del trabajador, incidente de cuantificación de condenas, salario diario, salario diario integrado, etc. d) Civil, determinación del monto de intereses ordinarios y/o moratorio resultado del incumplimiento de contrato, e) Familiar, determinación del monto de pensión alimenticia a que tiene derecho el denunciante, en sucesiones testamentarias determinación del inventario así como las deudas contraídas en vida del testador etc., f) Mercantil, determinación de los montos de los actos u operaciones de comercio y sus accesorios, g) Fiscal, para determinar si se cumple con las obligaciones de acuerdo al régimen fiscal del contribuyente.

Es de suma importancia que el abogado litigante al ofrecer esta prueba pericial debe de encontrarse lo suficientemente asesorado por el profesional de la contaduría pública, ya que el derecho contable señala que la contabilidad puede probar en contra de quien la lleva, y a su vez afirma que puede probar a favor de quien la ofrece, toda vez que la contabilidad se encuentra integrada por un cúmulo de documentos privados (papeles de trabajo, documentación que soporte los registros contables y estados financieros) y públicos (constancias e informes parciales o anuales de índole fiscal), que de acuerdo a su naturaleza pueden acreditar las pretensiones de quien ofrece dicha probanza.

Ojalà te sea de utilidad.:)

Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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17 años 10 meses antes - 17 años 10 meses antes #36141 por LOBOZAC
hola buen dia..........es sumamente dificil, de hecho muchos doctrinarios NO RECOMIENDAN FORMATOS PREHECHOS, ........es mejor que tu lo elabores respecto de las caracteristicas particulares del caso.......


quiza te sirva cuando menos el encabezado del mismo........el contenido repito, DEBERA SER ACORDE A LO PARTICULAR




Asunto: Se emite dictamen pericial contable respecto del EXPEDIENTE NUM. DE AV.P.P.- 51/I/2007


. a 9 de Octubre de 2007



LIC.
C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO NUMERO DOCE
INSTRUCTOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS DE LA CAPITAL



.............................., mexicanos, mayores de edad, con domicilio legal para oír y recibir todo tipo de notificaciones en
No. 40 Altos, Col.
en la Ciudad de

, de profesión Licenciados en Contaduría, con Cédula Profesional No.
de fecha
y
de fecha
, respectivamente, expedidas por la Secretaría de Educación Pública, por conducto de la Dirección General de Profesiones, con relación a la FORMAL DENUNCIA Y/O QUERELLA interpuesta por el C.
, en contra de los C.C.
y
contenida en el número de expediente mencionado en líneas arriba y al ser designados PERITOS CONTABLES por la parte ofendida, y fundados en el Código de Ética Profesional, así como en las Normas de Información Financiera en su Apartado A-2 que se refiere a Postulados básicos, además con estricto apego al conocimiento y práctica de nuestra profesión, así como con absoluta independencia de criterio e imparcialidad, ante usted comparecemos para emitir según nuestro leal saber y entender el siguiente:


DICTAMEN PERICIAL CONTABLE

Derivado de la revisión y efectuado el análisis de la documentación aportada por el C.
, que consiste en “libros de contabilidad” que contienen comprobantes diversos de INGRESOS Y EGRESOS de los meses de enero a abril del
, así como expediente documental
en correlación con el oficio No.
, procedemos a hacer los siguientes comentarios:


este es un ejemplo de pericial contable...........


como ves...........LA INFORMACION VERTIDA ES LA PARTICULAR DE "CADA UNO DE NOSOTROS"....POR LO DEMAS DEBERA SER LO CONCRETO AL CASO

NO HAY UN FORMATO "MAGICO" QUE PRETENDA CUMPLIR TOTALMENTE CON LO SOLICITADO

ESPERO TUS COMENTARIOS


SALUDOS Y GRACIAS POR TUS APORTACIONESFISCALES
Última Edición: 17 años 10 meses antes por LOBOZAC.

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17 años 10 meses antes #36148 por huracan
cphersa escribió:

Estimados colegas; me llamo un abogado para realizar un peritaje en materia contable y presentarlo como prueba en una demanda laboral, quisera saber si alguno de ustedes ha realizado alguno y pudiera pasarme algun formato o machote de como realizarlo, mi correo es cphersa@hotmail.com

En espera de sus repsuestas, me despido agradeciendo este espacio y sus comentarios.


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BUENOS DIAS CONTADOR

Curioso su caso, un caso espeluznante, USTED ESTA MINTIENDO SE LO PUEDO ASGURAR, porque cualquier ABOGADO laboral sabe perfectamente que PARA PRESENTAR ESTA PRUEBA SE REQUIERE DE UN PERITO EN PRIMER LUGAR AUTORIZADO Y CON EXPERIENCIA, y creeame TODOS LOS ABOGADOS YA SABEMOS A QUIEN CONTRATAR PARA CADA CASO, digamoslo de manera sencilla TENEMOS EQUIPO COMPLETO.

