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Ingresos de Alemania

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16 años 11 meses antes #53002 por patyivon
Hola buen Dia

Espero puedan ayudarme tengo una persona fisica con actividad empresarial y profesional que va a recibir pago por sus servicios de diseño de Alemania, esto sera solo por 6 meses. Mi duda es tiene que darle un recibo de honorarios o factura, exento de iva (retenciones encaso de ser por honorarios) o cual es el tratamiento fiscal por la percepcion de esos ingresos que provienen del extranjero.

Mil gracias espero puedan apoyarme.... :( :S

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16 años 11 meses antes #53003 por anagjs
Respuesta de anagjs sobre el tema Re: Ingresos de Alemania
¿¿¿Donde va a prestar sus servicios??? ¿¿¿en México??

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16 años 11 meses antes #53004 por patyivon
Respuesta de patyivon sobre el tema Re: Ingresos de Alemania
Perdon se me olvido si ella vive aki en Mexico y de Alemania le van a enviar el dinero como pago por sus servicio de diseño grafico y sera solo por 6 meses este proyecto. :laugh:

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16 años 11 meses antes #53008 por anagjs
Respuesta de anagjs sobre el tema Re: Ingresos de Alemania
Si sus servicios van a ser aprovechados en territorio nacional, aunque le pague un extranjero... creo que debe ser sus honorarios más IVA pues la LIVA menciona:

Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I.- Enajenen bienes.

II.- Presten servicios independientes.

III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.

IV.- Importen bienes o servicios.

Respecto a Retenciones de ISR no aplican.

y el recibo de honorarios que seguramente maneja normalmente, es el que puede entregar

Saludos!

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16 años 11 meses antes #53011 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Ingresos de Alemania
Para efectos de IVA:

Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes...

Para efectos del ISR:

Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos: I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

Para efectos del IETU:

Están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única, las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional...por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización de las siguientes actividades...

Es decir; tú, prestador de servicios eres el sujeto a los 3 impuestos y a las obligaciones que cada uno impone, por las siguientes razónes:

a) Ser residente en México.
b) Por que tus servicios los realizaste en en territorio nacional.
c) Porque tú, eres quien esta realizando las situaciones juridicas que dan lugar a la causación de las contribuciones.(6 CFF)

En cada uno de los impuestos, debes acumular (dar efecto fiscal) al momento del cobro efectivo, es decir, cuando te paguen, sin que tengas la obligación de verificar el origen den dinero con que te paguen, el punto es, que te paguen.

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16 años 11 meses antes #53060 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Ingresos de Alemania
En cuanto al comprobante que le expidas; debe ser el que habitualmente expides por la prestación de tus servicios.

La denominación de tu comprobante queda en segundo plano, dado que las disposiciones fiscales no se refieren a "factura", "recibo de honorarios", etc; sino de manera generica se refieren a "comprobante que reúna los requisitos fiscales", por ello, más que atender a la denominación debes atender y cuidar que tu comprobante (como quiera que le llames) cumpla con todos y cada uno de los requisitos que te resulten aplicables.

En cuanto a las retenciones de ISR e IVA, estas no estan determinadas por el orígen del dinero con que te pagan, sino al beneficiario de los mismos, dado que tratándose de "retenciones" ambas leyes se refieren a que el beneficiario ( de los servicios ) sea una PM.

PM, que se encuentra definida en el art 8 LIVA y 25 del Código Civil Federal, si se expide el compribante a nombre de alguna de aquellas, habrá lugar a la retención, en caso contrario no.

Transcribo dichos articulos:

Artículo 8o LISR. Cuando en esta Ley se haga mención a persona moral, se entienden comprendidas, entre otras, las sociedades mercantiles, los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito, las sociedades y asociaciones civiles y la asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México.

Artículo 25 (CCF).- Son personas morales:

I. La Nación, los Estados y los Municipios;

II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;

III. Las sociedades civiles o mercantiles;

IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;

V. Las sociedades cooperativas y mutualistas;

VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.

VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736.

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