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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Problema declaraciones y pagos????
- lriverita
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Saludos
Lriverita
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- Toñita
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Para el caso en que no se habilita el acceso al servicio de declaraciones y pagos, yo creo que si se puede presentar por el otro esquema, el mismo SAT lo contempla (SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS, PREGUNTAS Y RESPUESTAS)
PREGUNTA:
15. Si por error no se presentó la declaración y el pago correspondiente en el servicio de declaraciones y pagos ¿Se debe presentar una declaración complementaria en el citado servicio?
RESPUESTA:
No es necesario presentar declaración complementaria, el SAT registra las declaraciones y los pagos en los términos en que fueron presentados. Sin embargo, debe presentar las siguientes declaraciones (a partir del mes vigente) en el nuevo servicio de declaraciones y pagos.
FUNDAMENTO:
Servicio de Declaraciones y Pagos.
Aqui no menciona error de quien
Saludos
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- BR1
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Buenas Tardes.
Para el caso en que no se habilita el acceso al servicio de declaraciones y pagos, yo creo que si se puede presentar por el otro esquema, el mismo SAT lo contempla (SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS, PREGUNTAS Y RESPUESTAS)
PREGUNTA:
15. Si por error no se presentó la declaración y el pago correspondiente en el servicio de declaraciones y pagos ¿Se debe presentar una declaración complementaria en el citado servicio?
RESPUESTA:
No es necesario presentar declaración complementaria, el SAT registra las declaraciones y los pagos en los términos en que fueron presentados. Sin embargo, debe presentar las siguientes declaraciones (a partir del mes vigente) en el nuevo servicio de declaraciones y pagos.
FUNDAMENTO:
Servicio de Declaraciones y Pagos.
Aqui no menciona error de quien
, si atribuible a ellos mismos o al contribuyente
Saludos
Gracias toñita por plasmar dicho comentario, de hecho, sería positivo conocer de alguien que haya estado obligado anteriormente (inicios del ejercicio) y que el portal del SAT no le haya permitido presentar el "pago" mediante el mòdulo de declaraciones y pagos.....para saber si la autoridad emitió algo al respecto.
De entrada, no queda mas opción....ya veremos mas tarde, y como comentan, los que si estaban habilitados ahora se les "trabó", asì es que ya somos mas los "imposibilitados"....claro, todo por esperarnos hasta el ùltimo día, pero son situaciones para las que la autoridad debe estar preparada....sino, que cambie las fechas de vencimiento de obligaciones ...jajajaa
Viva Mèxico!!
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- yesi
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esperando comentarios y saber cómo arreglar este error..
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- halicarnazuz
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Me comentaron que aparecera publicado hoy 17 a partir de las 04:30 pm para que revisen el portal de SAT
Mis Saludos
Carnazuz
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- Abelardo Lopez
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y muchas gracias por la información
No es mas Sabio el que sabe mas, si no aquel que desconoce menos
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