Lo que sucede en la practica es que el PATRON queriendose ahorrar unos pesos quiere que el CONTADOR DE SU EMPRESA haga este trabajo, en otras ocasion el contador se pone su capa de SUPERMAN y cree que con un machote y sin permiso EL HARA EL PERITAJE, y la verdad zapatero a tus zapatos.

Usted puede hacer un PERITAJE por correspondencia, pero sin lugar a dudas le daran palo, si por el contrario solo estamos a CULTURA GENERAL, y quiere usted saber como se hace un PERITAJE PARA EFECTOS LABORALES, le sugiero se acerque a una PERITO AUTORIZADO para que le resuelva sus dudas.ZAPATERO A TUS ZAPATOS

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  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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17 años 10 meses antes #36151 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: PERITAJE CONTABLE PARA DEMANDA LABORAL
huracan escribió:

cphersa escribió:

Estimados colegas; me llamo un abogado para realizar un peritaje en materia contable y presentarlo como prueba en una demanda laboral, quisera saber si alguno de ustedes ha realizado alguno y pudiera pasarme algun formato o machote de como realizarlo, mi correo es cphersa@hotmail.com

En espera de sus repsuestas, me despido agradeciendo este espacio y sus comentarios.


Saludos


BUENOS DIAS CONTADOR

Curioso su caso, un caso espeluznante, USTED ESTA MINTIENDO SE LO PUEDO ASGURAR, porque cualquier ABOGADO laboral sabe perfectamente que PARA PRESENTAR ESTA PRUEBA SE REQUIERE DE UN PERITO EN PRIMER LUGAR AUTORIZADO Y CON EXPERIENCIA, y creeame TODOS LOS ABOGADOS YA SABEMOS A QUIEN CONTRATAR PARA CADA CASO, digamoslo de manera sencilla TENEMOS EQUIPO COMPLETO.

Lo que sucede en la practica es que el PATRON queriendose ahorrar unos pesos quiere que el CONTADOR DE SU EMPRESA haga este trabajo, en otras ocasion el contador se pone su capa de SUPERMAN y cree que con un machote y sin permiso EL HARA EL PERITAJE, y la verdad zapatero a tus zapatos.

Usted puede hacer un PERITAJE por correspondencia, pero sin lugar a dudas le daran palo, si por el contrario solo estamos a CULTURA GENERAL, y quiere usted saber como se hace un PERITAJE PARA EFECTOS LABORALES, le sugiero se acerque a una PERITO AUTORIZADO para que le resuelva sus dudas.ZAPATERO A TUS ZAPATOS


HOLA HURACAN:
Una pregunta:
-Un contribuyente se amparó contra la Reforma LIMPAC 2007 y el perito contable fue un c.p. Titulado, pudimos haber tenido problemas en ese caso?.

Saludos

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17 años 10 meses antes #36163 por huracan
Saúl Castro Vázquez escribió:

huracan escribió:

cphersa escribió:

Estimados colegas; me llamo un abogado para realizar un peritaje en materia contable y presentarlo como prueba en una demanda laboral, quisera saber si alguno de ustedes ha realizado alguno y pudiera pasarme algun formato o machote de como realizarlo, mi correo es cphersa@hotmail.com

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BUENOS DIAS CONTADOR

Curioso su caso, un caso espeluznante, USTED ESTA MINTIENDO SE LO PUEDO ASGURAR, porque cualquier ABOGADO laboral sabe perfectamente que PARA PRESENTAR ESTA PRUEBA SE REQUIERE DE UN PERITO EN PRIMER LUGAR AUTORIZADO Y CON EXPERIENCIA, y creeame TODOS LOS ABOGADOS YA SABEMOS A QUIEN CONTRATAR PARA CADA CASO, digamoslo de manera sencilla TENEMOS EQUIPO COMPLETO.

Lo que sucede en la practica es que el PATRON queriendose ahorrar unos pesos quiere que el CONTADOR DE SU EMPRESA haga este trabajo, en otras ocasion el contador se pone su capa de SUPERMAN y cree que con un machote y sin permiso EL HARA EL PERITAJE, y la verdad zapatero a tus zapatos.

Usted puede hacer un PERITAJE por correspondencia, pero sin lugar a dudas le daran palo, si por el contrario solo estamos a CULTURA GENERAL, y quiere usted saber como se hace un PERITAJE PARA EFECTOS LABORALES, le sugiero se acerque a una PERITO AUTORIZADO para que le resuelva sus dudas.ZAPATERO A TUS ZAPATOS


HOLA HURACAN:
Una pregunta:
-Un contribuyente se amparó contra la Reforma LIMPAC 2007 y el perito contable fue un c.p. Titulado, pudimos haber tenido problemas en ese caso?.

Saludos


No para tu AMAPRO no se requiere acreditamiento como perito ESPECIALIZADO.Con la citar la cedula resulta suficiente recuerda quien te solicita el peritaje.

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