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CASO DE FALLECIMIENTO
- FENIX
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19 años 4 meses antes #8487
por FENIX
CASO DE FALLECIMIENTO Publicado por FENIX
Buenos días a todos.
El 16 de abril falleció mi madre, ella estaba registrada como pequeño contribuyente en el estado de Nuevo Léón, además estaba dada de alta como patrón en el IMSS con un trabajador. Podrían indicarme los tramites que debo realizar ante este caso?. Es poco el ánimo, pero estas cosas legales deben finiquitarse. Saludos.
Gracias de antemano.
El 16 de abril falleció mi madre, ella estaba registrada como pequeño contribuyente en el estado de Nuevo Léón, además estaba dada de alta como patrón en el IMSS con un trabajador. Podrían indicarme los tramites que debo realizar ante este caso?. Es poco el ánimo, pero estas cosas legales deben finiquitarse. Saludos.
Gracias de antemano.
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- mozart
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19 años 4 meses antes #8490
por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: CASO DE FALLECIMIENTO
te saludo Fenix...
QUE EN PAZ DESCANSE TU MAMA Y EN GLORIA ESTE....... AMEN
pdta.- disculpa, es en lo unico que puedo ayudar...
QUE EN PAZ DESCANSE TU MAMA Y EN GLORIA ESTE....... AMEN
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19 años 4 meses antes #8500
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: CASO DE FALLECIMIENTO
Eduardo...MI MAS SENTIDO PESAME MI ESTIMADO AMIGO.......
QUE EN PAZ DESCANSE TU MAMA Y YA ESTA CON DIOS.
ijole...espero poder ayudarte con esta informacion...
www.imss.gob.mx/IMSS/IMSS_SITIOS/Regiona...2/IMSS_02_004ABC.htm
un abrazo mi amigo..animo.
QUE EN PAZ DESCANSE TU MAMA Y YA ESTA CON DIOS.
ijole...espero poder ayudarte con esta informacion...
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un abrazo mi amigo..animo.
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- eduardocruzmarquez
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19 años 4 meses antes #8501
por eduardocruzmarquez
Saludos Afectuosos
cpeduardocruzmarquez@hotmail.com
Respuesta de eduardocruzmarquez sobre el tema Re: CASO DE FALLECIMIENTO
mi mas sentido pesame amigo fenix..es duro el momento ,sin embargo me pongo a tu disposicion si en algo te puedo ayudar..
MI ESTIMADO AMIGO. LO LAMENTO MUCHO...
MI ESTIMADO AMIGO. LO LAMENTO MUCHO...
Saludos Afectuosos
cpeduardocruzmarquez@hotmail.com
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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19 años 4 meses antes #8506
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: CASO DE FALLECIMIENTO
Una persona fisicia que realiza actividades empresariales de entrada debe iniciar una sucesion, al menos es lo que procederia de tratarse de un regimen general o intermedio, al ser REPECO y quedar bajo la tutela de la entidad federativa sugiero acudir a la recaudacion de rentas o su equivalente para revisar el aviso a presentar... igualmente conviene definir si el negocio que se realizaba va a continuarse por parte de algun miembro de la familia, si existia testamento o no...
Ver quienes eran los empleados, para tratar lo de una posible sustitucion patronal o la liquidacion de los mismos...
Pdta.- Un abrazo afectuoso y solidario para ti en estos momentos y una oracion por tu Señora Madre.
Ver quienes eran los empleados, para tratar lo de una posible sustitucion patronal o la liquidacion de los mismos...
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- jjfarias
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19 años 4 meses antes #8509
por jjfarias
Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: CASO DE FALLECIMIENTO
Antes que nada un abrazo esperando que consigas una pronta resignación pero nunca un olvido en tu corazón.
Con respecto a tu caso y de una interpretación armónica al contenido de los artículos 4°, 5°, 6°, 20, 26-A y 149, primero y último párrafos, del Código Fiscal de la Federación, en relación con los diversos 1705, 1706, 1717 y 1281 del Código Civil Federal, aplicables supletoriamente a la materia fiscal, las obligaciones fiscales causadas en vida por un contribuyente persona física, no se extinguen con su fallecimiento, por lo que son a cargo de su sucesión, siendo obligación del albacea, en su carácter de representante legítimo de la misma y no como responsable solidario, proceder a liquidar y pagar, con su cargo a la masa hereditaria, incluyendo los adeudos que correspondan y que el de cujus hubiese omitido.
Esto es, que con el fallecimiento no se suspende el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, toda vez que debe existir por ministerio de ley una persona responsable de su masa hereditaria (Derechos y Obligaciones) comúnmente denominado albacea, entre tanto se designe al legatario o heredero.
SALUDOS Y ANIMO
Con respecto a tu caso y de una interpretación armónica al contenido de los artículos 4°, 5°, 6°, 20, 26-A y 149, primero y último párrafos, del Código Fiscal de la Federación, en relación con los diversos 1705, 1706, 1717 y 1281 del Código Civil Federal, aplicables supletoriamente a la materia fiscal, las obligaciones fiscales causadas en vida por un contribuyente persona física, no se extinguen con su fallecimiento, por lo que son a cargo de su sucesión, siendo obligación del albacea, en su carácter de representante legítimo de la misma y no como responsable solidario, proceder a liquidar y pagar, con su cargo a la masa hereditaria, incluyendo los adeudos que correspondan y que el de cujus hubiese omitido.
Esto es, que con el fallecimiento no se suspende el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, toda vez que debe existir por ministerio de ley una persona responsable de su masa hereditaria (Derechos y Obligaciones) comúnmente denominado albacea, entre tanto se designe al legatario o heredero.
SALUDOS Y ANIMO
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