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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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relevados de enviar aviso de compensacion
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genru escribió: Buenas tardes compañeros,
Aunque se que no soy un aportador continuo del foro, pero que diariamente estoy al pendiente de todos los comentarios vertidos, me permito solicitar prudencia a los que consideros unos de los pocos masters que aportan mucho con sus comentarios, el Contador Hugocejo y al Contador Místico.
Por lo anterior y de acuerdo a mi humilde opinion solicito que sean prudentes y no tomen las cosas personales, ya que como les comento en principio, son de los pocos que vierten sus valiosaas opiniones basadas en su indudable experiencia.
Espero que continúen apoyando por el bien de los que no tenemos los mismos conocimientos que ustedes,
Saludos
Gracias por sus palabras colega Genru.
No se preocupe, aquí estaremos al pendiente, y como cite en mi anterior comentario, no hay que tomarse las cosas personales, en eso estoy completamente de acuerdo con usted.
saludos
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genru escribió: Buenas tardes compañeros,
Aunque se que no soy un aportador continuo del foro, pero que diariamente estoy al pendiente de todos los comentarios vertidos, me permito solicitar prudencia a los que consideros unos de los pocos masters que aportan mucho con sus comentarios, el Contador Hugocejo y al Contador Místico.
Por lo anterior y de acuerdo a mi humilde opinion solicito que sean prudentes y no tomen las cosas personales, ya que como les comento en principio, son de los pocos que vierten sus valiosaas opiniones basadas en su indudable experiencia.
Espero que continúen apoyando por el bien de los que no tenemos los mismos conocimientos que ustedes,
Saludos
Agradezco su observación nadie como un tercero en discordia decimos en lo laboral.
Una disculpa a todas y todos incluyo a los administradores.
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Les pido su opinion sobre el siguiente tema: una persona fisica que es arrendamiento que en la decalracion anual de isr del 2014 obtuvo un saldo a favor y se compensó en el pago provisional del mes de Abril de 2015 pero nunca se hizo aviso de compensacion ¿Puede acogerse a la regla 2.3.12 de la RMF para 2015? que dice:
Buena tardes compañero,
NO aplica la regla, se aplica el ENVIO del aviso de compensacion, y bien te señalaron la respuesta esta en el primer parrafo.
saludos
El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...
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Ya ando confundido, porque hoy en la mañana chatee con el SAT y esto me respondió y no conforme con esto, mas tarde le pedí a un colega que tambien chateara con el SAT y le hiciera la misma pregunta, obviamente era distinta la persona que atendió y le respondió lo mismo "que si se podia acoger a esa regla"
¿que opinan de eso?
espero se pueda ver la imagen
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No se preocupe, lamentablemente algunos colegas aun les faltan aprender a dominarse a si mismos, pero es parte de un proceso, les deseo la mejor de las suertes en su aprendizaje.
Respecto al tema, puedo decir que coincido con lo aportado por el C.P Ornelas, en pocas palabras lo explica con precisión , dado que en esos menesteres es una autoridad en Devoluciones y Compensaciones.
saludos a todos
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