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retenciones en facturas
- APRENDIZ84
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por asesoria de unas intalacion , pero la empresa le esta pidiendo factura y su retencion
la persona fisica se encuentra en actividad empresarial y profesional hasta ahorita solamente
se ha facturado material, al momento de pedir pasar los datos para la facturacion
me reflejan subtotal /iva y retencion solamente una retencion ( que por cierto los importes estan mal )
pero mi duda es se puede realizar retenciones en una factura??
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- a_cano
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La ley no hace distinción alguna entre "factura o recibo de honorarios", solo se maneja el concepto de comprobantes fiscales...
Saludos
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- KIKE_CORONA
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- El verdadero conocimiento...aun no lo conozco
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estoy de acuerdo pero uno por inercia ve servicios y se va a recibos pero no encuentro algun fundamento que diga tal cosa unicamente dicen sobre las retenciones de persona fisica a persona moral , la obligacion de desgloce de iva
aceptarian una factura con el concepto de servicio??
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- a_cano
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Dichas retenciones deberán reflejarse en la factura para no tener problemas, tanto de deducibilidad en ISR como de acreditamiento en el Impuesto al Valor Agregado, en virtud de que está sujeto a la retención del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado de conformidad con los artículos 127, último párrafo de la LISR, y 1-A, fracción II, inciso a) de la LIVA.
Espero haberte ayudado.
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- mikecoz81
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APRENDIZ84 escribió: Hola de hecho no, solamente es asesoria comercial , cuando me dijeron que quieren facturar lo primero que dije es recibo de honorarios
en cuanto lo que comenta el compañero que la ley no especifica si debe ser recibo o factura
estoy de acuerdo pero uno por inercia ve servicios y se va a recibos pero no encuentro algun fundamento que diga tal cosa unicamente dicen sobre las retenciones de persona fisica a persona moral , la obligacion de desgloce de iva
aceptarian una factura con el concepto de servicio??
Buen día!.............
Mi estimado, ya lo comentó el Master a_cano, la Ley no hace distinción entre factura o recibo, no importa que le entregues, siempre será un comprobante fiscal, así mismo tanto la Ley del ISR como del IVA obligan a la moral a retener a una física (y no menciona que solamente se haga en recibos), menciona que se haga en servicios (o arrendamiento)
saludos.
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