- Mensajes: 13
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
como hago el calculo y presento en arrendamiento??
- memoli
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
16 años 9 meses antes #54829
por memoli
Respuesta de memoli sobre el tema Re: como hago el calculo y presento en arrendamiento??
Perdon!!!! Se me fueron 2 al querer editar...Soy nueva en este foro, apenas estoy explorando...Mil disculpas....
Salu2!!!!
Salu2!!!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alberto_2010
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
16 años 9 meses antes - 16 años 9 meses antes #54831
por Alberto_2010
MSN: ase_fiscal_contable@hotmail.com
Facebook: www.facebook.com/pages/AFISCA-Asesor%C3%...tiva/191741297534448
.::AFISCA.-Asesoria Fiscal Contable y Administrativa::.
Respuesta de Alberto_2010 sobre el tema Re: como hago el calculo y presento en arrendamiento??
Regimen de Arrendamiento
En este régimen se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos:
* Impuesto Sobre la Renta: Cuando rente inmuebles debe presentar mensualmente sus declaraciones a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. No esta obligado a efectuar pagos provisionales cuando únicamente cobre rentas cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal.
No esta obligado a efectuar pagos provisionales cuando únicamente cobre rentas cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal.
Art. 141 al 145 de LISR
* Impuesto al Valor Agregado: No están obligados al pago de este impuesto las personas que renten bienes inmuebles para casa habitación, excepto cuando se trate de casa habitación amueblada, tampoco se pagará este impuesto cuando se den en arrendamiento fincas dedicadas o utilizadas sólo a fines agrícolas o ganaderos.
Art. 1 y 20 LIVA
* Impuesto Empresarial a Tasa Única: Es un impuesto que se calcula aplicando una tasa sobre la diferencia entre los ingresos efectivamente percibidos menos las deducciones autorizadas efectivamente pagadas en el periodo
Las tasas son:
* 16.5% en 2008
* 17% en 2009
* 17.5% a partir de 2010
Art. 1, 9 y 4° transitorio de LIETU
Ejemplos de CáLCULO:
Pago provisional ISR
Calculo de lVA
Pago provisional IETU
Además de la lectura obligada de los articulos antes mencionados, checa la información que te dejo en este post.
Saludos
En este régimen se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos:
* Impuesto Sobre la Renta: Cuando rente inmuebles debe presentar mensualmente sus declaraciones a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. No esta obligado a efectuar pagos provisionales cuando únicamente cobre rentas cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal.
No esta obligado a efectuar pagos provisionales cuando únicamente cobre rentas cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal.
Art. 141 al 145 de LISR
* Impuesto al Valor Agregado: No están obligados al pago de este impuesto las personas que renten bienes inmuebles para casa habitación, excepto cuando se trate de casa habitación amueblada, tampoco se pagará este impuesto cuando se den en arrendamiento fincas dedicadas o utilizadas sólo a fines agrícolas o ganaderos.
Art. 1 y 20 LIVA
* Impuesto Empresarial a Tasa Única: Es un impuesto que se calcula aplicando una tasa sobre la diferencia entre los ingresos efectivamente percibidos menos las deducciones autorizadas efectivamente pagadas en el periodo
Las tasas son:
* 16.5% en 2008
* 17% en 2009
* 17.5% a partir de 2010
Art. 1, 9 y 4° transitorio de LIETU
Ejemplos de CáLCULO:
Pago provisional ISR
Calculo de lVA
Pago provisional IETU
Además de la lectura obligada de los articulos antes mencionados, checa la información que te dejo en este post.
Saludos
MSN: ase_fiscal_contable@hotmail.com
Facebook: www.facebook.com/pages/AFISCA-Asesor%C3%...tiva/191741297534448
.::AFISCA.-Asesoria Fiscal Contable y Administrativa::.
Última Edición: 16 años 9 meses antes por Alberto_2010.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- andresmuro
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 18
- Gracias recibidas: 0
16 años 9 meses antes #54846
por andresmuro
Respuesta de andresmuro sobre el tema Re: como hago el calculo y presento en arrendamiento??
gracias a todos los q me ayudaron con la duda
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPJMERJR
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 306
- Gracias recibidas: 0
16 años 9 meses antes #54873
por CPJMERJR
Respuesta de CPJMERJR sobre el tema Re: como hago el calculo y presento en arrendamiento??
Aqui te adjunte unas determinaciones de ISR, IVA y IETU, yo tambien manejo un arrendamiento, espero y te sirvan, y estamos en contacto colega cualquier duda.
Archivo adjunto Determinac.xls no encontrado
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 1.482 segundos