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Cambio al Régimen de Incorporación Fiscal
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12 años 8 meses antes #91903
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Cambio al Régimen de Incorporación Fiscal
Exactamente mi estimado Alberto, por otra parte que hay que insistir para quienes puedan hacer el cambio, claro, siempre que el portal del sat lo permita....lel 31 de Enero 2014 se acerca....
saludos
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El siguiente usuario dijo gracias: Samir
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12 años 8 meses antes #91935
por Samir
Respuesta de Samir sobre el tema Cambio al Régimen de Incorporación Fiscal
PUNTO FINAL: Cumpliendo con lo establecido en la Ley y la Miscelanea Fiscal 2014.
SI SE PUEDE ANEXAR EN EL NUEVO REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL AUN SIENDO ASALARIADO, LEAN ESTO QUE NOS COMPARTIO EL CP ALBERTO_2010.
NO OBSTANTE LO ANTERIOR, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, PODRÁN OPTAR A MÁS TARDAR EL 31 DE ENERO DE 2014, POR TRIBUTAR EN LA SECCIÓN II DEL CAPÍTULO II DEL TÍTULO IV DE LA LEY DEL ISR(régimen de incorporación) , SIEMPRE QUE PRESENTEN EL AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE ACTIVIDADES A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET DEL SAT, EN LA APLICACIÓN “MI PORTAL”.
**CLARO HASTA QUE EL PORTAL DEL SAT LO PERMITA.
SI SE PUEDE ANEXAR EN EL NUEVO REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL AUN SIENDO ASALARIADO, LEAN ESTO QUE NOS COMPARTIO EL CP ALBERTO_2010.
NO OBSTANTE LO ANTERIOR, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, PODRÁN OPTAR A MÁS TARDAR EL 31 DE ENERO DE 2014, POR TRIBUTAR EN LA SECCIÓN II DEL CAPÍTULO II DEL TÍTULO IV DE LA LEY DEL ISR(régimen de incorporación) , SIEMPRE QUE PRESENTEN EL AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE ACTIVIDADES A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET DEL SAT, EN LA APLICACIÓN “MI PORTAL”.
**CLARO HASTA QUE EL PORTAL DEL SAT LO PERMITA.
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12 años 8 meses antes #91939
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Cambio al Régimen de Incorporación Fiscal
Mi estimado colega Samir, el régimen de asalariado no es una actividad empresarial....numeral 111 primer párrafo LISR...
saludos
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12 años 8 meses antes - 12 años 8 meses antes #91949
por Samir
Respuesta de Samir sobre el tema Cambio al Régimen de Incorporación Fiscal
FE DE ERRATAS:
Dije: SI SE PUEDE ANEXAR EN EL NUEVO REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL AUN SIENDO ASALARIADO.
Debe decir: SI SE PUEDE ANEXAR EN EL NUEVO REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL AUN SIENDO ASALARIADO Y TENIENDO UN NEGOCIO EN REGIMEN INTERMEDIO.
Dije: SI SE PUEDE ANEXAR EN EL NUEVO REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL AUN SIENDO ASALARIADO.
Debe decir: SI SE PUEDE ANEXAR EN EL NUEVO REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL AUN SIENDO ASALARIADO Y TENIENDO UN NEGOCIO EN REGIMEN INTERMEDIO.
Última Edición: 12 años 8 meses antes por Samir. Razón: Mejorar la visión de la lectura.
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12 años 8 meses antes #91951
por COMERCIO EXTERIOR
Respuesta de COMERCIO EXTERIOR sobre el tema Cambio al Régimen de Incorporación Fiscal
Samir:
Te recomiendo que efectues una consulta en el chat del SAT ya que en mi opinion NO es posible tributar en dicho Regimen siendo Asalariado y como ex Intermedio
Saludos
Te recomiendo que efectues una consulta en el chat del SAT ya que en mi opinion NO es posible tributar en dicho Regimen siendo Asalariado y como ex Intermedio
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12 años 8 meses antes #91955
por Samir
Respuesta de Samir sobre el tema Cambio al Régimen de Incorporación Fiscal
Pues así lo dice la Miscelanea:
No obstante lo anterior, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, PODRÁN OPTAR A MÁS TARDAR EL 31 DE ENERO DE 2014, POR TRIBUTAR EN LA SECCIÓN II DEL CAPÍTULO II DEL TÍTULO IV DE LA LEY DEL ISR(régimen de incorporación) , SIEMPRE QUE PRESENTEN EL AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE ACTIVIDADES A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET DEL SAT, EN LA APLICACIÓN “MI PORTAL”.
y en estos momentos es casi imposible accesar a dicho servicio, ademas recuerden que los empleados del SAT no están capitados y muchos ni son contadores y solo tratan de dar la viada y salir con el asunto.
Por otro lado lo que se puede hacer es no declarar que también tiene salarios con el fin de que al final nos arroje al Nuevo Régimen, Y YA DESPUES AVERIGUAMOS !!!!
No obstante lo anterior, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, PODRÁN OPTAR A MÁS TARDAR EL 31 DE ENERO DE 2014, POR TRIBUTAR EN LA SECCIÓN II DEL CAPÍTULO II DEL TÍTULO IV DE LA LEY DEL ISR(régimen de incorporación) , SIEMPRE QUE PRESENTEN EL AVISO DE ACTUALIZACIÓN DE ACTIVIDADES A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET DEL SAT, EN LA APLICACIÓN “MI PORTAL”.
y en estos momentos es casi imposible accesar a dicho servicio, ademas recuerden que los empleados del SAT no están capitados y muchos ni son contadores y solo tratan de dar la viada y salir con el asunto.
Por otro lado lo que se puede hacer es no declarar que también tiene salarios con el fin de que al final nos arroje al Nuevo Régimen, Y YA DESPUES AVERIGUAMOS !!!!
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